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Nuevo cronograma para la declaración de predios

Publicado por Miguel Torres el 25 de mayo de 2011 3 comentarios

Entidad tributaria busca facilitar cumplimiento de los contribuyentes

Los propietarios de dos o más inmuebles, cuyo valor acumulado sea superior a 150 mil nuevos soles, según autoavalúo emitido por la municipalidad de residencia, deberán presentar en julio su Declaración de Predios 2010 de acuerdo con el nuevo cronograma establecido.

Esta obligación también incluye a los dueños que hayan cedido dos o más predios para alguna actividad económica, informó la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) a través de la RS N° 125-2011, que prorroga los plazos de vencimiento para la presentación de la citada declaración.

Según la norma, dicha obligación comprende a las personas cuya única propiedad tenga un valor superior a 150 mil soles y que haya sido subdividida y/o ampliada a terceros de forma gratuita u onerosa.

El cronograma de vencimientos será de acuerdo con el último dígito del número de Registro Único del Contribuyente (RUC) o el último número de su Documento Nacional de Identidad (DNI), de no encontrarse registrado ante la Sunat, el cual se inicia el 25 de julio y finaliza el 9 de agosto próximo.

Los ciudadanos y contribuyentes que cumplan estos requisitos pueden presentar su declaración mediante el Formulario Virtual N° 1630 o el Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 3530, mientras que los que tengan más de 2 predios solo podrán utilizar el PDT N° 3530, que se encuentra disponible en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe).

Precisiones

Los obligados a presentar la declaración y que tienen RUC podrán efectuarla a través internet, en las dependencias de la Administración Tributaria o Centros de Servicios al Contribuyente, ubicados a escala nacional.

En tanto, las personas que cuenten solo con DNI deberán acercarse a una oficina de la Sunat o a los Centros de Servicios al Contribuyente.

Diario Oficial El Peruano (25.05.2011)

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3 comentarios

  1. Isabel dice

    24 de mayo de 2012 a las 12:59 pm

    buenas tardes, quisiera saber si es necesario tener ruc para realizar la declaracion de predios y si es con D.N.I como se debe realizar,disculpe la verdad desconosco esto,pero trabajo con unos señores que tienen mas de 2 predios que son pequeños porfa orienteme porque he consultado con un contador y dice que se tiene que sacar ruc para poder declarlo, necesariamente tiene que ser declarado por un contador y ¿ como harian los señores que son agricultores que tienen varios predios chicos en diferentes sitios, x lo que veo ellos no declaran porque hasta le he preguntado,poco se difunde que es una obligacion,¿que pasa si no se presenta?
    le agradecere su respuesta.que Dios le bendiga.

    Responder
  2. Nadia Cokchi Chumbile dice

    27 de julio de 2011 a las 3:55 pm

    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente:

    Mis padres tiene una sola propiedad la cual esta dedicada a vivienda, en la  ultima declaracion de autovaluo esta aparece valorizada en S/. 160,000.00, esta vivienda esta en proceso de saneamiento por lo que aun no esta registrada, y en la municipalidad aparece a nombre de mi madre cuyo ultimo digito del DNI es 5, y de su RUC es 1.

    Ella se encuentra obligada a declarar este unico predio?, de ser asi, el plazo para ello ya habria vencido, como se puede regularizar esta inscripcíón

    gracias

    Nadia

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de agosto de 2011 a las 2:54 pm

      Pues si se encontraria obligada a presentar dicha informacion, se puede presentar en cualquier momento, esa forma se subsana la infraccion cometida.

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