• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Excel Contable » Nuevo formato en Excel de AFPNET 2025

Nuevo formato en Excel de AFPNET 2025

Publicado por Miguel Torres el 13 de enero de 2025 77 comentarios

  • Compartir en Twitter Compartir en Twitter
  • Compartir en Facebook Compartir en Facebook

Miguel ¿Dónde puedo descargar el formato en Excel de AFPNET?

En primer lugar, a partir del 15 de agosto de 2015 el formato para declarar las AFPs mediante el portal del AFPNET cambiará, su uso será obligatorio a partir de esa fecha para las empresas.

Lo novedoso de este formato es el tema de la relación laboral del trabajador con la empresa en diferentes momentos.

Vemos las nuevas columnas del nuevo formato:

  • Relación Laboral
  • Inicio de Relación Laboral
  • Cese de la Relación Laboral
  • Excepción de Aportar

Esto me lleva a pensar que las AFPs cada vez desean obtener más información real de las actividades de los trabajadores, información que les va a ayudar en los procesos judiciales de cobranza contra los descargos de las empresas.

Simulador de Planilla de AFPNET

Dentro del portal de AFPNET podemos utilizar el simulador de la planilla de AFP para validar el nuevo formato vigente desde el 15 de agosto de 2015.

Para ingresar al simulador, solo tenemos que ingresar al portal de AFPNET con nuestro ruc, usuario y contraseña.

En la primera pantalla, se nos mostrará un pequeño mensaje.

AFPNET

Una vez hayamos ingresado, validamos nuestro archivo con la nueva estructura.

simulador afpnet

Si está correcto, nos mostrará un mensaje que nuestra estructura está bien.

validar archivo AFP

Formato en Excel de AFPNET

Le comparto el nuevo formato de AFPNET para una mejor apreciación con algunos ejemplos.

Icono

Formato en Excel de AFPNET

Laboral 6 de enero de 2023
315 descargas

Revisemos algunos ejemplos de posibles situaciones con los trabajadores, para una mejor presentación estoy obviando las primeras columnas de tipo de documento, número de DNI.

Trabajador Antiguo

trabajador-afp

Este es el formato de un trabajador ya activo en nuestra empresa, lo importante es señalar que existe relación vigente con la letra “S”, pero debes marcar que la relación no inicio en este periodo de devengue con la letra “N”.

Trabajador Nuevo

trabajador nuevo-afp

En este caso debemos señalar en la casilla – Inicio de la RL – , la letra “S”, indicando que en el mes devengue el trabajador ingreso a planilla.

Trabajador que Ceso

trabajador-cese-afp

En este caso debemos señalar en la casilla – Cese de la Relación Laboral, la letra “S”, indicando en el mes de devengue el trabajador ceso.

Trabajador pendiente de pago

cese-posterior-afp


En este caso debemos señalar en la casilla – Relación Laboral – la letra “N”, indicando que es un trabajador que está cesado, pero estaba pendiente el pago de la liquidación, donde se a realizado la retención de AFP.

Excepción de Aportar

excepcion-afp


Esta casilla es la más importante de todas, porque muchos procesos judiciales son con base en supuestos de las AFP por no haber aportado la empresa en un mes de devengue. En esta casilla tenemos opciones:

  • Vacío = Existe obligación de aportar.
  • V = Vacaciones con pago adelantado.
  • L = Licencia sin goce de haber.
  • U = Subsidio pagado directamente por ESSALUD al trabajador.
  • P = Aporte postergado por inicio de la Relación Laboral posterior al cierre de planillas.
  • O = Otro motivo por el cual el trabajador no percibió remuneración por el mes.

