• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Tributario » Pago de Dividendos [Caso Practico Real]

Pago de Dividendos [Caso Practico Real]

Publicado por Miguel Torres el 26 de marzo de 2019 105 comentarios

  • Compartir en Twitter Compartir en Twitter
  • Compartir en Facebook Compartir en Facebook

Miguel, soy accionista de una empresa ¿Cómo puedo solicitar el pago de dividendos o un adelanto de pago de dividendos? … necesito para comprarme una casa de playa.

Orale … pues fíjate que yo acabo de realizar dicha transacción hace poco, así que te lo voy a contar mi experiencia.

Miguel ¿Qué son los Dividendos?

En primer lugar, definamos que significa la palabra dividendo, para ello tomare lo mencionado en la web definición.de:

El dividendo es la retribución a la inversión que una sociedad otorga a sus accionistas según la cantidad de acciones de cada uno. El dividendo se paga con recursos que se originan en las utilidades de la empresa durante un cierto periodo y puede pagarse tanto en dinero como en más acciones.

Por lo tanto, los dividendos se pagarán dependiendo la utilidad que haya obtenido una empresa.

Miguel ¿Dónde veo la utilidad obtenida de mi empresa?

En tu declaración Jurada Anual, observaras dos casillas:

  • Utilidades Acumuladas
  • Utilidad del Ejercicio

Retención de Pago de Dividendos

Esta es la parte fea del pago de dividendos.

Miguel ¿Por qué dices eso?

Porque la empresa te va a retener un porcentaje del pago de dividendos para entregarle al fisco.

Revisemos el artículo 73-A del Impuesto a la Renta:

Las personas jurídicas comprendidas en el artículo 14° que acuerden la distribución de dividendos o cualquier otra forma de distribución de utilidades, retendrán de las mismas el Impuesto a la Renta correspondiente, excepto cuando la distribución se efectúe a favor de personas jurídicas domiciliadas.

La retención se efectuará cuando se realice el acuerdo de pago (libro de actas).

Miguel ¿Cuánto me va a retener por el pago de dividendos?

Depende, del ejercicio que vas a pagar dividendos.

Por ejemplo:

  • Ejercicios anteriores 2014: 4.1%
  • Ejercicios 2015 – 2016: 6.8%
  • Ejercicios 2017 en adelante: 5%

Por lo tanto, es importante que en el acuerdo de pago de dividendos o adelanto de pago de dividendos se detalle de que ejercicios se están pagando.

Miguel, no entiendo muy bien como se realizará la retención de dividendos ¿Quién debe pagar ese monto retenido?

Veamos un caso práctico real … para que hagas una idea.

Caso Practico Pago de Dividendos

Miguel Torres, accionista de la empresa Noticiero del Contador SAC, solicita el pago de sus dividendos de las utilidades obtenidas por la empresa en el ejercicio 2018.

En junta de accionista, se acuerda otorgar el monto S/ 36, 842 como concepto de pago de dividendos obtenidos en el ejercicio 2018.

La empresa procede a realizar la retención del 5% del monto acordado a pagar (36,842 x 5% = 1,842)

Por lo tanto, Miguel recibirá por pago de dividendos S/ 35,000 soles.

Pago de Dividendos Miguel Torres

Miguel ¿Cómo se realiza el pago del tributo retenido?

Se realiza mediante el PDT 617 – Otras Retenciones.

Pago de Dividendos-PDT 617

Para ello, realizamos el llenado de la declaración colocando los montos antes mencionados y procedemos a presentar y pagar.

Pago del tributo de retencion de dividendos

Finalmente, para realizar el pago del tributo lo puedes realizar con el formulario guía pagos varios.

Para ello colocaras el periodo tributario (cuando se efectúa la retención) y el código de tributo: 3036.

Conclusión

  1. El pago de dividendos a los accionistas de una empresa esta sujeta a la retención, el porcentaje dependerá del ejercicio que se paguen los dividendos.

