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Inicio » Noticias » Informar a los bancos sobre las remuneraciones de los trabajadores

Informar a los bancos sobre las remuneraciones de los trabajadores

Publicado por Miguel Torres el 18 de abril de 2011 82 comentarios

1. ¿Es posible disponer de los fondos de la CTS?

La Ley Nº 29352 en el año 2009 estableció la libre disponibilidad temporal y posterior intangibilidad de la Compensación por Tiempo de Servicios de acuerdo a lo siguiente:

A partir de mayo de 2011 y hasta la extinción del vínculo laboral, los trabajadores podrán disponer, de sus cuentas individuales de Compensación por Tiempo de Servicios, solo del setenta por ciento (70%) del excedente de seis (6) remuneraciones brutas mensuales.

Para efecto de lo dispuesto a partir de mayo del 2011, los empleadores deberán comunicar a las instituciones financieras respecto del equivalente al monto intangible de cada trabajador.

Cuando los trabajadores soliciten la libre disponibilidad del porcentaje a partir de mayo del 2011, las entidades depositarias de la CTS deberán verificar que el monto total que mantienen los trabajadores en sus cuentas individuales de depósito de CTS supere las seis (6) remuneraciones mensuales brutas establecidas en el artículo 3 de la Ley Nº 29352, caso contrario los trabajadores no podrán disponer de suma alguna.

2. ¿En qué consiste la obligación del empleador de informar al banco respecto de las remuneraciones de sus trabajadores?

El artículo 4º de la Ley Nº 29352 señala que al 30 de abril de 2011, los empleadores deberán comunicar obligatoriamente a las entidades donde se encuentra depositada la CTS de sus trabajadores, el importe de las seis últimas remuneraciones mensuales brutas de cada trabajador. No efectuar dicha información implicaría una infracción leve conforme al reglamento de Inspección laboral.

Se puede entender que las 6 remuneraciones a informar al banco incluyen el mes de abril y octubre según corresponda, pues son precisamente los meses a tomar en cuenta para los respectivos depósitos de CTS. Las entidades depositarias de la CTS realizarán el cálculo del monto intangible, tomando en cuenta la información proporcionada por el empleador.

3.    ¿Cuál es el plazo para informar a los bancos el importe de las seis últimas remuneraciones?

La comunicación de los empleadores a las entidades depositarias de la CTS se efectuará obligatoriamente al 30 de abril y al 31 de octubre de cada año. Por lo que estas fechas constituyen el plazo para realizar dicho informe.

4. Trabajadores con más de una cuenta individual de depósito de CTS activa

Para efectos de los depósitos de CTS a realizarse a partir de mayo del 2011, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

Trabajadores con más de una cuenta individual de depósito de CTS activa del mismo empleador, en una misma entidad depositaria.

Se calcula sobre la suma de los montos depositados en cada una de las cuentas individuales de CTS que el trabajador posee, debiendo registrarse el íntegro del saldo disponible en la cuenta que recibe el abono de la CTS.

En caso existan cuentas en diferentes tipos de monedas, el monto total de las cuentas deberá convertirse al tipo de moneda elegida por el trabajador para calcular el monto del saldo disponible. La conversión se realizará al tipo de cambio vigente en la entidad depositaria al momento del abono de la CTS.

Trabajadores con más de una cuenta individual de depósito de CTS activa de distinto empleador

Cada cuenta se administrará de manera independiente; no debiendo sumarse sus saldos.

5. Modelo de comunicación a los bancos depositarios de la CTS

 

Lima, 30 de abril de 2011

Srs.

Banco Continental

De mi mayor consideración,

Por medio de la presente, conforme a lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo 016-2010-TR (25.12.2010), cumplo con comunicar a esta entidad bancaria las 6 últimas remuneraciones de los trabajadores a quienes se efectúa el depósito de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en esta institución, que son como se detalla a continuación:

A.-  Miguel Torres Chauca

Noviembre 2010             S/. 2,500.00
Diciembre 2010               S/. 2,500.00
Enero 2011                         S/. 3,000.00
Febrero 2011                    S/. 3,000.00
Marzo 2011                        S/. 3,000.00
Abril 2011                          S/. 3,500.00

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente,

Global Partners Executive SAC
Gerente General

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82 comentarios

  1. Miriam dice

    17 de abril de 2017 a las 12:26 pm

    todavía se encuentra vigente esta ley de presentar a los bancos las 4 ultimas remuneraciones????

    gracias

    Responder
  2. Meche dice

    30 de octubre de 2014 a las 7:38 pm

    La comunicacion a las instituciones financieras que vence el dia de mañana 31 de octubre, es de los 4 o 6 últimas remuneraciones? Como ya ha cambiado lo correspondiente a la libre disponibilidad temporal de los fondos? y cual seria el tenor a consignar en la carta?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2014 a las 8:01 pm

      Es con las 6 ultimas remuneraciones.

  3. Leticia Arbulú dice

    15 de julio de 2014 a las 1:35 pm

    Una consulta, en caso tener dos cuentas CTS de diferente moneda de un mismo empleador, cada qué tiempo debo elegir la moneda de cálculo del monto de libre disponibilidad de CTS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2014 a las 1:50 pm

      Se tomara como una sola, para el calculo de liberalidad.

  4. Rafael dice

    14 de mayo de 2014 a las 2:46 pm

    En base a la respuesta anterior si presento la carta de comunicación junto al pago el 15 de mayo, tendría multa???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2014 a las 8:17 am

      Habría infracción en la parte de comunicación de las 6 remuneraciones, ya que el plazo es el 30 de abril.

  5. Carlos Michaels dice

    21 de abril de 2014 a las 4:44 am

    Quisiera saber si hay alguna variación de la ley para el 2014, o se aplica lo mismo del 2013

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de abril de 2014 a las 11:41 pm

      Es lo mismo.

  6. Walter Muro Segura dice

    20 de noviembre de 2013 a las 3:05 am

    EQuisiera que confirmen si los adelantos de utilidades, la gratificacion de julio, la bonificacion temporal del 9% que se pagaba a ESSALUD que se recibbe en julio, se consideran como parte del bruto de las seis remuneraciones que se informan al banco

    Responder
  7. CHRISTIAN dice

    17 de octubre de 2013 a las 2:58 pm

    mi empresa entrega vales alimenticios a los trabjadores y tmb en los meses de mayo y junio por festividades del dia de la madre y padre tambien eso es parte de las ultimas 6 remuneraciones

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de octubre de 2013 a las 2:50 am

      No se considera como parte de las 6 ultimas remuneraciones.

  8. Isabel Laos dice

    4 de octubre de 2013 a las 12:40 pm

    Las horas extras del personal obrerpo, que son habituales, se incluyen dentro de las 06 ultimas remuneraciones que se informan al banco?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de octubre de 2013 a las 9:27 pm

      Si ingresara como ingreso en el mes que lo perciba.

  9. Cristian dice

    30 de mayo de 2013 a las 6:37 pm

    Las empresas pueden darle información de nómina de sus empleados a un banco para un crédito??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2013 a las 9:13 am

      La empresa te puede facilitar los documentos necesarios para que tu sustentes ingresos para un crédito en el banco.

  10. patricia dice

    30 de abril de 2013 a las 10:32 pm

    Por favor necsito su ayuda, por falta de tiempo no pude presentar mi carta de las 6 remuneraciones a los bancos respectivos… hay alguna multa si los presento el jueves 2 de mayo??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2013 a las 12:32 am

      No hay multa, es mas puedes informar a la hora de hacer el deposito de la CTS.

  11. shirley roman cuba dice

    14 de noviembre de 2012 a las 11:47 am

    En la Remuneracion Bruta, para informar al banco se incluyen las comisiones? Por favor necesito una respuesta!!!

    Responder
  12. Ronald Mendoza dice

    14 de noviembre de 2012 a las 9:31 am

    Por favor, estoy algo confundido, los plazos para presentar la carta informando las 6 últimas remuneraciones???
    y si lo presento hoy día 14 de Noviembre 2012, estoy afecto a alguna multa?? 

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de noviembre de 2012 a las 6:22 am

      No hay multa

  13. Miguel Torres dice

    12 de noviembre de 2012 a las 3:45 pm

    Es correcto, si incluye ^^

    Responder
  14. Katy Orihuela Peña dice

    12 de noviembre de 2012 a las 2:56 pm

    SE INCLUYE LA ASIGNACION FAMILIAR EN ESTOS MONTOS?

    Responder
  15. Carlos dice

    9 de noviembre de 2012 a las 5:00 pm

    Acabo de averiguar en mi empresa y han informado a la entidad donde depositan mi CTS las 6 ultimas remuneraciones mas la Gratificacion de Julio, esto es incorrecto por lo que entiendo. favor confirmar si tengo razon. 

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de noviembre de 2012 a las 2:43 am

      Es incorrecto, no se debe incluir la gratificación

    • Miguel Angel Carnero Mogrovejo dice

      16 de mayo de 2013 a las 12:10 am

      El caso anterior ( informaron 6 sueldos + gratificacion), ¿ hay forma de corregir esta informacion para mi caso o tiene que ser de todos ?, o se tiene que esperar hasta el siguiente deposito de CTS.

    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2013 a las 8:04 am

      Bueno mira e contare que solo un 5% de todos los peruanos puede retirar algo de su CTS, si tu crees que ese dato erróneo perjudica al trabajador corrige presentando nuevamente las 6 remuneraciones.

  16. Elena Quispe dice

    4 de noviembre de 2012 a las 3:04 am

    ALGUIEN ME PUEDE FACILITAR LOS FORMATOS DE COMUNICACION DE LAS 6 ULTIMAS REMUNERACIONES DEL BANCO CONTINENTAL. GRACIAS

    Responder
  17. Patricia dice

    2 de noviembre de 2012 a las 4:07 pm

    Hola, alguien el formato de excel del BCP para informar la CTS porfavor! Tengo el mayo pero nose si se ha hecho alguna modificacion. Si lo tienen pasen el link porfas. Gracias! 

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de noviembre de 2012 a las 1:34 am

      Te dejo el link del archivo … descargar aquí

  18. julio dice

    30 de octubre de 2012 a las 5:46 pm

    buenas tengo una duda :

    hay algun limite de trabajadores que tenga una empresa para comunicar las 6 ultimas remunerciones ?

    ejemplo : pequeña empresa  “xxx”  tiene 10 trabajadores , esta obligado a comunicar las 6 ultimas remuneraciones ? 

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de octubre de 2012 a las 11:40 am

      Es obligatorio informar las 6 remuneraciones así tengas 1 trabajador, dicha información es para que el banco sepa cuanto es el limite que el trabajador puede sacar por su CTS.

  19. janeth dice

    24 de octubre de 2012 a las 12:19 pm

    una consulta nosotros trabajamos con telecredito del bcp pero ha entrado un trabajador nuevo y quieren que le depositen en el bif, se puede hacer eso como seria el procedimiento…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de octubre de 2012 a las 12:30 pm

      Es correcto, el trabajador tiene toda la libertad de elegir el banco donde se le deposite su remuneración, solo es cuestión de abonarle en su cuenta del BIF.

  20. Omar dice

    16 de octubre de 2012 a las 4:18 pm

    Hola, Mi pregunta es si en un mes se le paga 15 dias de remuneración y un sueldo de vacaciones se considera los 15 dias de remuneración o los 2 conceptos.
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2012 a las 10:42 am

      Los dos conceptos tienes que informar y declarar.

  21. Jesus Melendrez dice

    12 de mayo de 2012 a las 1:30 pm

    casi me tardo en depositar las CTS

    Responder
  22. mari dice

    4 de mayo de 2012 a las 6:23 pm

    alguien me puede ayudar, He dado de alta a un trabajador el 02 de mayo, pero este no firmó contrato y solo laboró 1 dia. que puedo hacer con respecto al t- eregistro. esto me genera alguna infraccion, puedo dar de baja al trabador o eliminarlo del t- registro si aun no he informado nada al ministerio de trabajo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2012 a las 12:28 am

      No tiene dependencia la presentación del contrato al MTPE con el registro en el T-Registro, recuerda que la va primar la obligación de registro en el T-Registro cuando el trabajador empieza a prestar sus servicios a la empresa, independientemente si firmo o no contrato de trabajo.

  23. BETO dice

    4 de mayo de 2012 a las 2:28 pm

    ALGUIEN ME PUEDA AYUDAR TENGO UN TRABAJADOR QUE CESO EL 02/05/2012 PERO LA CARTA ME LO HAN PASADO RECIEN EL DIA DE HOY LE PUEDO DAR BAJA EL DIA DE HOY PERO CON FECHA 02/05/2012 NO HABRIA NINGUNA FALTA O MULTA .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2012 a las 12:32 am

      Con respecto al T-Registro, la norma menciona que el plazo máximo es al día siguiente del termino de la relación laboral, por ende estarias en falta, pero todavía las inspecciones sobre ese punto son preventivas.

  24. Raul Aguirre dice

    1 de mayo de 2012 a las 9:26 pm

    Gracias Amigaaaa

    Responder
  25. mauricio dice

    30 de abril de 2012 a las 6:03 pm

    si tengo mas de 40 trabajadores y no presente cuanto es la multa … o kien me dice la escala
     

    Responder
  26. Marixa Caballero dice

    30 de abril de 2012 a las 6:00 pm

    entra a su pagina. y entra a formatos alli encuentras formato de cts

    Responder
  27. Raul Aguirre dice

    30 de abril de 2012 a las 5:27 pm

    QUIEN ME AYUDA COMO BAJO EL FORMATO DE LA PRESENTACION DE LOS ULTIMOS 6 SUELDOS DEL BANCO DE CREDITOOOOOOOOOOOOOO

    Responder
  28. Miguel Torres dice

    30 de abril de 2012 a las 11:47 am

    En la pagina del interbank esta, te adjunto el link:

    https://docs.google.com/document/d/1pdyWZB_K7cdcbM_sfoPkJ1m3FcgoDuWIdx7OuDlefJM/edit

    Responder
  29. Luis Santiago dice

    29 de abril de 2012 a las 4:01 pm

    que fue vas a came el lunes????

    Responder
  30. Kate Hm dice

    28 de abril de 2012 a las 4:50 pm

    Oie el lunes nos vemos… Otra vez… Jojo

    Responder
  31. Luis Santiago dice

    28 de abril de 2012 a las 3:39 pm

    AHORA CADA ENTIDAD FINANCIERA TIENE SU FORMATO DE COMUNICACION DE LAS 06 ULTIMAS REMUNERACIONES, ALGUIEN TENDRA LOS FORMATOS DEL BCP Y DEL INTERBANK YA QUE DEL CONTINENTAL SI LOS TENGO.

    Responder
  32. Sonia dice

    27 de abril de 2012 a las 4:50 pm

    1)Mis trabajadores tienen su cts en dolares y sueldos en dolares. Se declara en la carta en dólares o en nuevos soles?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2012 a las 6:06 am

      El tipo de moneda de deposito de CTS lo define el trabajador, si no menciona nada deberá realizarse en moneda nacional. 

  33. FLOR CAYCHO JAVIER dice

    26 de abril de 2012 a las 5:58 pm

    HOLA POR FAVOR ME PUEDES ENVIAR EL FORMATO PARA INFORMAR LA INTANGIBILIDAD DE LA CTS DEL BANCO SCOTIABANK

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2012 a las 3:14 am

      Te adjunto el link, descargar aquí 

    • juana dice

      31 de octubre de 2012 a las 12:12 pm

      Por favor MIguel Torres me puedes adjuntar el formato del bcp

      tengo problemas ocn el correo

    • Luis Grozo Sanjines dice

      30 de abril de 2015 a las 5:25 pm

      formato BCP para comunicar las ultimas 6 remuneraciones

    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2015 a las 2:28 am

      Te mando el link por email 🙂

  34. Mauro dice

    19 de abril de 2012 a las 5:06 pm

    En conclusion, me podrían decir por favor que conceptos se considera para información a los bancos y la base legal al respecto.

    Gracias

    Responder
  35. Luis dice

    17 de noviembre de 2011 a las 11:38 am

    en junio la empresa se afilio a la mype microempresa y desde junio a la fecha han ingresado varios trabajdores y ellos estan en la microempresa solo los antiguos estan en el regimen generalqueria saber si para la informacion al banco de las 6 ultimas remuneraciones brutas iva a considerar a estos trabajadores que estan en la microempresa ya que a ellos no les corresponde cts .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de noviembre de 2011 a las 3:21 am

      No se considera dichos trabajadores ya que al no tener deposito de CTS, no habría necesidad de informar sus remuneraciones.

  36. ARIANA dice

    8 de noviembre de 2011 a las 3:16 pm

    PORFA QUE ALGUIEN ME RESPONDA SE CONSIDERARA LAS GRATIFICACIONES DE JULIO SI O NO PARA DAR LA INFORMACION AL BANCO DE LAS 6 REMUNERACIONES

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de noviembre de 2011 a las 3:20 am

      La gratificación, no se considera para la información a los bancos, solo las 6 remuneraciones percibidas.

  37. Delia De La Cruz dice

    4 de noviembre de 2011 a las 11:56 am

    En mi empresa no cuentan con efectivo por lo que quieren depositar cts sólo de algunos trabajadores, por ahora y después del resto, se puede hacer eso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2011 a las 12:46 am

      Pues claro, solo tener en cuenta que de los trabajadores que deposite luego del 15/11, tendrá que hacer el deposito mas intereses.

  38. Elmer Figueroa dice

    2 de noviembre de 2011 a las 1:37 pm

    Buenas una ves informado al banco de los sueldos, hasta que tiempo tiene para poder hacer los depositos de las cts

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de noviembre de 2011 a las 7:32 pm

      Tienes hasta el 15 de noviembre.