Tipo de Trabajo

trabajador-tipo-afp


Si tu empresa es del rubro, construcción, minería y pesca, debes marcar con la letra respectiva. Este dato es muy importante, porque dichas actividades están reglamentadas bajo la Ley 27252 – Ley de Jubilación Anticipada para trabajadores que realizan labores que implican riesgo para la vida, donde deberán aportar una tasa extra conjuntamente con el trabajador. Por ejemplo:

  • Rubro construcción: 1% empleador y 1% trabajador
  • Rubro minería: 2% empleador y 2% trabajador

Conclusión

  1. A partir del 15 de agosto de 2015 debes utilizar el nuevo formato para declarar las AFPs mediante el portal del AFPNET.

Recomendación

  1. Te gusto este artículo, suscríbete a nuestro canal de YouTube para recibir más información >> canal Revista Misha aquí.

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: afpnet, excel contable

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

77 comentarios

  1. Cinthia dice

    30 de enero de 2025 a las 6:19 pm

    Estimado Miguel, se liquidó a un trabajador el 15 del mes , en la casilla de “RELAC.LABORAL” , se debe digitar S,por que SI existió relección laboral en el mes, aunque hasta el 15 o se debe poner “N” que especifica en el formato Excel que se hace uso para pagos posteriores al cese de Rel. Lab, y obvio este pago de AFP por los quince días, se hará en los primeros días del mes sgte.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de febrero de 2025 a las 5:45 pm

      Es correcto, existió relación laboral.

  2. Rosario García dice

    18 de agosto de 2022 a las 12:35 pm

    Excelentes aportes! Felicitaciones!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2022 a las 5:19 pm

      Muchas gracias por el comentario.

  3. Ivon dice

    14 de mayo de 2021 a las 3:11 pm

    Hola Miguel, tengo un trabajador que se le dio cese en enero 2021 pero en octubre y noviembre 2020 por error se le deposito a la onp y el pertenece a la afp. Y quiero pagar la afp y no se como rellenar en los campos de relación laboral, inicio rl y cese . Yo pienso que debería ser S,N,N ya que en esos meses el laboro. Ayúdame por favor.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 1:43 pm

      Es indistinto, presenta dichos periodos y pagalo.

  4. Micssy dice

    3 de junio de 2020 a las 6:55 pm

    Buenas noches, tengo una duda, mi trabajador empezó a laborar el 09/04/2020, pero la fecha de afiliacion al SPP es el 03.06.2020, me dice que mi primer devengue seria en junio y el mes de pago seria julio, como puedo pagar los meses anteriores de abril y mayo 2020?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2020 a las 8:56 pm

      En los meses posteriores lo regularizas.

  5. Carlos dice

    22 de abril de 2020 a las 12:00 pm

    Miguel por error a un trabajador antiguo le puse como si fuese nuevo, y ya pague la planilla. ¿Hay alguna manera de corregir eso?, Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2020 a las 6:30 am

      No hagas nada.

  6. Geraldine dice

    30 de marzo de 2020 a las 8:13 pm

    Miguel gracias por tus explicaciones, tengo una duda si un trabajador esta con licencia sin goce de haber que es lo que se paga, solo essalud? Puede estar con licencia 2 meses? El afp como seria en ese caso, muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de marzo de 2020 a las 9:06 pm

      Si estas con licencia sin goce de haber, no hay aporte de AFP.

  7. Milagritos dice

    28 de abril de 2019 a las 6:36 pm

    Buenas noches , una consulta ya tengo la acreditación de la remype de mi empresa, ya le registre en el T registro, ya le registre en el sis , quisiera saber como me daran mi cronograma de pagos del seguro .,

    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de abril de 2019 a las 6:35 pm

      Del SIS es mediante el portal de SIS, ahi imprime tu ticket para el pago en el banco de la nación.

  8. Sarah dice

    1 de junio de 2018 a las 11:56 am

    Miguel, tengo un trabajador bajo régimen laboral de micro empresa , y por los 2 primeros meses le retuve y declare la afp, pero ahora el trabajador ya no quiere que se le retenga y declare porque para las micro empresas no es obligatorio, como debo informar a la afp?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2018 a las 4:06 pm

      Es obligatorio aportar el AFP de todo trabajador.

  9. Carlos Diaz Diaz dice

    14 de febrero de 2018 a las 4:11 pm

    Una consulta, cuando tengo un trabajador que tiene subsidio por incapacidad todo un mes como lo declaro en la afpnet. me comentan con
    U pero pongo el sueldo computable

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2018 a las 10:02 am

      Lo declaras como un trabajador normal, solo colocas el monto del pago del subsidio.

  10. Graciela Flor dice

    6 de octubre de 2017 a las 12:24 pm

    Miguel, una consulta una persona que trabajaba en la empresa que estaba en la onp, y ahora paso a la afp, dentro de la planilla de afp, yo no debe especificar nada? O hay una casilla en la que se debe indicar que esta iniciando a aportar al afp…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2017 a las 10:38 pm

      No, solo aporta la pensión.

    • Graciela flor dice

      9 de octubre de 2017 a las 11:43 pm

      Gracias.

  11. Luz Araceli Tuesta Villacrez dice

    2 de agosto de 2017 a las 8:52 am

    Hola amigo, una consulta tengo el caso de un trabajador que es nombrado pero retiro todos sus aportes y ya no desea aportar al afp, sigue siendo un trabajador activo no es jubilado como haria para informar que ya no aportara al afp.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2017 a las 9:38 am

      Tiene que seguir aportando.

  12. Alberto Torres dice

    7 de abril de 2017 a las 10:45 am

    Hola miguel, en el caso de trabajadores portuarios q se les da de baja en el mes estos trabajadores no laboran consecutivamente que letras se debe colocar en las columnas; relación laboral, inicio de Rl y cese de Rl. tenemos problemas con esto y cada mes nos llegan liquidaciones previas por deuda presunta y es porque estamos declarando mal en estas columnas de la relación laboral.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:55 am

      Esta sencillo de guiarse de los ejemplos, solo aplica razonamiento nada mas.

  13. Carol dice

    3 de abril de 2017 a las 10:33 pm

    Hola Miguel,un trabajador cesó el 31/12/16,pero al mandar la planilla de afpnet del periodo 12/2016 en vez de colocar la letra S donde se tiene que indicar el cese de la RL le pusieron la letra N.Hoy trato de enviarlo con la letra S pero no me valida la planilla.Sale un msje que dice:Si no hay RL vigente el inicio y el fin de la relación laboral deben ser informados en N. Como corrijo ello xfa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de abril de 2017 a las 5:40 pm

      Ya no puedes corregir, solo espera la liquidación previa y lo respondes ahi.

  14. Carolina Pastor dice

    9 de febrero de 2017 a las 9:10 pm

    Hay un plazo establecido para presentar y pagar la planilla por AFPNET y si hay cual es el plazo para este año 2017?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 5:50 pm

      Los primeros 5 días hábiles de cada mes.

  15. Yunior dice

    28 de noviembre de 2016 a las 5:47 pm

    Buenas Tardes Sr. Miguel Torres una consulta, un trabajador renuncio el mes de junio de este año pero lo que sucede al momento de generar el archivo para presenta la AFPNET en la columna de baja o Cese no se coloco la letra “S” si no “N” que deberia hacer en este caso, gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2016 a las 1:04 am

      Solo presenta tu descargo en la sección liquidaciones previas.

  16. Pilar Milagros dice

    3 de septiembre de 2016 a las 10:23 am

    Este formato sigue vigente para declarar en este periodo? Escuche que en la planilla de afpnet habría cambios.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de septiembre de 2016 a las 7:33 pm

      Es el formato vigente.

  17. Luis garcia dice

    29 de abril de 2016 a las 4:21 pm

    Muy interesante…gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de abril de 2016 a las 5:32 pm

      Super amigo 🙂

  18. Raquel dice

    21 de abril de 2016 a las 5:38 pm

    ¿Como doy de baja de un empleado? gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2016 a las 1:00 am

      Lo haces colocando la letra “S” en la columna de baja.