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: Pago de Dividendos

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

105 comentarios

  1. Celeste dice

    28 de marzo de 2025 a las 3:25 pm

    Hola Miguel,

    El titular gerente de la EIRL (único socio), R. Mype tributario. En el libro de actas puede acordar el retiro del 100% de los dividendos, ejemplo.
    101,000 (100% utilidad) x 5% = 5,050.00 impuesto
    Gracias

    Responder
  2. Maria dice

    14 de marzo de 2025 a las 3:00 pm

    Buenas tardes Miguel, Un accionista tuvo prestamo de la empresa en 2020 y ahora decidieron realizar distribución de dividendos acumulados desde 2019 al 2023, y ahora voy a hacer la retencion del 5% del total, pero solo le voy a abonar la diferencia descontando el prestamo, es valido??

    Responder
  3. Cristóbal dice

    31 de marzo de 2023 a las 12:39 pm

    Sr Torres,
    si se ha acordado en Junta General de accionistas repartir dividendos en 3 meses, y un accionista solicita al Financiero el adelanto del primer reparto , en 40 dias, ¿quién tiene que aprobar esa petición, el Gerente o el Directorio?, ¿está obligada la empresa a adelantar ese primer pago, según la petición de adelanto ?

    Muchas gracias

    Responder
  4. Merly dice

    23 de diciembre de 2022 a las 11:41 am

    En caso no se quiera realizar como una presunción de dividendos, sino un préstamo como tal. De la empresa al gerente general, ¿Se fijaría un % de interés y un contrato en base a qué, hay alguna norma que te indique?

    Responder
  5. Veronika dice

    9 de noviembre de 2022 a las 11:32 am

    Mi empresa era EIRL se cambio a sac, las utilidades acumuladas sigue acumulando , eirl se paga dividendo ? ahora si es sac se tendra pagar toda la utilidad acumulada ? los dividendos ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de noviembre de 2022 a las 3:03 pm

      Si paga dividendos y los socios deciden que % reparten de las utilidades acumuladas. 

  6. Graciela dice

    3 de octubre de 2021 a las 7:15 pm

    Gracias Miguel , tengo una duda, puedo provisionar los dividendos a distribuir , por ejemplo dividendos del año 2018 (contablemente) sin pagarlos y cuando la empresa decida pagar , en el año 2021 aplico las provisiones realizadas por cada año ?

    * Es necesario provisionar los dividentos? o se hace solo en el momento del pago ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 1:25 am

      Se realiza en el momento del acuerdo de los accionista.

  7. Marlon dice

    26 de septiembre de 2021 a las 9:42 pm

    Gracias Miguel por tu aporte, quisiera preguntrar si se puede pagar los dividendos en cuotas, esto para no afectar la liquidez de la empresa. Asi mismo, si los socios también son trabajadores, les corresponde repartición de utilidades como trabajadores. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de septiembre de 2021 a las 3:21 pm

      Son afirmativas todas tus consultas.

  8. Carlos dice

    8 de julio de 2021 a las 5:32 pm

    Si tengo dividendos por distribuir del periodo 2016 al 2020 puedo optar por distribuir los dividendos del periodo 2017 y pagar la retención del 5% y dejar constancia en acta que el periodo 2016 será capitalizado en el periodo 2022? tendría alguna observación por parte SUNAT, existe algún orden de prelación sobre todo cuando hay diferencia de tasas entre los periodos a distribuir.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2021 a las 1:26 am

      Si es valido, tu decides que ejercicio repartes o capitalizas.

  9. Hans dice

    24 de junio de 2021 a las 10:04 am

    Buen día Miguel, tendrás algún modelo de certificado de atribución de dividendos ?, gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de julio de 2021 a las 2:48 pm

      No tengo ese modelo.

  10. Claudia dice

    27 de mayo de 2021 a las 4:41 pm

    El acuerdo se debe legalizar? o basta con que figuren las firmas de ambos socios en el acuerdo de retiro de utilidades del libro de actas?, gracias por tus aportes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2021 a las 11:39 am

      Solo basta el acuerdo en libros de actas.

    • Fresia dice

      4 de junio de 2021 a las 1:27 pm

      Para el caso de una EIRL es necesario algún documento administrativo (ejemplo el acta) para realizar pago por dividendos? o solo basta la transferencia y la retencion del impuesto?

