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Nuevo sistema de comunicación por vía electrónica a fin de que la SUNAT notifique los embargos

Publicado por Miguel Torres el 31 de mayo de 2013 Deja un comentario

Aprueban normas para la implementación del nuevo sistema de comunicación por vía electrónica a fin de que la SUNAT notifique los embargos en forma de retención y actos vinculados a las empresas del Sistema Financiero Nacional.

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 174-2013/SUNAT, publicada el 30.05.2013, se regula  el Nuevo Sistema de Embargo por Medios Telemáticos (SEMT) que utilizarán la SUNAT y las Empresas del Sistema Financiero al amparo del Decreto Legislativo Nº 932.

El Nuevo SEMT está compuesto por el Módulo de Notificación Electrónica desarrollado para notificar las Resoluciones Coactivas y por el Módulo de Comunicación del importe retenido o de la imposibilidad de retener, el cual es un aplicativo disponible en SUNAT Operaciones en Línea que permite a las Empresas del Sistema Financiero comunicar a la SUNAT el o los montos retenidos al deudor tributario en cobranza coactiva o la imposibilidad de efectuar la retención, así como otras comunicaciones que disponga la SUNAT.

La incorporación de las Empresas del Sistema Financiero al Nuevo SEMT se efectuará mediante Resolución de Superintendencia y será gradual.

Para la implementación gradual del Nuevo SEMT, se incorpora al Nuevo SEMT al Banco Continental, Banco de Crédito del Perú, Banco de la Nación, Banco Internacional del Perú – Interbank y Scotiabank Perú, las cuales implementarán el Nuevo SEMT a partir del 1º de agosto de 2013.

Resolución N° 174-2013/SUNAT

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