  19. Vanessa dice

    18 de marzo de 2016 a las 11:24 pm

    y para el 2016 sigue apareciendo ese simulador?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de marzo de 2016 a las 1:25 pm

      Es correcto, el mismo formato.

  20. Linda dice

    18 de febrero de 2016 a las 8:12 pm

    Miguel por error se dio de baja a una trabajadora debiendo ser otra y dos meses se declaro este error se estuvo declarando la trabajadora que ya estaba de baja como se puede solucionar este grave error anulando las liquidaciones espero tu respuesta muy agradecida de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 5:22 am

      Pues pide la devolución del aporte indebido, y a la trabajador que no le depositaste lo puedes hacer individualmente para regularizar sus aportes.

  21. JHON LENIN dice

    23 de noviembre de 2015 a las 12:14 pm

    GRACIAS POR LOS APORTES Y DE ANTEMANO POR MI CONSULTA: EN 2 PERIODOS CONSECUTIVOS UNA TRABAJADORA ESTUVO SUBSIDIADA Y PAGADA POR ESSALUD(MATERNIDAD), EN EL AFPNET CUAL VENDRIA A SER LA MODALIDAD DE DECLARACION Y SI SE COMPUTA REMUNERACION ALGUNA AL MOMENTO DE HACER LA DECLARACION Y PAGO, YA QUE EN EL PLAME DE LOS PERIODOS SE CONSIGNO EL SUBSIDIO TIPO 22.

    Responder
  22. Diana dice

    12 de noviembre de 2015 a las 12:57 pm

    Hola quisiera saber como puedo hacer para aportar voluntariamente con fin provisional mes a mes sin tener un trabajo estable , pero cuento con ahorros , quiero ir ahorrando independientemente hasta conseguir un trabajo estable. Por lo que veo este formato que esta en la pagina se aplica mas a empresas entonces como haría yo ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2015 a las 12:08 am

      Es correcto, puedes comunicarte con el afpnet para mas informes sobre el aporte provisional.

  23. Cecilia dice

    15 de septiembre de 2015 a las 2:32 pm

    Estimado Miguel, no dictas los cursos en Arequipa o hay alguna manera de acceder virtualmente. Slds.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de septiembre de 2015 a las 9:00 am

      Estamos trabajando en dicha modalidad.

  24. Juan Castro dice

    10 de septiembre de 2015 a las 9:16 pm

    Toda la informacion es valiosa y actualizada, sobre todo las consultas laborales con respuestas asertadas a la norma es de gran ayuda, porque solucionan las dudas que se tienen. Que sigan los temas expuestos actuales para enriquecer nuestra biblioteca virtual. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de septiembre de 2015 a las 10:41 pm

      Gracias por el comentario 🙂

  25. Carmen Vidaurre dice

    5 de septiembre de 2015 a las 10:02 am

    Miguel, muchas gracias. Tu siempre ayudandonos… me sacaste de dudas con tu explicación… sigue adelante y éxitos!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de septiembre de 2015 a las 10:07 am

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  26. Ronald dice

    3 de septiembre de 2015 a las 7:24 pm

    Anteriormente, mediante el Formato Fuera de Uso se podía informar la Baja Laboral hasta con Un Mes de Posterioridad, significa esto que si la Baja se producía por ejemplo el 20.07.2015, yo podía informar dicha baja en el Periodo de Devengue Julio con indicación del monto percibido en dicho periodo mensual o hasta el Periodo de Devengue AGO con indicación de monto 0.00. Se puede realizar el mismo procedimiento en este Nuevo Formato?, y de no ser procedente, como regularizo las Bajas que NO se informo en el Periodo Julio?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de septiembre de 2015 a las 8:14 pm

      Lo tienes que hacer en el mismo periodo, o en todo caso tendrías que anular la planilla y volver a presentarla.

