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Libro de reclamaciones deberá estar implementado a más tardar el 19 de junio

Publicado por Miguel Torres el 5 de marzo de 2011 2 comentarios

Reglamento entró en vigencia el 20 de febrero y proveedores tendrán cuatro meses para ponerlo en funcionamiento.

El libro de reclamaciones que deberá tener todo establecimiento comercial abierto al público, incluidos los bancos financieras y proveedores de actividades supervisadas o reguladas como el caso de los servicios de telefonía o energía eléctrica deberá estar implementado a mas tardar el 19 de junio de este año, así lo dio a conocer Edwin Aldana, secretario técnico de la Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi.

Este libro en el cual los consumidores podrán dejar por escrito su reclamo, cuando no se encuentren satisfechos con el bien o servicio provisto por el proveedor, o una queja cuando la disconformidad sea de otra naturaleza, puede ser llevado a través de un libro físico o uno virtual.

En cualquiera de los casos la norma obliga al proveedor a facilitar el acceso al libro y una copia de la queja planteada para el consumidor.

Cumplimiento

Uno de los aspectos que mayor esfuerzo le demandará a Indecopi será el relativo a supervisar que todos los establecimientos cumplan con tener al día el libro de reclamaciones.

El presidente de Indecopi, Eduardo de la Piedra Higueras, aseguró que su entidad pondrá todo su esfuerzo en hacer cumplir la ley, multando e imponiendo medidas correctivas a las empresas que no cumplan con la exigencia. Consultado sobre si poseen el personal suficiente para poder llevar a cabo la fiscalización, indicó que si al iniciar las labores se dan cuenta que es necesario implementar un equipo “se hará”.

Agregó que en todo lugar donde haya concentración de consumidores debe haber un libro de reclamaciones, como ejemplo indicó que las aerolíneas deberán tener un libro en sus oficinas comerciales y otro en el counter del Aeropuerto.

Para recordar

Para terminar de poner en funcionamiento el Código de Protección y Defensa del Consumidor faltan dictar:

– El reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo.

– Asimismo los mecanismos para la designación de los representantes de las entidades y gremios que integrarán el Consejo Nacional de Protección al Consumidor.

– El registro de sanciones.

– El reglamento sobre procesos judiciales para la defensa de los intereses colectivos de los consumidores.

 – El etiquetado de alimentos con componentes transgénicos.

Diario Gestión (04.03.2011), Pág. 7

 

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