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Inicio » Consultas » Las dietas de directorio son deducibles

Las dietas de directorio son deducibles

Publicado por Miguel Torres el 7 de octubre de 2010 4 comentarios

Una empresa tiene participación de un 95% de una Empresa Extranjera y el Directorio está compuesto en su totalidad por Extranjeros.

Son deducibles:

  1. Las dietas de directorio y con qué comprobante de pago se deben sustentar
  2. Los gastos por movilidad, alojamiento y viáticos dentro del país cuando el Directorio debe reunirse

Respuesta

  1. Sí son deducibles, hasta por el límite que se establece en el art. 37º inc m) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, no se obliga la emisión de comprobantes de pago para estos caso. Para efectos de sustentar el monto desembolsado por dietas podrá considerar los recibos emitidos por la entidad, que sustentan el pago de las mismas firmado por los directores.
  2. En la medida que cumplan con la causalidad y se demuestre que fueron necesarios en cumplimiento de las funciones de su competencia serán deducibles.

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4 comentarios

  1. Marle dice

    3 de enero de 2020 a las 3:48 pm

    Buenas tardes
    Una consulta
    Las dietas entregadas al directorio se declaran en el Plame??? En que rubro? y si no tiene RUC se puede declarar con DNI? o solo se entrega su certificado de retención?
    Los directores no están en planilla.

    Responder
  2. Alfredo dice

    16 de abril de 2019 a las 3:01 pm

    Hola Miguel, hay algun libro legalizado tipo el de planilla en donde se deba anotar las dietas de los directivos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 6:02 pm

      Libro de Actas, donde coloques los acuerdos de pagos.

  3. Gloria dice

    28 de febrero de 2012 a las 4:38 pm

    Saludos.

    Quisiera que me puedan guiar a cómo hacer una carta de dieta de directorio donde asigne el monto que debe recibir.

    Por favor ayúdeme con un modelo de carta. 

    Responder

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