  39. RAMIRO dice

    31 de octubre de 2011 a las 8:06 am

    HOY VENCE EL PLAZO DE INFORMAR LAS 6 ULTIMAS REMUNERACIONES
    MI PREGUNTA ES RELACIONADA A QUE SE INFORMA SOLO LA CARTA, POR QUE EL FORMULARIO DEL BCP ESTAN LAS 6 REMUNERA EN GRIPO PERO INCLUYE EL MONTO DEL DEPOSITO, Y SOLO TENGO QUE INFORMAR LAS 6 REMUNERACIONES, O PUEDO DEPOSITAR LA CTS MEJOR
    Señores:
    BANCO DE CREDITO DEL PERU SUCURSAL TRUJILLO
    Ciudad.-
     
    De mi mayor consideración:
     
    Mediante la presente, yo….. , con R.U.C. Nº…… , con domicilio en el…… ; empleador de la Sra……… , titular de la cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios Nº….de vuestra entidad.
     
    Me es grato dirigirme a ustedes para cumplir con lo establecido en la Ley Nº 29352 y el D.S. Nº 016-2010-TR y establecer el monto de intangibilidad de los depósitos de CTS, por ello les comunicamos que las seis últimas remuneraciones brutas del mencionado trabajador al 31 de octubre son como siguen:
     
    _ Mayo      : s/. 600.00
    _ Junio     : s/. 600.00
    _ Julio     : s/. 600.00
    _ Agosto    : s/. 707.50
    _ Setiembre : s/. 742.50
    _ Octubre   : s/. 742.50
     
    Agradeciendo de antemano su atención a la presente, quedo de Uds.
     
    Atentamente,

     

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de octubre de 2011 a las 9:18 am

      Casi la mayoria de los bancos, tienen los formatos, es cuestion que descargues de su pagina web, dichos formatos, podrian coordinar con su sectorista tambien.

  40. alvaro dice

    30 de octubre de 2011 a las 8:29 am

    y las vacaciones ? se consideran?
    por favor ….

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2011 a las 1:45 pm

      Si, Supongamos que el mes de Setiembre salio de vacaciones (dicha remuneración Vacacional tendrás que colocarlo en dicho mes del formato con el que informaras al banco).

  41. Raquel dice

    25 de octubre de 2011 a las 3:36 pm

    Por favor me podría indicar si la Bonificación de escolaridad y la de uniforme se consideran en la CTS, lo que pasa que ahora en Octubre estoy regularizando estos pagos.
    Muchas Gracias por tu apoyo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de octubre de 2011 a las 12:45 am

      No dichos conceptos no se consideran.

  42. ramiro dice

    24 de octubre de 2011 a las 8:02 pm

    COMUNICACION de las 6 REMUNERACIONES mensuales al BCP

    Primero deben considerarse solo los ingresos remunerativos(remuneración básica u ordinaria, bonificaciones, asignación familiar, comisiones, destajo, horas extras, etc.). Por lo tanto, deberíamos excluir remuneraciones periódicas tales como las gratificaciones por fiestas patrias y navidad, bonificación 9% ley nº29351, bonificación por vacaciones, entre otros.

    EN MI CASO LOS TRABAJADORES TIENEN SU CUENTA EN DOLARES EN EL BCP Y EL TIPO DE CAMBIO QUE UTILIZO ES EL DE LA SUNAT, YO INCLUYO LA REMUNERACION + LA ASIGNACION FAMILIAR, EN GRUPO LAS 6 REMUNERACIONES CON EL FORMULARIO DEL BCP

    Responder
  43. Rosa dice

    13 de julio de 2011 a las 5:12 pm

    Si bien la entidad está obligada a pagarte CTS, está exceptuada de realizar depositos semestrales (mayo y noviembre), es facultad de la entidad hacerlo o no. Si no lo hace, tendrás derecho a que se te abone el integro de tu CTS cuando ceses en tu centro de trabajo (por el tiempo que trabajaste bajo el regimen del D. Leg. 728).

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de julio de 2011 a las 4:08 pm

      Espero no estés bajo la modalidad de contrato de locación de servicios. 

  44. JANE LUCY dice

    24 de mayo de 2011 a las 4:58 pm

    a quien corresponda el dia de hoy me me fui a la ventabilla del banco contiental de san antonio mirafores , llevando mi carta con la relacion de los emplados de mi empresar con sus 6 ultimas remuneraciones y me indicaron que tenia que entrar ala pagina del banco contiental y sacar un formulario no entiendo estoy buscado los procedimiento y no pasa nada me puede ayudar como debe ahcer gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2011 a las 7:30 pm

      Asi es las cosas han cambiando en el BBVA ahora tienes que descargar los archivos desde la web, y grabarlos en medios magnéticos. 

      Carta Modelo de CTS

      Archivo de CTS

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