La Sunat puso al debate diversos cambios en las normas de colocación de sellos, letreros y carteles oficiales con motivo de la ejecución o aplicación de sanciones o en ejercicio de las funciones del ente fiscal.
El objeto es regular la forma, plazos y condiciones para la puesta de estos avisos, distintos a los vinculados a la ejecución de sanciones, a fin de que sirvan como instrumento recordatorio de las obligaciones sobre los comprobantes de pago.
Así, plantea que la colocación de los carteles alusivos a las obligaciones fiscales se realice por período indeterminado hasta que la Sunat proceda a su retiro y/o sustitución; sea en un lugar visible y próximo a donde se realice el pago de la operación respectiva; y que cuando se utilicen máquinas registradoras emisoras de tickets u otros equipos similares, sean instalados por cada máquina u equipo identificado.
Para los establecimientos comerciales que cuenten con varios ambientes, como salas de espera, oficinas o áreas de recepción, entre otros, los avisos deberán ser puestos en cada uno de ellos, de modo visible y de fácil identificación.
Diario El Peruano (04/02/2013)
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.