    • Tania dice

      9 de septiembre de 2015 a las 12:17 pm

      Mi consulta es si yo anulo la planilla que presente sin dar de baja laboral, que pasa con el pago que hice como lo presento.

    • Miguel Torres dice

      11 de septiembre de 2015 a las 1:34 am

      Es un tema administrativo con la AFP, te sugiero que lo consultes ahí.

  27. Heldy Cardenas dice

    26 de agosto de 2015 a las 11:46 am

    Si a un trabajador se le ha pagado sueldo y días de vacaciones en un mes como se declara

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2015 a las 1:55 am

      Simplemente colocaras la suma total computable.

  28. Noel dice

    25 de agosto de 2015 a las 9:02 pm

    Muy buen aporte, me sirvió de mucho. gracias ¡¡

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de agosto de 2015 a las 11:18 pm

      Gracias amigo 🙂

  29. Ana dice

    19 de agosto de 2015 a las 11:33 pm

    Bueno.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2015 a las 11:41 pm

      Muchas gracias 🙂

  30. Joaquin dice

    10 de agosto de 2015 a las 6:00 pm

    Estimado Miguel , en la empresa donde laboro existe un trabajador que ya es jubilado pero esta en planillas ,y según lo que vi esta en una afp y le vienen descontando cada mes , acabo de ingresar en el área de recursos humanos y me gustaría saber como debe ser el tratamiento de este caso . gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2015 a las 7:59 pm

      Te mando por un email un enlace.

    • Jorge dice

      11 de agosto de 2015 a las 6:00 pm

      Estimado Miguel podrías enviarme el enlace también gracias. necesito información sobre ese caso.

    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2015 a las 8:38 pm

      Okis.

  31. Jorge dice

    10 de agosto de 2015 a las 4:32 pm

    Estimado Miguel, la empresa donde trabajo es del rubro de construcción, tiene personal obrero y empleado. en el caso de los obreros se los declara en la planilla con la letra “C” y a los empleados de los declara con la letra “N”. es correcto???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2015 a las 8:22 pm

      Es correcto amigo.

    • Gerson dice

      19 de enero de 2018 a las 12:32 pm

      Miguel que pasa si lo trabaje con “N”, a los obreros y tampoco se pago el 1%, tendrá alguna Incurrencia – agradezco tu respuesta

  32. Absalon dice

    4 de agosto de 2015 a las 7:57 pm

    Gracias, por mantenernos siempre informado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2015 a las 10:42 pm

      Gracias amigo.

  33. Oscar Pascual Ortega RIVERA dice

    4 de agosto de 2015 a las 6:45 pm

    Es muy importante todo lo referente a lo laboral y a las afp también referente a las declaraciones todo lo que es actualidad laboral 2015

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2015 a las 7:22 pm

      Es correcto lo que afirma.

  34. Ingrid dice

    4 de agosto de 2015 a las 4:28 pm

    Hola recién voy a declarar por primera vez afp del mes de julio,pero por el cronograma es hasta el 7 de agosto, si me paso tendría multa y ademas tendría que usar un nuevo formato?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2015 a las 5:57 pm

      No tienes multa, solo pagas intereses. Si lo haces luego del 15 de agosto si utilizarías el nuevo formato.

    • Ingrid dice

      12 de agosto de 2015 a las 10:03 am

      Hola disculpa,tengo una duda ,con respecto a que la fecha de afiliación al spp del trabajador que comente arriba,se dio recién el 04 de agosto,en ese caso ,el mes de devengue seria agosto y lo debería de pagar y declarar al siguiente mes??

    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2015 a las 9:08 pm

      Es correcto.

  35. Ricardo Arana dice

    4 de agosto de 2015 a las 3:19 pm

    Este nuevo formato es para las empresas, la pregunta es, si para los que aportan independientemente, se a modificado algún formato???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 1:47 am

      También aplica para los que aportan independientemente.

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE presencial sabado 17 de mayo

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto