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Régimen Único Simplificado 2025

Publicado por Miguel Torres el 13 de enero de 2025 254 comentarios

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Miguel ¿Cuáles son las modificaciones del Régimen Único Simplificado?

A partir del 01 de enero de 2017, muchos contribuyentes que pertenecen al Nuevo RUS tendrán que abandonar dicho régimen.

El 20 de diciembre se promulgó el Decreto Legislativo N.º 1270, que modifica drásticamente los requisitos para pertenecer a dicho régimen, reduciendo las opciones de acogerse al régimen del Nuevo RUS.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Régimen Único Simplificado
  • Decreto Legislativo 1270
    • Categorías
    • EIRL
  • Casuística del Nuevo Rus
  • Cambios otros Regímenes
  • Guía de Pago Fácil Nuevo RUS
  • Sustitución o Rectificatoria Nuevo RUS
  • Multa por no declarar
    • Si te gusta, compártelo 🙂
    • Artículos Relacionados:

Régimen Único Simplificado

El Nuevo RUS es un régimen que está pensado para personas naturales o sucesiones indivisas que realizan ventas de mercaderías o servicios a consumidores finales.

  • 16 Consejos de como empezar una empresa acogida al Nuevo RUS

Por ejemplo: Una bodega, una panadería, una peluquería, un restaurante, un carpintero, etc.

Este régimen eran muy sencillo en el aspecto tributario, se caracterizaba por ser “monotributo”, un solo pago fijo que abarcan diferentes impuestos (IR, IGV e IMP).

El pago de la cuota depende del nivel de ingresos y/o adquisidores que realiza un contribuyente en un mes.

Adicionalmente, no están obligados a llevar ningún libro contable o presentar declaraciones telemáticas, mensual o anuales.

Decreto Legislativo 1270

El Decreto Legislativo 1270 establece dos principales cambios al Nuevo RUS:

Categorías

Uno de los principales cambios del Nuevo RUS para este año 2020, es la reducción de las categorías.

A partir del 2020, estarán disponibles dos categorías para pertenecer al Nuevo RUS:

CATEGORÍASTOTALES INGRESOSTOTALES EGRESOS
1S/ 5,000S/ 5,000
2S/ 8,000S/ 8,000

Esto significa que los contribuyentes que pertenecen a las categorías 3, 4 y 5 del Nuevo RUS, tendrán que pasar a otro régimen tributario.

De igual manera, las cuotas mensuales también se han reducido a solo dos:

CATEGORÍASCUOTA MENSUAL
1S/ 20
2S/ 50
CATEGORÍAS DEL NUEVO RUS

EIRL

Las empresas constituidas como EIRL, ya no podrán pertenecer al Nuevo RUS a partir del 2017.

La Única disposición complementaria del Decreto Legislativo N.º 1270 menciona:

Derógase el literal c) del numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 937 y normas modificatorias.

Recordemos que el artículo 21 de la Ley N.º 30056, otorgó la posibilidad que empresas constituidas como EIRL puedan pertenecer al Nuevo Rus.

Casuística del Nuevo Rus

Analicemos la incidencia de estos cambios en un negocio real, y comentemos algunas posibles soluciones.

Miguel, tengo mi negocio de restaurante, tengo ingresos mensuales por S/ 6,000 soles y compras por S/ 1,000 soles.

Miguel ¿Cuánto pagaría de impuesto?

Con dicha información, pagarías 50 soles mensuales, porque estarías en la categoría 2.

Adicionalmente, NO ESTARÍAS obligado a llevar libros contables, ni presentar declaraciones mensuales mediante el PDT.

Cambios otros Regímenes

Para realizar el cambio a otros regímenes en cualquier periodo del ejercicio, mediante la declaración del PDT 621 o declara fácil.

Si eligen el Régimen Especial de Renta, no olviden presentar y pagar el impuesto hasta el último día del vencimiento (esta regla se aplica para la primera presentación).

Guía de Pago Fácil Nuevo RUS

Mediante la Resolución Superintendencia N.º 037-2017 se modificó el formato para el pago de la cuota mensual del Nuevo RUS.

formato nuevo rus

A partir del ejercicio 2023, se deberá ingresar el Total de Adquisiciones del Mes.

Icono

Guía Pago Fácil Nuevo Rus

Tributario 9 de abril de 2023
58 descargas

Sustitución o Rectificatoria Nuevo RUS

En caso de sustituir o rectificar una declaración mensual, se deberá utilizar el Formulario Virtual 1611 – Declaración Jurada Pago Mensual–Nuevo Régimen Único Simplificado.

formulario virtual 1611

Multa por no declarar

  • Multa Nuevo RUS por no declarar dentro plazo

Conclusiones

  1. Actualmente, solo están disponibles dos categorías para el Nuevo RUS.
  2. Analiza el impacto del IGV a pagar por el contribuyente de pasar a otro régimen tributario.

Recomendación

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254 comentarios

  1. Julio Saldaña dice

    24 de abril de 2025 a las 10:19 am

    Hola, Miguel, agradezco el artículo, muy interesante y con valiosa información.
    Quisiera consultarte sobre mi caso particular. Estoy inscrito en la renta de 4ta categoría por ejercicio profesional (arquitecto); sin embargo, también doy clases particulares, y he leído que para ello, sí es posible ingresar al RUS
    ¿Es eso cierto?, y, puedo mantener la renta de cuarta en paralelo?

    Responder
  2. Nora Hanco dice

    12 de abril de 2025 a las 11:50 am

    Es posible estar acogido al NRUS para generar rentas de tercera categoría (con emisión de boletas de venta) y, al mismo tiempo, emitir recibos por honorarios para rentas de cuarta categoría bajo el mismo RUC de persona natural (RUC 10).

    Responder
  3. Natalia Huaman Santana dice

    1 de octubre de 2021 a las 1:58 pm

    Miguel buenas tardes, giro una factura mensual a la PNP por alimentos que se les da aprox por 20,000 mensuales, estoy en el RER como podria no perder el igv de aquellos proveedores que no me dan facturas ni tickets como en el caso de los mercados, pollos carnes, verduras ya que son del RUS o muchos de ellos son informales

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 1:18 am

      Una opción, comprar en supermercados donde otorgan C.P.

  4. Esther dice

    18 de agosto de 2021 a las 12:07 am

    Hola Miguel, pague mi rus un día después del vencimiento soy de categoría 1 , tendre que pagar una multa ? Y si es el caso cuánto sería y como se paga ? Gracias.por tu respuesta .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2021 a las 11:59 am

      No pagas multa, hay una facultad discrecional.

  5. Tatiana dice

    16 de diciembre de 2020 a las 4:57 pm

    Miguel, buenas tardes. Ayudame con la siguiente consulta: Estoy en el N-RUS, y el contador que tenía me estafó y no pagó el essalud de trabajadores que tenía, la deuda asciende a más de 2,000 y no puedo pagar ¿será posible que dé de baja a mi ruc, y atender el puesto con el ruc de mi hija y acogerla al rus. Tendría algún problema por la vinculación directa? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de diciembre de 2020 a las 8:56 am

      Si es posible hacer eso.

