• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Sunat » Modifican la facultad de la SUNAT de regular las tablas paramétricas contenidas en la Planilla Electrónica

Modifican la facultad de la SUNAT de regular las tablas paramétricas contenidas en la Planilla Electrónica

Publicado por Miguel Torres el 29 de febrero de 2012 2 comentarios

Mediante el Decreto Supremo N° 002-2012-TR, publicado el martes 28 de febrero de los corrientes, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha modificado el artículo 4°, último párrafo del Decreto Supremo N° 018-2007-TR, referido al contenido de la Planilla Electrónica, específicamente a las tablas paramétricas.

En efecto, según esta nueva norma, la SUNAT no sólo podrá efectuar las modificaciones posteriores de dichas tablas mediante Resolución de Superintendencia, previa coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo sino también podrá actualizarlas y publicarlas en los portales institucionales, previa comunicación a la Autoridad Administrativa de Trabajo.

DECRETO SUPREMO N° 002-2012-TR

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: mintra, PLAME, Sunat

PRÓXIMO EVENTO: "SALDO A FAVOR MATERIA DEL BENEFICIO"

Invitarte este Lunes 12 de Mayo de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

2 comentarios

  1. Miguel Torres dice

    15 de marzo de 2012 a las 6:58 am

    No, las deudas de una empresa jurídica, son pagadas con su patrimonio. No chocan con el peculio del los gerentes.

    Responder
  2. Kremlyn Gomez Rengifo dice

    14 de marzo de 2012 a las 10:51 pm

    HOLA UN MAYOR INFORMACION ACERCA DE QUE LOS GERNTES PUDEN TREMINAR PAGANDO LAS DEUDAS ANTE LA SUNAT ¿? LOS GERENTES BAN A PAGAR LAS DEUDAS ASUMIDAS POR LA EMPRESA

    Responder

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE presencial sabado 17 de mayo

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto