• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Tributario » Plazo para registrar una Nota de Crédito

Plazo para registrar una Nota de Crédito

Publicado por Miguel Torres el 6 de julio de 2022 7 comentarios

  • Compartir en Twitter Compartir en Twitter
  • Compartir en Facebook Compartir en Facebook

¿Cuál es el plazo para registrar una Nota de Crédito en mi registro de compras?

La nota de crédito debe ser anotada en el registro de compras en la fecha de emisión de esta, según lo indicado en numeral 1 del artículo 7 del reglamento del IGV que menciona:

Artículo 7°.- El ajuste al Impuesto Bruto y al Crédito Fiscal, se sujetará a las siguientes disposiciones:

1. Los ajustes a que se refieren los Artículos 26° y 27° del Decreto se efectuarán en el mes en que se produzcan las rectificaciones, devoluciones o anulaciones de las operaciones originales.

Por lo tanto, las notas de crédito deben registrarse en el periodo de emisión en el registro de compras, no sería válido la interpretación de los 12 meses posteriores a la fecha de emisión.

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

7 comentarios

  1. Luz dice

    15 de marzo de 2023 a las 4:20 pm

    Buenas tardes, consulta sobre nota de crédito, si el proveedor emite por ejemplo en enero 2023, no fue comunicado a la Empresa, sin embargo hace entrega en febrero ¿Se puede usar para deducir en periodo febrero 2023 a pesar de que fueron emitidas en periodo anterior?

    Responder
  2. GUZ dice

    20 de febrero de 2023 a las 10:57 am

    Estimado, una consulta: la empresa emitió 2 facturas y un por error era duplicidad. La Nota de crédito se emitió después de 1 año y no se registró en libros por olvido. ¿Podemos registrar la N/Cred ahora que ya pasaron 10 meses en la que nos dimos cuenta?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2023 a las 12:30 pm

      No puedes hacer eso.

  3. Dayana dice

    16 de noviembre de 2022 a las 10:45 am

    Qué hago si no anote en el registro de compras las NC en el mes que corresponde? Puedo subsanarlo el siguiente mes?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de noviembre de 2022 a las 3:48 pm

      En el caso registro de compras no podrás agregar dichos comprobantes, solo podrás subsanar a nivel del Declara Fácil.

  4. Carlos Alberto Flores Yon dice

    14 de julio de 2022 a las 12:33 pm

    si la factura es de mayo, la nota de crédito de junio, pero la factura se registra en agosto…la nota de crédito registrada en junio haria referencia a una factura que no está registrada aun?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2022 a las 3:42 am

      Es correcto.

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE presencial sabado 17 de mayo

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto