Estamos próximos a terminar el mes de Enero y para los chicos de planillas se les viene la tarea de realizar el calculo mensual de 5ta categoría. Este año muchos sistemas de planillas tienen que actualizar sus formulas de cálculo con las nuevas tasas de impuesto a la renta.
¿Calculo mensual de 5ta categoría 2015?
Luego de escuchar los comentarios que me hicieron en los post anteriores sobre este tema: ¿Modelo mensual de 5ta categoría? ¿Modelo con remuneraciones variables? ¿Modelo con retenciones ya efectuadas?, etc …
Así que me puse a trabajar hoy , en un formato que ya hemos compartido, y nada solo decirles espero que le sirva de mucha ayuda.
Caso Practico
Miguel Torres es un trabajador que labora como Seguridad de Informática de una empresa con una remuneración de S/. 12,800 mensuales. Tener en cuenta que en el mes de Enero percibió un sueldo de S/. 10,000 y en el mes de Febrero percibió un sueldo S/. 11,000 en dichos meses se le hizo la retención correspondiente (Enero S/. 1313 y Febrero S/. 1514) . ¿Calcular la renta de 5ta categoría para el mes de Marzo?.
Comentarios
- Mucho me preguntan Miguel como saber si una remuneración lo tomo en cuenta para el calculo, algo que yo hice, fue ver los conceptos remunerativos que figuran en el PLAME, ahi puedes ver la afectación de cada remuneración y ver la naturaleza del concepto.
- Luego de leer dicho tips ya debes de tener un panorama mejor, a ello súmale estos principios que debe cumplirse: principio de regularidad y principio de libre disposición.
Descarga del archivo
Comparto el archivo de calculo de 5ta categoría, para poder descargar solo tienes que darle clic en el botón “Me gusta”.
>> Descargar archivo de calculo de 5ta categoría mensual <<
¿Me cuentas si el archivo te sirvió? o tienes alguna sugerencia sobre el calculo de 5ta categoría
Miguel.
¿Las horas extras ingresan en el cálculo de renta de quinta?
Es correcto, es un remuneración computable para 5ta categoría.
Miguel
Una consulta la bonificacion por gratificaciones está afecta al impuesto de 5ta categoría.
Aprovecho para agradecer tus aportes y desearte feliz año nuevo
Es correcto, esta afecto 5ta categoría.
Miguel que sucede si durante el año no estaban realizando incorrectamente el calculo de 5ta categoria, Se puede realizar un ajuste al finalizar al año- en diciembre o enero 2017??? y si se puede como es procedimiento, por favor.
Gracias
Tendrías que regularizarlo en el mes de diciembre 2016.
Hola miguel primero dar las gracias por tu aportaciones que brindas que son muy buenas, tu crees que puedes ayudar con excel con calculo de renta de 5ta con remuneración variable.
Gracias
Es lo mismo, solo anota la remuneración variable cuando lo percibe, proyecta solo la remuneración fija.
Hola, tendrías algún archivo de ejemplo para cálculos de renta con ingresos variables?
Gracias por tus aportes, son muy útiles.
Aplico el mismo archivo, las remuneraciones variables las calculo según lo percibido, solo proyecto las remuneraciones fijas.
Estimado muchas gracias por tu aporte !
Muchas gracias por el comentario 🙂
Gracias amigo Miguel, una consulta y para el calculo de 5ta categoria de los trabajadores del regimen MYPE, 1. ¿como considero la proyección de sus gratificaciones, en base al 50%? y tambien 2. una persona que ingresa a trabajar en el mes de Marzo la proyeccion no seria por 12 meses si no por 10 meses, es correcto amigo Miguel?
Lo primero sería correcto, si solo recibes 50% de gratificación la proyección es por ese monto, segundo si ingresas en marzo la proyección sería por 10 meses, pero recuerda pedirle su certificado de 5ta para que sepas sus ingresos de Enero – Febrero.
A ocurrido cambios para este 2016? o se mantiene el mismo mecanismo de calculo del año pasado
Es correcto, solo actualizar los montos con referencia a la UIT que subio a 3950.
Como hago para actualizar la uit al de este año – 2016.
La próxima semana estamos publicando el archivo para el 2016.
Hola Miguel:
A un trabajador se retuvo en exceso, haciendo el calculo salio mas que el impuesto calculado, ahora en diciembre 2015 como declaro tengo que seguir reteniendole o lo considero como cero, el trabajador ganaba 5000 hasta octubre y noviembre y diciembre se redujo a 2800. como es el calculo en este caso. Por favor necesito declarar y no que poner. Gracias.
Por fa explicame bien de donde sale 57750 000 en la segunda y tercera escala. O sea como sale ese monto.
A los montos máximo de cada escala le descuentas el monto máximo anterior.
Este modelo de calculo y retenciones facilita lo complejo de la planilla, como también las consultas absueltas, son precisas y lógicas. Muchas gracias.
Gracias por el comentario 🙂
Hola, quiero hacer una pregunta, si a un trabajador de gerencia se le da escolaridad en el mes de febrero, se tiene q hacer la retención de quinta durante los demas meses?
gracias de antemano por tu respuesta.
Te descuentan 5ta categoría si tus ingresos proyectados del año superan las 7 UIT (7 x 3,850).
Hola, muchas gracias por la información, tendrás plantillas de boletas de pago, de mes por mes en excel, me serviría de gran ayuda, muchas gracias.
Gracias, lo voy apuntar para escribir algo sobre el tema.
Como obtienes el tramo de 57750 no me quedo muy claro , espero su pronta rspta. gracias.
Restando el tramo máximo – el primer tramo ya afectado (20 UIT – 5 UIT)
Buenas tardes una consulta: Con respeto a la remuneración de marzo, que gana 12800, usted lo multiplica por 9 meses, pero no entiendo porque no toma el mes de marzo, pienso que se debería multiplicar x 10 meses incluyendo el indicado.
Es correcto amigo,lo hago por separado el mes de calculo + el proyectado.
Hola, quiero saber como se realiza un descuento de 5ta categoria en una planilla de 1 mes ejemplo de junio y quienes estan sujetos a ello
Lo que tienes que hacer es calcular lo recibido + lo proyectado (Lo que gano de Enero – Mayo) + Junio + lo proyectado de Julio a Diciembre. Luego de obtener ese monto, le descuentas las 7 UIT y aplicas la tasa de porcentaje según el ejemplo.
Tengo un grupo de trabajadores contratados en planilla solo por 6 meses (Abril – Setiembre), su básico es de 3000 y tienen un sueldo variable por horas extras. Se le aplica retención de 5ta? Y si es afirmativo como lo calcularía? Tener en cuenta que no se renovara el contrato y de los meses de Enero a Marzo no laboro.
Gracias
Lo correcto es aplicarle el descuento, luego si no le renuevas le haces la devolución. Dicha devolución lo puedes usar contra futuros pagos de 5ta categoría.
no encuentro el link le di recomendar y no aparece nada
Actualiza tu pagina, ahí debe aparecer.
Lo descargué sin darte like ni recomendarte…
Super amigo 🙂
HOLA EN LA PLANTILLA FALTA CONSIDERAR LAS BONIFICACIONES DE JULIO DICIEMBRE VERDAD??
No ingresa porque dicha norma caduco el 31/12/2014. A la fecha no lo han prorrogado.
Gracias por el aporte.
Super amigo 🙂
hola ahora pagare mas que antes… y los que no pagaban hasta 7 uit ahora pagaran por que sobrepasaran los 5 uit
Pues creo que estas cometiendo un error. A lo que ganas al año le descuentas 7UTI, quiere decir que si ganas menos de 7UIT no pagas renta. Luego al resultado recién le aplicaras la primera tasa del 8%. (HASTA 5UIT)
por favor me podrias explicar como es que obtienes el tramo de S/.57,750.00 y S/.12,900.00, sé que la suma tiene que ser S/.147,650.00 pero no entiendo como obtienes los tramos, gcs x tu atención.
DE 134750.00 A 173250 EL TRAMO ES 38500 TU ARCHIVO DICE 12900 ?
Hola Miguel: no puedo ver el archivo adjunto por favor me lo podrias enviar. Mil gracias,
Esta disponible, tienes que recomendar el archivo con tu cuenta de facebook.
gracias baje el archivo
Super Amiga 🙂
No puedo descargar el archivo 🙁
Si se puede descargar amigo, necesitas solo recomendar el archivo.
Hola, sale error en el archivo. 😀
Ya esta corregido amiga, ya puedes descargarlo 🙂
Srs, les presento un caso del 2014, sueldo 3000; trabajo 6 meses(enero a junio), le descontaron quinta categoría por estos 6 meses, no trabajo el resto del año. que se hace en este caso? favor sus comentarios, de no llegar a la cobertura del monto para descuento, que acción se toma? agradesco sus respuestas de antemano.
El empleador le hace la devolución del exceso al trabajador, con cargo y con la entrega de certificado de rentas y retenciones de quinta categoria, tambien es factible usarlo a favor en rentas de quinta futuras. Aunque hace poco lei un caso de jurisprudencia en el que tambien era factible que el mismo trabajador pida la devolución ante Sunat.
Gracias pro el comentario.