
Última vez visto el: Jun 5, 2025
@olgazamor9gmail-com no, está prohibido. No deberías tener problemas. Te paso un artículo:Ventas Sucesivas
@cpoemape son 4 años luego del cese que tiene el trabajador para reclamar.
@yane lo debes de emitir así:
@hectcalmar si es correcto, recomendaciones: 1. Contrato de préstamo legalizado. 2. El prestador (socio) emite su factura por el interés 3. La e...
@rc-paul si claro, pero esperate en unas semana sale una version mas estable.
@eddwin desde mi punto de vista es correcto.
@briam ese supuesto no esta tipificado.
@kptecno lo único es despedir por falta grave o despido arbitrario.
@lucero-ah te respondo: 1. Puedes mandar al gasto, mediante la cobranza dudosa, cumplido los requisitos, deuda vencida y problemas potenciales de pa...
@jmio puedes buscar archivos en el disco C: PDT PLAME / DATA, ahí deberías ver archivos con el número de RUC.
@cpoemape no hay problema, su liquidación está disponible, es problema del trabajador si no viene a recogerla.
@kptecno si no tiene contrato, la única forma para terminar el vínculo laboral, debe renunciar. Frase del díaSI TE TOPAS CON UNA BRUJA ...
@piero10 de acuerdo al párrafo 47 de la NIIF 15, el precio de una transacción es el importe de la contraprestación a la que una entidad espera tener ...
@jnf2682 si pero debes recocer ingresos desde el primer mes, no desde el pago.
@yesica tengo este modelo:Modelo de Contrato de préstamo de Dinero