  6. Ivan parco dice

    10 de abril de 2020 a las 7:53 pm

    1. Tengo una heladeria artesanal y mis ventas es menor a 5 soles. Por lo q no doy boleta de venta. ¿ como tendria q sustentar mis ventas a la sunat?
    2.Estoy en el nrus y Tengo dos empleados informales y quiero formalizarlos en planilla. ¿tengo q constituir una empresa obligatoriamente para tener trabajadores en planilla o no es necesario?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de abril de 2020 a las 12:37 am

      Sobre lo primero debes llevar un control de las ventas y al final el día emites la boleta de venta. Sobre lo segundo no es necesario con tu RUC de RUS lo puedes hacer.

  7. Gabriela dice

    26 de marzo de 2020 a las 9:53 am

    Hola miguel mi cuñado es persona natural con negocio me parece que esta en el nuevo rus pero hizo una venta en la que le pedian factura y emitio la factura segun se ya no estaría en el nuevo rus por eso si no en el régimen especial ha descargado el pdt para declarar igv pero no sabe que modulo descargar en este caso para hacer todo el registro declaración y pago del mismo gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de marzo de 2020 a las 10:16 pm

      Tiene que presentar su declaración mensual colocando como ingreso la venta. A parte llevar sus libros contables.

  8. George dice

    20 de febrero de 2020 a las 7:33 pm

    cuando me inscribí en el rus apuntaba a una bodega, pero actualmente planeo usar el espacio para dar mantenimiento de computadoras, debo notificar ala sunat?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de febrero de 2020 a las 6:28 pm

      Puedes agregar dicha actividad en tu ficha ruc como secundaria.

  9. Percy dice

    15 de febrero de 2020 a las 4:46 am

    Los del NRUS, só lo deben declarar los desembolsos sustentados con CDP, o también con aquellos que no son considerados CDP (recibo de caja, nota de venta, proforma, etc)?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2020 a las 10:32 am

      Deberían ser todos los desembolsos.

  10. Juan dice

    12 de febrero de 2020 a las 3:07 pm

    Hola Miguel, soy CAS y estoy en la cuarta categoría, ahora quiero poner un negocio y para eso necesito acogerme al Nuevo Rus, todo esto con el mismo numero de RUC ¿dejaría ser de la cuarta categoría y pasaría a ser de tercera categoría o se puede tener las dos cosas? el trabajo como CAS y el negocio por separado.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2020 a las 1:39 pm

      Si puedes hacerlo, cuarta y nuevo rus a la vez.

  11. Jose Nina dice

    5 de febrero de 2020 a las 6:12 pm

    Buenas tardes mi consulta es si en vez de pagar 5% por renta de primera de categoría por arrendamiento, puedo inscribirme en el RUS? considerando que no supero los montos maximos o hay alguna restriccion para eso? muchas gracias

    Responder
  12. Jhoana dice

    18 de enero de 2020 a las 8:23 pm

    Hola gracias por la información, una duda debía cuatro meses del rus ya hice el pago pero no pague ninguna multa ….si dejó esto así tendría problemas..gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de enero de 2020 a las 10:39 am

      Es posible que notifique la infracción.

  13. Pedro dice

    22 de diciembre de 2019 a las 2:39 pm

    Consulto……estoy en el régimen de Recibos por Honorarios y necesito pasar o pertenecer al nuevo RUS, que o como debo hacer……gracias por la información

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2019 a las 1:13 pm

      Vas a una centro de SUNAT y te afectas a la renta de tercera categoría.

  14. Carlos Calderon dice

    16 de octubre de 2019 a las 5:21 pm

    Por favor me puedes enviar un formato de pago fácil del rus? quiero pagar el impuesto o por lo menos el link, para poder bajarlo de la internet te agradecería mucho
    por favor

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de octubre de 2019 a las 1:23 pm

      Lo puedes pagar por tu clave sol.

  15. Diego dice

    19 de agosto de 2019 a las 7:30 pm

    Que tal Buenas tengo una bodega normalmente no supero en compras y ventas mas de 5000 pero este mes pueda que supere esa cantidad de compra pero es seguro que al otro mes volvere a no superar los 5000 mi pregunta es si normal en el mes que pase los 5000 y menos que 8000 pague 50 y si al otro mes puedo seguir pagando 20

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2019 a las 9:03 pm

      Si es correcto, un mes puedes pasar de categoría y el otro mes bajar.

  16. Karina dice

    6 de junio de 2019 a las 2:54 pm

    Hola, una consulta con la nueva Rus puedo pedir que me den boleta o factura con mi mi numero de ruc 10 …… ….espero su amable respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de junio de 2019 a las 11:09 pm

      Si es correcto.

  17. Angelo Bello dice

    3 de mayo de 2019 a las 10:30 pm

    Hola Miguel, ¿la Sunat me obliga pasarme del RUS al MYPES, porque me pasé los 8000 mensuales, lo cual debo declarar bajo el MYPES todos los meses que me pasé con sus respectivas multas? ¿y al final del año recién podré solicitar el RER? Es que no he llevado bien registros y me he pasado a 9000 promedio durante todo el 2018, hasta abril de 2019 y recién me han llamado para regularizarlo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de mayo de 2019 a las 10:32 am

      Es correcto, tienes que hacer esas correcciones y para el mes de Enero , ya pasar al RER.

  18. Nick dice

    26 de abril de 2019 a las 9:35 am

    Si me encuentro en el nuevo RUS, y quiero ponerme al corriente con los pagos de mis cuotas mensuales hay una multa por retraso de cuanto, siendo mas de 5 meses

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de abril de 2019 a las 10:52 am

      Si habría multa, en promedio es 20 soles de multa para la categoría uno.

  19. Gabriela dice

    11 de abril de 2019 a las 8:31 pm

    Yo, como persona jurídica puedo emitir boleta a una persona natural del nuevo rus? O tengo que emitir facturas. Cada vez que emito factura a alguien del nuevo rus me dice que no las acepta. Que solo acepta boletas por eso me veo obligado a hacerlo. A mí me favorece ese IGV pero a ellos como?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de abril de 2019 a las 10:30 pm

      Tu emites el comprobante que el cliente solicita.

  20. Isabel Cardenas Chavez dice

    2 de enero de 2019 a las 8:15 pm

    Hola miguel una consulta cuando se supera el monto de las categorías ,tengo como ingreso 10,000.00 y compras 4,500.00 dime automáticamente paso al Regimen especial en ese mes o es al siguiente pero justo este mes q supera iba ya a cancelar mi RUS o sea ya no tener mas actividad comercial….espero tu comentario…gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de enero de 2019 a las 10:16 pm

      Ese mes declaras como RER y luego ya das de baja tu RUS.

  21. Luis Teodoro dice

    26 de junio de 2018 a las 8:32 pm

    Hola Miguel tengo un pequeño alojamiento, en venta llega a los 5500 soles y en adquisición a los 800 soles , deberia estar pagando en categoria 1? o 2?

    Responder
  22. Leidy Rafael Perez dice

    13 de abril de 2018 a las 1:13 pm

    Buenas tardes Miguel, tengo un familiar en el nuevo rus de la categoría 1,su negocio es un restaurant. él no a pagado como 5 meses la cuota. mi pregunta es si se le va a multar por no cumplir con el pago, o en que le puede afectar.
    espero tu ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2018 a las 4:23 pm

      Solo regulariza la cuota + los intereses.

  23. Johnny dice

    13 de abril de 2018 a las 10:38 am

    Buenos dias dias, por favor tu asesoria… si compro solo hasta 5000 o menos todos los meses, pago 20 en el rus, pero si en 1 mes me paso hasta 9000 sin darme cuenta y declaro 8000 (pago 50) y los siguientes meses regreso a solo 4000 (pago 20) me afecta? Nunca hice cambio de regimen y ya no voy a laborar por 2 meses. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2018 a las 4:22 pm

      Es correcto lo que mencionas, puedes subir y bajar, pero ten en cuenta que superas los 8000 soles automaticamente cambias de regimen y ya no puedes regresar hasta el proximo año.

  24. Cinthia dice

    7 de marzo de 2018 a las 7:28 pm

    Hla miguel soy cinthia una pregunta porfavor. Si paso de los 8000 soles mensuales por ejemplo 11000 q regimen estaria y cuanto pagaria porfavor necesito tu respuesta gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2018 a las 5:46 am

      Tendrías que pasar al RER o RMT.

  25. Anderson dice

    7 de febrero de 2018 a las 8:24 am

    Hola Miguel. una consulta
    en la parte “Cambios otros Regímenes”
    – Solo se puede realizar el cambio en enero? A que fecha de vencimiento te refieres: al 31 de diciembre de enero o fecha de vencimiento segun ultimo digito del ruc (que seria en febrero)?.
    gracias, y exitos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de febrero de 2018 a las 5:31 pm

      Periodo Enero, que se declara en el mes de febrero.

  26. Yrma dice

    5 de enero de 2018 a las 11:48 pm

    Buenas noches una consulta. en lo que es compras también se considera pagos de luz, agua, gas, alquiler? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de enero de 2018 a las 11:39 am

      No se consideran dichos desembolsos.

  27. Alvaro dice

    2 de enero de 2018 a las 9:24 am

    Hola Miguel una consulta.. Si quiero abrir un negocio d fabricar espuma . a q régimen pertenecería

    Responder
  28. Jary Vera Alvarado dice

    28 de diciembre de 2017 a las 12:41 pm

    Estimado Miguel: El Artículo 7º del D.L. 937, te indica en sus parámetros. “Total Ingresos Brutos Mensuales (Hasta S/)” – se entiende por ingresos lo que percibes en un determinado periodo. Si no percibiste ingresos por que debes tributar, o es que la norma ha variado-, favor comentar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2017 a las 8:29 am

      La categoría mínima es de 0 hasta 5000 soles de ingresos.

  29. Paul Lario dice

    12 de diciembre de 2017 a las 10:52 am

    Hola miguel una consulta, normalmente he estado pagando 20 soles por que mis ventas no superan los 5 mil soles, pero el mes pasado llegue a 6 mil y pague 50 soles, peor este mes solo llegare a 4 mil otra ves, vuelvo apagar los 20 soles normal? o debo seguir pagando 50 soles.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2017 a las 2:30 am

      Es correcto, bajas de categoría.

  30. Maria dice

    11 de diciembre de 2017 a las 4:11 pm

    Miguel, buenas tardes, mi pregunta es, estoy en el rus, y este mes de noviembre he vendido mas de los 8,000. este mes de diciembre, tambien me paso, en ventas, se que me corresponde el regimen especial, pero en Enero nuevamente vendo entre 4 a 5mil soles, como tendría que hacer para pagar mis impuestos, puedo tributar nuevamente con el rus??y pagar los 20 soles que me corresponden?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2017 a las 2:20 am

      En el mes de Enero, podrías bajar al RUS nuevamente con el pago de la categoría.

  31. Blanca dice

    30 de noviembre de 2017 a las 8:39 pm

    Hola miguel, yo tengo una bodega y desde el mes de marzo 2017 compre adquisiciones por mas de 8000. Hasta la fecha he pagado como nrus entre 20 y 50 soles. Si me paso al regimen especial en diciembre, me pondran multas por los meses anteriores desde marzo y tambien tendria que compensar los meses desde marzo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 1:14 am

      Si le detectan los egresos en meses anteriores, le pedirán que rectifique.

  32. Vanessa dice

    23 de noviembre de 2017 a las 10:45 pm

    Pertenezco al rus y desde agosto del 2016 hasta hoy noviembre 2017 no he realizados los pagos de 20 soles mensuales .. es necesario ir ala sunat o solo puedo ir al banco …

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2017 a las 9:05 am

      Solo regularizas los pagos + los intereses.

  33. Omar dice

    22 de noviembre de 2017 a las 5:33 pm

    Hola Miguel.tengo un puesto de jugos en un mercado.Me invitaron a participar en una conocida feria y para participar tuve que sacar mi RUC y lo hice en este nuevo rus ya que mis ventas no superan los 5000 al mes.Pero en esta feria mis ventas llegaron casi a 10 mil soles.cuanto debería pagar por esta vez?teniendo en cuenta que es solo por esta única vez que alcanzaré ese monto de venta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2017 a las 2:09 pm

      Lamentablemente ya pasaste a otro régimen, no puedes seguir en el RUS.

  34. Antonio dice

    17 de noviembre de 2017 a las 5:45 pm

    Hola miguel, te cuento… hasta junio mis ventas y compras eran de 5000 soles máximo, pagaba 20 soles en RUS. En julio las ventas y compras fueron mas de 10000 soles hast ahora en noviembre. ya son casi 5 meses. como haría, aun no pago los 20 soles. debo pagar esos 20 soles mensuales? o me cobraran multa por decir que vendo menos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2017 a las 12:06 am

      En tu caso, ya no puedes estar en RUS, tienes que cambiar de régimen.

  35. Carla dice

    4 de noviembre de 2017 a las 8:03 pm

    Hola Miguel! Gracias por tu ayuda!!

    Un par de dudas:
    1. Estoy en el RUS desde agosto del 2016 pero no he pagado ni una cuota :\
    Quiero regularizar el pago. A dónde debo ir? Al banco? O a la Sunat?

    2. Necesito emitir facturas. A qué régimen debo pasar y si puedo hacerlo electrónicamente o tengo que acerarme a la SUNAT?

    Gracias mil¡¡

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 1:35 am

      Solo anda al banco y paga los periodos pendientes de pago (tu cuota de RUS). Si quieres emitir factura el RER o RMT seria una opción.

  36. Carlos Cesar dice

    29 de octubre de 2017 a las 11:37 pm

    Estimado, disculpa si un mes vendo S/ 9,000 pero al año no voy a superar los S/ 96,000 debo cambiar de régimen?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 2:27 pm

      Si, automaticamente pasas a otro régimen.

  37. Yelina dice

    22 de octubre de 2017 a las 11:45 pm

    Hola Miguel. buenas noches. una consulta. Estoy en el Nuevo RUS. La norma me permite contratar a un personal? y por eso tengo que pagarle sus beneficios sociales? tu ayuda por favor. como hago con respecto al tema laboral? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2017 a las 6:31 am

      Si es correcto, pero dependerá del régimen labora que escojas. por ejemplo microempresa o pequeña empresa.

  38. Anais dice

    15 de octubre de 2017 a las 1:04 pm

    Si por error, puse en el formulario montos que corresponden a la segunda categoría y pagué 50, cuando lo correcto era primera categoría, ¿Puedo recitificar y pedir devolución?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2017 a las 6:05 am

      Si puedes hacer eso.

  39. Angie Apolo dice

    12 de septiembre de 2017 a las 3:22 pm

    Estimado Miguel,
    Yo soy de categoría 1 y tanto mis ventas como mis compras no superan los 5000 soles; mi consulta es la siguiente ;que pasaría si este mes mis ventas no superan los 5000 pero mis compras si lo superan; cuanto debo pagar… los 20 soles o paso a categoria 2… agradecida por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de septiembre de 2017 a las 10:17 pm

      Pasas a la categoría 2.

  40. Letizia Salcedo dice

    7 de septiembre de 2017 a las 1:57 pm

    Buen dia Sr. Miguel,Actualmente vendo mis productos online, todo de segundo uso. Pero mis clientes me preguntan por una tienda fisica. Mis ventas no superan los S/.5000.No tengo muchas boletas de compra, ya que compro directamente a otras personas para volver a revenderlas. Mi temor es abrir una tienda y no ser legal. Esto del NRUS categoría 1 estaría bien para mi?Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de septiembre de 2017 a las 12:55 pm

      En el Nuevo Rus, podrías tener un solo puesto para alquiler.

  41. Sthefany dice

    1 de septiembre de 2017 a las 6:13 pm

    Hola, una consulta que pasaría si pague , pero no consigne las compras, rectifico y hay multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2017 a las 3:09 pm

      Rectifica, no hay multa.

  42. Aranza Mezzich dice

    19 de agosto de 2017 a las 5:34 am

    Hola una consulta, he recibido una carta de invitación de sunat, donde me indica que al cruzar mi información del 2016 las compras superaron la categoría declarada, si me correspondía estar en categoría 3 y declare la 1, como regularizo??? Pago el tributo que debí pagar o la categoría que me correspondería en el 2017 (categoría 3 ya no existe)??? Gracias Miguel

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2017 a las 4:11 am

      Rectificas los rectificas el periodo 2016 declarando en categoría 3. A partir del 2017 ya si mantienes ese mismo nivel de ventas tendrás que pasar a otro régimen tributario.

  43. Dede dice

    10 de agosto de 2017 a las 12:45 pm

    Mi cuota mensual es de 20 soles pq no superaba los ingresos de 5000 (RUS), Ahora, en este mes supero mis ingresos aprox a 15000, se dice que automáticamente se cambia al siguiente régimen, cierto?? ahora debería pagar 50 soles????
    y si el movimiento solo es este mes, puedo regresar a mi pago de 20 soles (anterior regimen)?????. Gracias por sus respuestas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 4:53 pm

      En tu caso automáticamente dejaste de ser RUS, tendrás que elegir otro régimen tributario. No puedes regresar aunque tus ventas bajen luego, tienes que esperar hasta el mes de Enero siguiente.

  44. Luis Rodriguez dice

    7 de agosto de 2017 a las 7:21 pm

    Buenas tardes, el total de compras consignada en las guía pago fácil Nuevo RUS es total incluido IGV?
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 3:07 pm

      Si es correcto.

  45. Juan Mendoza dice

    4 de agosto de 2017 a las 5:47 pm

    Hola Miguel. En el NRUS, si bien es cierto que con el pago en el banco cumplo la declaración y pago. ahora si no tengo venta ni compra solo tendría la obligación de declarar en cero, como lo haría. ¿en la sunat o en el banco? o que se debe hacer. gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2017 a las 12:45 am

      Igualmente tienes que pagar 20 soles, cuota mínima.

    • Juan Mendoza dice

      16 de agosto de 2017 a las 12:01 pm

      Hola miguel, le comento su respuesta: No crees que seria injusto que si no vendo ni compro unos dos meses consecutivos en el NRUS igual voy a seguir pagando?, se estaría abusando del contribuyente, si no hay ingresos ni compras, el pago deberia ser cero con la declaración cero. Se estaría gravando impuesto a un hecho que no existe.
      gracias.

    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2017 a las 9:48 pm

      Así son las reglas estipuladas en la norma.

  46. Cesar dice

    1 de agosto de 2017 a las 2:03 pm

    Hola Miguel.estoy en primera categoría durante el 2016 pague 20 soles mensual pero mis ventas superaron los 5,000-,debí pagar 50 mensual .cuál es la multa y como regularizo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2017 a las 9:49 am

      Regulariza el pago, solo pagas intereses nada mas.

  47. Tata dice

    20 de julio de 2017 a las 8:00 pm

    Una consulta, estoy en categoría 2 y en el mes de junio superé los 8000 pero por desconocimiento pagué como rus (50 soles), asumo que debí cambiar de régimen, cuánto debo pagar?? y regularizar?? , existe alguna multa por eso??.
    gracias!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2017 a las 3:49 am

      Pagaras de acuerdo al nuevo régimen tributario que te vas a cambiar.

  48. Jesus dice

    19 de julio de 2017 a las 10:04 pm

    Miguel, soy de la categ. 1 cuando pague el mes de enero el Banco me pregunto por mis compras para que sean declarados yo solo tenia el importe de las ventas que solo llego hasta 2800 en ese mes pregunta es si que tengo que sumar mi Ventas de 2800 + mis compras de 2200 de ese mes pagaría 50 soles.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2017 a las 1:00 am

      Los datos se toman independientemente, para la categoría analizas tus ventas y compras individualmente.

  49. Frankz dice

    17 de julio de 2017 a las 10:32 am

    Hola Miguel con cuantos días de anticipación se puede pagar el rus o sea tributo o es el mismo día de vencimiento

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2017 a las 2:45 pm

      Lo puedes pagar al dia siguiente que acabo el periodo, por ejemplo junio 2017, lo puedes pagar desde el 01 de julio.

  50. Percy dice

    12 de julio de 2017 a las 8:05 pm

    Excelente, información, una consulta Miguel.
    qué pasa si en mayo facture 9000 y en junio 5000. Por lo de mayo ya tengo que estar en el Rer definitivamente ? o puedo regresar al Rus.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2017 a las 12:25 am

      Para volver del RER al RUS solo lo puedes hacer en el mes de Enero.

  51. Amancio Molina dice

    28 de junio de 2017 a las 4:36 pm

    Estimado Miguel
    Muchas gracias por su gran aporte. Por favor consulta. En año 1996, mi padre presto su nombre como contribuyente (ruc) a un familiar para negocio rus, negocio fue transferido a verdadero dueño en 2004, pero, se olvidaron de darle de baja el ruc en 2004. Actualmente sigue vigente el ruc de mi padre. En esta situación, cual seria los pasos a seguir? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 6:38 pm

      Acerque a un centro de Sunat a dar de baja la empresa.

  52. Wilfredo Vasquez Pacora dice

    7 de junio de 2017 a las 7:56 pm

    Miguel, buenas noches una consulta tengo una pequeña bodega tengo dos proveedores que por compras me emiten facturas, el resto lo compro con boletas, el igv. que pago tiene derecho a devolución por este concepto, agradeciendo por anticipado tu apoyo.

    Atentamente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de junio de 2017 a las 12:04 am

      No hay devolución de IGV.

  53. Martín dice

    26 de mayo de 2017 a las 11:06 am

    Buenos días, Miguel.

    Hace poco saqué mi RUC, porque la municipalidad me exigía para poder tramitar mi Licencia de Funcionamiento.
    A lo que voy, es que al inscribirme en la Sunat salgo que estoy en el NRUS.
    Y hasta la fecha no he tenido ingresos. ¿Tengo que pagar mi cuota mensual?
    Espero su pronta respuesta.
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2017 a las 6:24 am

      Es correcto tienes que pagar la cuota mínima de 20 soles.

    • Martín dice

      28 de junio de 2017 a las 12:42 pm

      Miguel, quisiera suspender temporalmente mi RUC. Estoy en NRUS. Y aún no he impreso mis boletas de ventas. Estoy trabajando sin boletear. Y cómo no tengo ingresos para declarar. No quiero pagar los 20 soles que se debe pagar mensualmente. Espero su pronta respuesta. Gracias.

    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 6:43 pm

      Aunque no emitas boletas, si estas en el nuevo rus, debes pagar la cuota mínima.

  54. Carlos dice

    18 de mayo de 2017 a las 9:17 pm

    Saludos Miguel; en una financiera para sacar un prestamo me piden:
    – Copia de PDT de pagos de impuestos (3 últimos meses)
    – Copia de última declaración jurada de impuesto a la renta (último año),
    estos requisitos que me piden como lo puedo presentar si estoy en el nuevorus. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 4:06 am

      Eso tienes que preguntarle a la financiera amigo.

  55. David dice

    16 de mayo de 2017 a las 1:47 pm

    Hola Miguel, es verdad que las percepciones de alguien que viene del NRUS y ahora en el 2017 está en el reg espec o reg gnral no se pueden arrastrar al PDT 0621? Sólo queda pedir la devolución de las percepc hasta el 31-12-2016. Cual es la razón?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2017 a las 4:52 pm

      La norma que creo el RMT lo establece.

  56. Carlos dice

    12 de mayo de 2017 a las 1:04 am

    Hola miguel, si siempre he estado en la categoría 1 del RUS y por desconocimiento del cambio de las normas, en marzo facture mas de 8000, sere sancionado a pesar que en abril e vuelto a categoría 1. Hay alguna solución a mi problema.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 5:09 pm

      En marzo ya debes pasar al RER o RMT.

  57. Jenny padilla dice

    24 de abril de 2017 a las 1:51 pm

    Con esto de las facturas electronicas veo q este mes hice compras por mas de 12,000 soles pero mis ventas llegan apenas a los 7,500… cuanto debo pagar de impuesto o q categoria estoy…. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de mayo de 2017 a las 12:18 am

      Ya estas fuera del régimen, tienes que elegir entre RER o RMT.

  58. Armando dice

    19 de abril de 2017 a las 5:00 pm

    Hola miguel una consulta tengo un negocio y estoy en la categoría 2 del nuevo Rus y el mes de marzo me descuide y compre 8128.00, que es lo que puedo hacer .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de mayo de 2017 a las 1:29 am

      Devolver la mercadería y pedir que anulen el comprobante. O que te facture con fecha del mes próximo.

  59. Liz Maccapa Paredes dice

    4 de abril de 2017 a las 8:22 am

    Hola miguel una consulta si tengo en compras 5500 y ventas 4500, que monto le corresponde tributar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de abril de 2017 a las 1:09 am

      La categoría 2, 50 soles.

  60. Paulina dice

    31 de marzo de 2017 a las 4:47 pm

    El año pasado SUNAT publico una resolución donde no multaba a las personas del RUS que no habían declarado a tiempo, siempre y cuando sus ingresos y gastos no superen 1/2 UIT , quisiera saber si aun esta vigente esta resolución para el año 2017. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2017 a las 8:43 am

      Si esta vigente.

  61. Alex Berrocal dice

    20 de marzo de 2017 a las 10:48 pm

    Hola, Miguel:
    Tengo una bodega y me excedí por arriba de los 8000 en febrero: ¿ya no hay vuelta atrás? ¿el próximo año podré volver al nuevo rus? y última pregunta ¿qué nos espera en este Régimen Especial?
    Gracias por tu respuesta…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de marzo de 2017 a las 9:21 pm

      Si el próximo año puedes volver. En el RER pagar IGV y Renta. Adicionalmente llevar libros contables.

    • Miguel Angel dice

      28 de agosto de 2017 a las 9:40 am

      Que pasa si compro en un mes mas de 8.000 y sigo pagando 20 o 50 soles o sea sigo en el RUS.

    • Miguel Torres dice

      4 de septiembre de 2017 a las 3:59 pm

      Mientras no superes el limite sigues en el RUS, claro esa solo regularizas el pago del tributo si pagaste una menor cuota.

  62. Luis Felipe dice

    16 de marzo de 2017 a las 7:41 pm

    Hola Miguel
    Tengo una duda, una persona en el rus declaro y pago desde el 2013 a la fecha en la primera categoría, pero los importes de ventas en todos los meses fueron incorrectos debo rectificar según lo muestras en el ejemplo? Tendría que pagar alguna multa? Sunat podría citar al contribuyente por la cantidad de rectificaciones que se haría? Gracias de antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 8:48 pm

      Si los importes no hacen que pases de categoría no pagas multa.

  63. Trinidad dice

    16 de marzo de 2017 a las 12:01 am

    Miquel el formulario virtual 1611 solo se utiliza para sustituir o rectificar ?, o de todas maneras tengo que usarlo para declarar mensualmente???
    Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 9:10 pm

      También lo puedes usar para declarar.

  64. Nilton dice

    15 de marzo de 2017 a las 6:14 pm

    Hola Miguel una consulta, tengo cabinas de internet, estoy en la categoria 1, pago s/. 20.00 mensuales, este año 2017 aumentaron TOTAL DE COMPRAS DEL MES en ésta parte pondré todo lo que compré para mis cabinas de intenet, osea ejemplo: (Hojas, tinta, etc) ? . Con que propósito agregaron TOTAL COMPRAS DEL MES?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 9:37 pm

      Con el propósito de controlar tus egresos, recuerda que la categoría es en base de ingresos o egresos.

  65. Yobana dice

    10 de marzo de 2017 a las 7:53 pm

    MIGUEL FELICITACIONES, es de mucha ayuda tus temas, Dios te bendiga !!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2017 a las 5:38 pm

      Muchas gracias, que tengas una super semana 🙂

  66. Henrry dice

    8 de marzo de 2017 a las 1:21 pm

    Hola Miguel, buenas tardes, llevo una empresa que esta en RER, por motivos de simplicidad se va a pasar a NRUS, pero proyectado que en julio y diciembre pasaran los 8000 soles, en ese momento puede regresar a RER y nuevamente a NRUS.

    gracias por tu tiempo

    Henrry =)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 1:54 pm

      Ya no puedes hasta el proximo año – Enero.

  67. Diego dice

    6 de marzo de 2017 a las 3:50 am

    Hola Miguel , una consulta quisiera formalizar mi negocio de producción y comercialización de bombones de chocolates , estaba pensando en formar una eirl , y luego acogerme al nuevo rus crees que pueda ser factible o me recomiendas formar una eirl y paralelamente me cree un rus donde pueda pagar solamente mis 20 soles , antemano te felicito por la gran ayuda social que estás realizando .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de marzo de 2017 a las 8:18 am

      El problema del EIRl, es que no puede acogerse al Nuevo Rus, tendrías que crear tu empresa como persona natural.

  68. Elizabeth dice

    3 de marzo de 2017 a las 8:59 pm

    Hola Miguel, yo pertenezco a la categoría 1 , pero este mes de enero no he girado ninguna boleta por motivo de viaje, igual tengo que pagar? como haría?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2017 a las 11:23 am

      Si tienes que pagar 20 soles.

  69. Elizabeth dice

    2 de marzo de 2017 a las 10:12 am

    Excelentes comentarios como siempre Miguel, una consulta si en el mes de enero declare en régimen especial pero el proyectado de mis ventas no van a superar los 5000 puede acogerse al RUS DE 1ra

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de marzo de 2017 a las 12:29 pm

      Si ya te acogiste al RER ya no puedes cambiar al RUS, tendrías que esperar el próximo año.

  70. Dialá dice

    21 de febrero de 2017 a las 7:15 pm

    Hola, tuve ventas y compras encontrando en la categoría 1, ya venció el día de la declaración y no pague el impuesto, tengo multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de febrero de 2017 a las 12:33 am

      Si tienes multa, 20 soles.

  71. Jhon dice

    17 de febrero de 2017 a las 11:34 pm

    Buen aporte Miguel, pregunta: según el ejemplo que diste un señor tiene ingresos de S/. 11,000 y compras no tiene C/P.
    ¿de donde salió el IGV por pagar S/. 1,677?
    saludos!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2017 a las 11:19 pm

      Es el valor de las ventas, en el Nuevo Rus, el IGV esta incluido en el valor de las boletas de ventas.

  72. Sergio dice

    17 de febrero de 2017 a las 2:53 pm

    Miguel, buenas tardes. Muchas gracias por la información que es de gran ayuda. Una consulta, pertenezco al rus regimen 2 y mis movimientos nunca sobrepasan los S/8000 pero que pasa si un mes me paso a los S/9000?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 9:52 pm

      Tendrás que cambiar de régimen tributario.

  73. Efrain Flores dice

    16 de febrero de 2017 a las 5:19 pm

    Un favor solicito información tengo un capital de s/. 208,000.00 pero me dedico a la actividad de alquiler de maquinarias y el capital es justamente la maquinaria pesada estoy en régimen especial y quiero pasarme al rus categoría 2 pq mi movimiento solo llega de 6 a 8 mil soles al mes que debo hacer gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2017 a las 5:57 am

      Declarar el periodo Enero 2017, como RUS con tu formulario 1611.

  74. Diana dice

    15 de febrero de 2017 a las 4:48 pm

    Hola miguel muy bueno tu aporte pero mi duda es que ¿ si es obligatorio consiganar en el monto total ventas y compras en el nuevo formulario del rus ? Y si fuera el caso que solo he obtenido ingreso y no hubiera hecho nimguna compra durante el mes ? Como seria porfavor
    Agradezco tu ayuda

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2017 a las 7:51 pm

      Si tienes que colocar los ingresos y egresos. Si no tienes egresos colocas cero.

  75. Rosa dice

    15 de febrero de 2017 a las 2:25 pm

    Muchas Gracias por compartir la información tan necesaria y tus conocimientos adquiridos por tu experiencia profesional.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 9:27 pm

      Muchas gracias, buen día 🙂

  76. Steven dice

    15 de febrero de 2017 a las 11:27 am

    En caso del RUS solo coloco en la casilla de compras solo coloco el monto de facturas no de boletas. Gracias por la respuesta.
    Buen dia

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 1:51 pm

      Se coloca el total de adquisiciones (factura, boletas)

  77. Ana Lucia dice

    15 de febrero de 2017 a las 9:55 am

    Hola Miguel, gracias por tus alcances.
    Yo he declarado Ene 2017 el 08 de Feb con el formulario anterior, pues desconocía de este nuevo formulario, pero en el banco tampoco me dijeron nada, debo hacer algo al respecto?? modificar o dejarlo así?

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 1:57 pm

      Podrías presentar la rectificación mediante el Formulario Virtual 1611.

  78. Juan Carlos Pasache dice

    15 de febrero de 2017 a las 8:59 am

    Excelente aporte Miguel, gracias por compartir tus conocimientos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 2:02 pm

      Muchas gracias 🙂

  79. Isabel dice

    15 de febrero de 2017 a las 8:54 am

    un articulo muy interesante, Muchas gracias.

    Responder
  80. Eli dice

    15 de febrero de 2017 a las 8:29 am

    Gracias miguel por los alcances dios te bendiga.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 2:09 pm

      Muchas gracias por la información 🙂

  81. Leonardo dice

    13 de febrero de 2017 a las 8:53 am

    Miguel una consulta, para el nuevo rus, en el casillo del formulario para pagar, donde dice total conpras es conpras con igv o sin igv?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de febrero de 2017 a las 9:33 am

      Es considerando el IGV.

  82. Elmer dice

    8 de febrero de 2017 a las 4:48 pm

    Hola Miguel una consulta: ahora para el RUS se tiene que declarar en el formulario pago facil las compras.
    Mi consulta es, en mis compras sumo solo facturas o tambien las boletas que me emiten mis proveedores en la parada debido a que ellos tambien se encuentran en el RUS. Es un restaurante.
    Muchas gracias por tu respuesta.
    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de febrero de 2017 a las 12:24 am

      Tienes que sumar todas tus adquisiciones.

    • Steve Checalla dice

      24 de mayo de 2017 a las 9:47 am

      y que sucede con la compra de activos fijos como inmuebles o vehículos? también cuentan?

    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 1:52 am

      No están incluidos para el limite.

  83. Laura dice

    8 de febrero de 2017 a las 1:41 am

    Hola Miguel, te comento mi tío tiene un restaurante con una realidad muy parecida a la delista ejemplo pero en su caso su local no está ubicado en el mercado sino en otro lugar donde no hay mucha competencia, el quiere abrir a lado otro con el ruc de uno de sus hermanos para seguir estando en el rus, pero quería compartir la cocina , es eso posible? Agradeceré mucho tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 11:04 am

      No se puede, porque compartirían activos.

  84. Yesenia dice

    26 de enero de 2017 a las 7:34 pm

    Miguel, Consulta: ¿Cuál es el asiento de apertura de una persona natural con negocio en el RMT (osea diario simp)? (antes era RER desde 05/2016) como se sustentaria?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 4:48 pm

      Tendrías que hacer un corte al 31 de diciembre de tus saldos, y partir con ello en el libro diario simplificado. Tu problema pasa porque no has llevado contabilidad, solo has llenado comprobantes de pago.

  85. Martin dice

    26 de enero de 2017 a las 11:07 am

    Buenos días Miguel una persona natural con negocio que se acogió al Régimen Mype Tributario, que libros esta obligados a llevar y cuales seria su asiento de apertura.
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 7:58 pm

      Los libros depende de los ingresos, hasta 300 UIT solo compras, ventas y libro diario simplificado. El asiento de apertura, es los saldos al 31/12, se entiende que has llevado contabilidad, y no solo llenar comprobantes.

  86. Norma Candia dice

    18 de enero de 2017 a las 9:43 pm

    Hola Miguel, de acuerdo a la norma los contribuyentes que superen los 96,000 en ingresos netos anuales deberan acogerse a otros regimenes, el ejercicio 2016 obtuvo ingresos mayores a 96,000 a pesar de esto podria continuar en el NRUS?. siguiendo su consejo de la casuistica he desdoblado mi negocio, aun asi debo seguir en el NRUS o en el especial?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de enero de 2017 a las 5:39 am

      Si es correcto.

  87. Edith dice

    16 de enero de 2017 a las 3:49 pm

    Hola Miguel, te sigo siempre grandes aportes. 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de enero de 2017 a las 3:47 am

      Muchas gracias 🙂

  88. Fuce dice

    13 de enero de 2017 a las 11:32 pm

    Gracias por la información, Saludos Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 10:23 pm

      Super, que tengas un buen día 🙂

  89. Nelver Velásquez Aranda dice

    12 de enero de 2017 a las 12:48 pm

    Gracias por la información compartida

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de enero de 2017 a las 12:29 am

      Gracias 🙂

    • Erika dice

      13 de enero de 2017 a las 11:27 am

      Gracias Miguel por la información Proporcionada es de gran ayuda para nosotros
      nos ayuda a crecer profesionalmente. Bendiciones.

    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 10:07 pm

      Gracias por el comentario 🙂

  90. Henrry Trinidad dice

    12 de enero de 2017 a las 12:43 pm

    Buen artículo Miguel, felicitaciones y gracias por el aporte, un fuerte abrazo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de enero de 2017 a las 12:31 am

      Muchas gracias 🙂

  91. Jose Miguel dice

    11 de enero de 2017 a las 11:55 am

    Muy buena la información, aceptable, gracias miguel, un fuerte abrazo a las distancia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de enero de 2017 a las 10:52 am

      Gracias, buen dia 🙂

  92. Cinthya dice

    11 de enero de 2017 a las 11:38 am

    Tengo una consulta, espero me puedan ayudar tengo una cliente que trabaja como mayorista vendiendo platanos, me comenta que anteriormente se encontraba en el RUS pero que por motivos que le realizan facturas de compras tenia miedo que la sunat le reivse y se paso al regimen especial, ya cuenta con sus facturas estan sin igv puesto que la apendice I lo indica como se declara esas facturas sin IGV.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de enero de 2017 a las 10:54 am

      Es correcto, la venta de plátanos esta exonerado de IGV.

  93. Juan Manuel dice

    11 de enero de 2017 a las 10:31 am

    Saludos cordiales Miguel.
    1. Felizmente el combinado no incluyó gaseosa. Hubiera sido fatal.
    2. El contrato de la mitad del puesto,¿debe ser formal?
    3. Aún cuando los ingresos de las EIRL no superen los 5,000 u 8,000 mensuales, ¿deberán pasar a otro régimen tributario?
    4. Aceptará tener competencia dentro de su mismo local el dueño del puesto?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de enero de 2017 a las 10:55 am

      El contrato debería ser legalizado, para que le permita obtener su RUC y la dirección como domicilio fiscal. El EIRL, si o si tiene que pasar a otro regimen asé venda 10 soles mensuales.

  94. Fernando Tito Fachin Reátegui dice

    10 de enero de 2017 a las 6:01 pm

    Exelente tus opiniones y comentarios Sr. Miguel eso nos ayuda a estar informados día a día sobre los cambios ya sea en materia tributaria y contable me encantaría asistir a sus talleres pero me es imposible por ahora puesto a que estoy en la fase final para obtener el titulo de contador, un saludo a la distancia. Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 9:17 pm

      Gracias, éxitos en la carrera.

  95. Josmel Madrid dice

    10 de enero de 2017 a las 7:24 am

    Elusión tributaria a la vista 😎

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 2:13 pm

      Muchas gracias por el comentario, buen día.

  96. Carlos Miguel Cordova Martinez dice

    9 de enero de 2017 a las 8:35 pm

    Miguel excelente tus opiniones sigue asi para este 2017 una sugerencia en tu revista MISHA favor de publicar el TIPO DE CAMBIO DEL MES muchas gracias que sigan tus exitos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 2:05 pm

      Muchas gracias lo vamos a tener en cuenta 🙂

  97. Ruth Domitila dice

    9 de enero de 2017 a las 7:49 pm

    Buenas tarde muy interesante el tema como me gustaría seguir el curso de los libros electrónicos lamentablemente soy de provincia algún día tendré el gusto de conocerte el aporte que nos brindas es para actualizarnos en el sistema tributario y me sirve mucho.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 7:58 pm

      Gracias, que tengas una super semana 🙂

  98. Monica dice

    9 de enero de 2017 a las 7:35 pm

    Gracias miguel !!! muy bueno !!! bendiciones !

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 7:57 pm

      Gracias, buen día.

  99. Yesenia dice

    9 de enero de 2017 a las 6:43 pm

    A Verona no le gusta tu publicación, aunque era de esperarse, economía de opción o elusión.
    Siempre traes buenas publicaciones pero no pensé encontrar este consejo aquí, igual muchos ya lo sabían.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 7:16 pm

      Gracias, solo trato de ayudar a las personas que me piden un consejo, y más cuando se trata de actividades que recuerdan mi infancia.

  100. Trinidad dice

    9 de enero de 2017 a las 6:17 pm

    Muy bueno Miguel!!!, gracias por tus aportes, buenísimos como siempre.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 7:21 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  101. Mateo Angeles dice

    9 de enero de 2017 a las 5:19 pm

    Muy interesante… Miguel muchas gracias por la informacion.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 7:22 pm

      Gracias, buen día 🙂

  102. Edwin Jesus dice

    9 de enero de 2017 a las 4:56 pm

    Me gustaría mas entender sobre el mype tributario si fuera tan amable de explicarlo un poco detallado por favor?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 7:24 pm

      Tratare de escribir un artículo sobre el tema en esta semana 🙂

  103. Jose Ysla dice

    9 de enero de 2017 a las 4:49 pm

    Se entiende al 100%, ahora ya lo tengo mas claro y con tus ejemplos.
    Gracias.
    Bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 7:24 pm

      Super amigo, que tengas un buen inicio de semana 🙂

  104. Cinthya dice

    9 de enero de 2017 a las 4:40 pm

    Una pregunta las personas que tienen negocio de frutas mayoristas) están sujetos a aplicar el IGV por ejemplo si vendo cajones de plátanos estaria sujeto a aplicar el igv si o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 7:27 pm

      Se encuentra exonerado del IGV (Apéndice I de la Ley de IGV).

  105. Miguel Torres dice

    9 de enero de 2017 a las 4:20 pm

    Si puede pero tiene que ser distintas actividades. Lo mejor sería que un amigo o un familiar emita los recibos por honorario.

    Responder
  106. Rocio dice

    9 de enero de 2017 a las 4:17 pm

    Una empresa régimen general que no supera las 150 UIT puede acogerse al nuevo régimen Mype Tributario y seria en la declaración mensual de diciembre en el pdt.
    Gracias Miguel por tu ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:28 pm

      Hay que esperar las excepciones de las actividades que no podrán acogerse al RMT, por ejemplo: los casinos, el sector pesquero, falta reglamentar ese punto.

  107. Juan Carlos dice

    9 de enero de 2017 a las 3:16 pm

    Gracias Miguel Por la Actualización.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:12 pm

      Gracias, buen día.

