Última vez visto el: Nov 10, 2025
@java2021 solo estaría en los meses que recibe el recibo por honorarios.
@toby21ft tienes que esperar, creo que se detecte la declaración para que puedas compensar contra renta.
@anaccorahua16 te respondo: 1. 0.3% IN 2. puede llevar libros físicos hasta 12/2023. 3. Si.
@mery-yacqueline-rios-soto yo diría lo segundo.
@gigi el fondo esta vigente desde el 1 de junio de 2023 hasta el 31 de mayo de 2024.
@mabel2205 desde mi punto solo seria el asiento contable en el mes RD, y no complicarte con las rectificaciones, lo ajustaras contra la 59.
@sonya-toledo revisar que tributo o multa origina la deuda, y ver la posibilidad de fraccionar esa deuda, de esta manera se libera el embargo.
@smysol pagar el 30% del monto del desbalance.
@gyupanquicc no si solo es registro y no en el PDT.
@delia desde mi punto de vista no, se podría aplicar costumbre, pero es complicado porque esto era parte de un evento corporativo.
@orihuelaaymas-miguelgmail-com revisa las dos primeras columnas de tu archivo plano, es tu ruc y razón social tuya lo que está mal, tienes que colocar...
@hsh-contabilidad es correcto, será opcional, entiendo que debe ser más que todo para las provincias que se perjudiquen con el fenómeno del niño.
@angelina si es correcto, puedes hacer eso, no necesitas terminar de cancelar los 8 días pendientes del primer periodo.
@gigi si se puede, pero esas renta de cuarta, pasara como quinta para su calculo.
@kata te respondo: 1. SI. 2. Ya no, porque podría aplicar la Ley 31301 (artículo 6). 3. Si. 4. Ya no entiendo.