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Inicio » Sunat » Nuevas Condiciones para los Sujetos Obligados a llevar Registros Electrónicos desde el 2015

Nuevas Condiciones para los Sujetos Obligados a llevar Registros Electrónicos desde el 2015

Publicado por Miguel Torres el 24 de enero de 2015 4 comentarios

El 23 de Enero de 2015 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia Nº 018-2015/SUNAT con el que se modifica la recientemente publicada Resolución de Superintendencia Nº 390-2014/SUNAT (31/12/2014) que estableció la obligación de llevar registros electrónicos para aquellos sujetos que durante el 2014 hayan tenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT.

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Así, de acuerdo a esta resolución se ha estimado conveniente modificar las condiciones establecidas para los sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica a partir del 1 de enero de 2015, a fin de sólo obligar a partir de la citada fecha a los que, entre otras condiciones, hubieran obtenido en el ejercicio 2014 ingresos mayores a 150 UIT y se encuentren acogidos al régimen general del impuesto a la renta.

Con esta modificación, muchos contribuyentes que inicialmente estaban obligados desde el 2015 a llevar registros electrónicos por haber superado 75 UIT, quedarán fuera de la obligación.

Asimismo, la resolución en comentario regula que a partir del 1 de enero de 2016 estarán obligados a llevar registros de ventas y de compras de manera electrónica, aquellos sujetos que durante el 2015 hayan tenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT.

Esta resolución entra en vigencia el 24 de Enero de 2015.

Resolución N° 018-2015/SUNAT

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4 comentarios

  1. Vanessa Montes dice

    8 de diciembre de 2015 a las 6:30 pm

    Excelentes datos Miguel.
    Por favor confirmar si la obligación de llevar los registros electrónicos desde el 2015 comprende a los sujetos del régimen de amazonía que hayan obtenido en el 2014 ingresos mayores a las 150 UIT, entre otras condiciones…
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de diciembre de 2015 a las 1:43 pm

      Es correcto.

  2. roy vargas dice

    26 de enero de 2015 a las 11:44 am

    la empresa donde laboro obtuvo ingresos durante el ejercicio 2014 equivalentes a S/. 1.000.000,00( un millon ) y se encuentra en el RÉGIMEN DE LA AMAZONIA esta obligada a llevar registro de compras y ventas electrónico.,,,?

    Responder
  3. samir dice

    26 de enero de 2015 a las 10:07 am

    bueno a mi parecer , me parece bien , que se halla modificado esas condiciones establecidas, de presentar libros electrónicos , las empresas que han obtenido ingresos mayores a 75 UIT, ya que muchas de las empresas obtienen ingresos mayores a las 75 UIT establecidas.

    Responder

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