  108. Dilmer Sanchez Pezo dice

    9 de enero de 2017 a las 2:57 pm

    Buenos días sr. miguel yo tengo una persona natural lo cual este el mes de diciembre voy a declarar 400, pero este mes va bajar mi venta lo cual voy estar en la segunda categoría lo cual voy a pagar 50.00 seguiré en en el nuevo rus??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:13 pm

      Es correcto, si deseas mantenerte en el Nuevo Rus tienes respetar los nuevos limites.

    • werner dice

      9 de enero de 2017 a las 6:50 pm

      buenas tardes, estando en en rus si en el periodo de diciembre 2016 ya declaro y pago su cuota en la 4ta categoria, necesariamente deberia declarar en un regimen distinto a enero 2017, asi bajen sus ventas, por favor podria aclarar el tema, gracias

    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 7:21 pm

      Es correcto, si lees la única disposición complementaria transitoria D.L 1270, menciona que los contribuyente de categorías 3, 4 y 5 del Nuevo Rus pueden acogerse al nuevo Rus en el Periodo Enero 2017 con el pago de la cuota (significa que solo podrías estar dentro de las 2 categorías).

  109. Victor Hugo Garcia Cevallos dice

    9 de enero de 2017 a las 2:20 pm

    Gracias Miguel por compartir tu comentario, una apreciación sagaz para salir del paso a la Sunat. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:11 pm

      Muchas gracias 🙂

  110. Ricardo dice

    9 de enero de 2017 a las 2:18 pm

    Estimado Miguel, en el tema del caso practico el contribuyente le alquila a su sobrina parte del local para que venda de manera alterna, esta operacion genera para el conribuyente renta de primera categoria, y en uno de las restricciones para pertenecer al rus es que solo obtenga renta de tercera categoria. Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:24 pm

      Te paso el link de los sujetos comprendidos y las restricciones –> ver link de la Sunat

  111. Rosy dice

    9 de enero de 2017 a las 2:11 pm

    Miguel eres increíble!!! muchas gracias por todas las actualizaciones y los ejemplos muy bien detallados 🙂 .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:07 pm

      Gracias, que tengas un super inicio de semana.

  112. Rosa dice

    9 de enero de 2017 a las 1:06 pm

    Cuantos cambios tributarios Miguel para este año 2017 gracias por el articulo es muy importante.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:06 pm

      Gracias, buen día.

  113. Yensi dice

    9 de enero de 2017 a las 12:58 pm

    Gracias Miguel por la información éxitos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:06 pm

      Gracias 🙂

  114. Miguel Montalban dice

    9 de enero de 2017 a las 12:55 pm

    Excelente explicación Tocayo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:06 pm

      Muchas gracias 🙂

    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 1:40 pm

      Muchas gracias, que tengas una super semana 🙂

  115. Andrei Mer dice

    9 de enero de 2017 a las 11:40 am

    Buen día Miguel, con respecto al punto donde indicas que si uno quisiera comprar en el terminal pesquero o en la parada, a personas q no emiten comprobante de pago… se le podría emitir una liquidación de compra, y asi tranquilamente deducir costo gasto o derecho al uso del crédito fiscal del igv, pues la sunat te podría apelar de acuerdo al Art. 12.2 del mismo DL 1270

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:05 pm

      Pero en una liquidación de compra tu asumes el pago de IGV.

    • Andrei Mer dice

      9 de enero de 2017 a las 4:12 pm

      Bueno si, el mismo que puedes deducir en tu declaración caso parecido al igv no domiciliados, el hecho creo que es… utilizar los medios y maneras correctas de acuerdo a la normativa, y así evitar problemas con la sunat.

    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:30 pm

      Es correcto, la misma figura del IGV no Domiciliado.

  116. Alonso dice

    9 de enero de 2017 a las 11:27 am

    Obtener otro ruc (regimen rus) con ayuda de un familiar para dividir ingresos y seguir permaneciendo en el rus esta permitido? Estaríamos cometiendo algún acto evasor ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:02 pm

      No, porque en un mercado mi tío puede tener un puesto, mi mama puede tener su puesto, ambos pueden tener negocio parecidos. En un mercado es común encontrar varios negocios con el mismo giro, por ejemplo: frutas, verduras, restaurantes, etc. La norma indica si usan los mismo activos la Sunat podría presumir lo que mencionas.

  117. Thalyna16 dice

    9 de enero de 2017 a las 11:27 am

    Hola Miguel, hice la consulta de mi EIRL (pagué diciembre categoría 1) y me indicaron que podía volver a NRUS al declarar enero 2017 (me cambiaron automático a Régimen Pyme el 01/01/2017). No me indicaron ningún problema por ser EIRL, es más las consultas la hice con el RUC.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 3:59 pm

      La base legal es la única disposición complementaria del Decreto Legislativo 1270, deroga el inciso que permitía a las EIRL poder afiliarse como Nuevo RUS, te recomiendo compararlo con el artículo 21 de la Ley 30056.

  118. Heidy Magdalena Vara Centeno dice

    9 de enero de 2017 a las 11:14 am

    El regimen MYPE tributario es solo para las nuevas empresas o creadas hace poco tiempo y con un monto de capital pequeño, para los jóvenes que desean crear micro empresas que empiezan de cero.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 3:55 pm

      Es correcto, el ahorro esta en ya no pagar una tasa de 29.5%, si no más bien una tasa del 10%.

  119. Miguel R. dice

    9 de enero de 2017 a las 11:06 am

    Comparto tu apreciación respecto a los “EXPERTOS TRIBUTARISTAS DE SUNAT estimado Miguel; sin embargo, respecto al caso planteado, temo decir que la solución no es tan sencilla como se menciona ya que, la SUNAT puede apelar al Art. 12.2 del mismo DL 1270, que la faculta a desconocer el mecanismo sugerido, por ser: “un mismo activo afectado a la actividad de una misma unidad de explotación”

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 3:47 pm

      Para ello se tiene que sustentar que son dos negocios totalmente diferentes, para evitar suspicacia podría ser un tercero el que simule el segundo negocio.

  120. Manuel dice

    9 de enero de 2017 a las 11:02 am

    Estimado Miguel, buen día; mi consulta por las personas que realizan compra y venta de moneda extranjera (casa de cambios) y que en el 2016 se encontraban el régimen RUS -categorías 2,3,4 y de acuerdo a sus utilidades tributaban; ¿Cómo podrán hacer ahora ellos en el 2017 ya que si emiten fact/bol, lo harán por todo el capital y sus ganancias lo calculan en líneas o puntos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:21 pm

      Si emiten factura, es recomendable pasarse al Régimen Mype Tributario.

  121. Miguel Ángel Moreno Barreto dice

    9 de enero de 2017 a las 10:50 am

    Muy buen comentario Miguel. Es posible puedas realizar un alcance sobre el Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias.

    Saludos,
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:18 pm

      Lo desarrollo en el curso de reforma tributaria 2017.

  122. Isabel dice

    9 de enero de 2017 a las 10:39 am

    Un Articulo super interesante. Muchas Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:19 pm

      Gracias, buen día.

  123. Omar Jovany Panta Chero dice

    9 de enero de 2017 a las 10:39 am

    Excelente Miguel… Muy bueno.. Un abrazo…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2017 a las 4:19 pm

      Gracias 🙂

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