Como están chicos, espero que muy bien en todo sentido (salud, familia, economía, amor, etc) y que hayan pasado una super semana.
El régimen de construcción civil se encuentra normado esencialmente por los Convenios Colectivos que año a año celebran el gremio de los constructores CAPECO y la organizaciones de trabajadores FTCCP.
La R.S. N° 293-2010-/SUNAT establece como Contrato de Construcción a aquellos que se celebren respecto de actividades comprendidas en el inciso d) del artículo 3° de la Ley del IGV, el cual las define como las actividades clasificadas como construcción en la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas.
Teniendo en cuenta la Clasificación Internacional Industrial Uniforme de las Naciones Unidas (CIIU), revisión 4, la construcción civil se encuentra dentro de la sección F.
Construcción Civil
El Trabajador de Construcción Civil es toda persona física que realiza libremente y de manera eventual o temporal, una labor de construcción para otra persona jurídica o natural dedicada a tal actividad, con relación de dependencia y a cambio de una remuneración.
En esta ocasión te dejo una evaluación de preguntas sobre la planilla de construcción civil, demuestra cuanto sabes sobre el tema.
Pregunta 01. ¿Cuáles son las categorías de trabajadores en este régimen?
- Operario, Capataz y Peón
- Operario, Oficial y Peón
- ingeniero, Operario, Oficial y Peón
Pregunta 02. A cuanto equivale el jornal diario del oficial
- S/. 41.50
- S/. 50.30
- S/. 48.50
Pregunta 03. ¿Qué es el BUC?
- Una bonificación por desgaste de ropa
- Una asignación
- Un pago extra por laborar mas horas
Pregunta 04. ¿Cuánto equivale la sobretasa por concepto de horas extras?
- 25% y 35%
- 25% y 100%
- 60% y 100%
Pregunta 05. ¿Cuál es el horario nocturno?
- 11:00 pm – 7:00 am
- 10:00 pm – 6:00 am
- 10:00 pm – 7:00 am
Pregunta 06. ¿Cuándo es el día del trabajador de construcción civil?
- 16 de junio
- 23 de octubre
- 25 de octubre
Pregunta 07. ¿Cuanto es la tasa de conafovicer?
- 2%
- 1%
- 2%
Pregunta 08. ¿Cuanto es el valor de la asignación por escolaridad?
- 25 jornales diarios
- 20 jornales diarios
- 30 jornales diarios
Pregunta 09. ¿Cuando se aplica la Bonificación por Altitud?
- Si la obra esta ubicada a 4000 m.s.n.m.
- Si la obra esta ubicada a 3000 m.s.n.m.
- Si la obra esta ubicada a 2500 m.s.n.m.
Solucionario:
Descarga el resultado de las preguntas del cuestionario en el enlace siguiente:
>> descargar solucionario sobre el regimen de construcción civil <<
Betty dice
Muy interesantes y útiles tus publicaciones.
Gracias.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones.
MARCO dice
QUISIERA SABER SI DICTAS EL CURSO SOBRE PLANILLAS PARA EL RUBRO CONSTRUCICON Y OTRAS.
Jean Pierre dice
La asignación por escolaridad equivale a 30 jornales al año por cada hijo ( no es diario) y se paga la ultima semana de cada mes, para ello hay que fraccionar.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario.
Carlos dice
Hola una pregunta la asignación escolar se paga los meses de enero y febrero es decir en vacaciones
Miguel Torres dice
Es correcto, debes pagarlo mientras dure el vinculo laboral.
Daniel dice
Excelente artículo. Una consulta, en el caso de las gratificaciones, vacaciones y CTS, se debe reunir algún requisito para su otorgamiento; por ejemplo si un trabajador de construcción civil labora en la semana un día tiene derecho a los conceptos antes mencionados.
Agradezco por anticipado.
Marco A. Davila Díaz dice
Es un altísimo honor para mi dirigirme a ti a través de este medio, para felicitarlo y agradecerle infinitamente por sus aportes de carácter profesional que hacen engrandecer los conocimientos nuestros. Que el TODOPODEROSO te colme de bendiciones en tu vida personal y profesional.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario 🙂
Jose Antonio Ramirez Rivera dice
Excelente lección sobre construcción civil miguel eres lo máximo saludos de huacho dios bendiga a ti y tu familia gracias.
Miguel Torres dice
Gracias, buen fin de semana 🙂
Wilfredo Jimenez Gallegos dice
Amigo Miguel una consulta si tengo una obra por menos de las 50 UIT y a los obreros se le paga como Regimen de construcción civil seria valido??
Miguel Torres dice
Si, porque recibirán mayor beneficio los trabajadores, pero no estas obligado a pagarla.
Jonathan Marreros dice
Muy buenas preguntas pero, estaba bien lo que hice porque 0 de 10?
Miguel Torres dice
Dale F5 a la pagina y vuelve a realizar el cuestionario.
Maria Elena Quispe dice
Me encanto me gustaria mas preguntas tributarias
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Angelo Jordy dice
Muy dinámico, excelente propuesta.
Miguel Torres dice
Gracias amigo 🙂
Mary dice
Construcción civil un tema bastante interesante en la actualidad.gracias por sus temas.
Miguel Torres dice
Gracias mary por el comentario.
Julia Laqui Mamani dice
Estuvo muy interesante la evaluación, felicitaciones.
Miguel Torres dice
Super 🙂
Loida dice
Buenísimo, me encantó. Felicitaciones por esta iniciativa!!
Miguel Torres dice
Gracias loida 🙂
Jhosimar Ramos Palomino dice
Me parece interesante este tipo de evaluaciones
Miguel Torres dice
Gracias amigo 🙂
Eusebio dice
Me parece interesante esos tipos de evaluaciones de conocimiento del regimen de construccion civil
Miguel Torres dice
Gracias eusebio 🙂
Edwin dice
Me gusto esta pagina
Miguel Torres dice
Gracias amigo 🙂