    • Miguel Torres dice

      4 de junio de 2021 a las 10:29 pm

      Debe haber un libro de actas, donde se formalice el acuerdo.

  11. Nelo dice

    23 de mayo de 2021 a las 6:19 am

    Hola Miguel,

    He recibido dividendos de una SRL, a ellos se le han aplicado la correspondiente retención (5%).

    Ahora quisiera tener un documento (declaración jurada u otro) para poder demostrar en un futuro que he pagado impuestos y que todo se hizo legalmente, como podria hacer y qué documento sería el más idóneo?

    Muchas Gracias 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de mayo de 2021 a las 2:30 am

      Pide a la empresa una copia de declaración del PDT 617.

  12. Beatriz dice

    18 de mayo de 2021 a las 9:57 am

    Hola Miguel, excelente desarrollo. Mi consulta es si del 2014 al 2018 se tuvo utilidades y del 2019 y 2020 perdida, a la fecha no se pago dividendos. Ahora si lo vamos a hacer, implica la perdidas a los resultados acumulados o cada periodo es independiente. Dado que contablemente lo tenemos en ganancias acumuladas y perdidas acumuladas. Agradezco tu atención.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2021 a las 10:54 am

      Es por cada periodo independiente.

  13. Paola Leon Cipriano dice

    9 de abril de 2021 a las 12:12 am

    Hola Miguel buenas noches, tengo una consulta, en el caso de las empresas sucursales en PERU, cuando existe la obligacion en pagar las utilidades a la matriz (empresa extranjera) hay alguna ley? o es mutuo acuerdo con la matriz en distribuir las utilidades

    Responder
  14. Lenita dice

    30 de diciembre de 2020 a las 12:30 pm

    Gracias Miguel

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de marzo de 2021 a las 11:34 am

      Muchas gracias 🙂

  15. Roberto Rosas Arce dice

    4 de noviembre de 2020 a las 10:06 pm

    Si se paga un porcentaje del dividendo correspondiente al 2018 en Junio del 2019 y lo restante se pagará en el 2021, sobre que monto se saca el 5%?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de noviembre de 2020 a las 10:17 pm

      Sobre el monto acordado a repartir.

  16. Gloria dice

    2 de noviembre de 2020 a las 11:20 am

    Consulta:

    Entiendo que el único impuesto a aplicar es el 5% sobre el monto a distribuir a partir del periodo 2017 en adelante. Respecto al plazo, existe un tiempo para la distribución a los accionistas o puede ser en cualquier momento?, independiente del año de origen de los resultados

    Por favor su respuesta. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de noviembre de 2020 a las 1:23 am

      Puede ser en cualquier momento.

  17. Pamela Lopez dice

    2 de noviembre de 2020 a las 10:00 am

    Buenos días, se puede repartir dividendos solo a un accionista?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de noviembre de 2020 a las 1:23 am

      Es correcto.

  18. Milagros Pacheres dice

    26 de octubre de 2020 a las 5:58 pm

    Hola Miguel, tengo una consulta, en una mype, se va pagar dividendos.
    hay acumulado desde al año 2014. 2015,2016, en el 2017, hubo perdida, y el 2018 tb hay acumulado y en el 2019.

    Cual es el porcentaje de pago de dividendos???, es año x año, y de eso de paga el impuesto??.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2020 a las 8:36 am

      Es por cada año, del año que repartes dividendo, le aplicas la tasa.

  19. Maria Luisa Silva dice

    25 de octubre de 2020 a las 12:16 am

    Una empresa No domiciliada , paga dividendos a sus socios conformado por unaPersona Juridica domicilaada y 02 personas naturales,
    cual es tratamiento contable y tributario,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2020 a las 8:53 am

      Es una pregunta para un articulo, lo tendré en cuenta.

  20. Evelyn dice

    17 de julio de 2020 a las 5:38 pm

    Miguel una consulta, se acordo pago de anticipo de dividendos en diciembre 2019 y se pago retencion con ese periodo, pero luego no se llego a concretar el pago hasta la fecha, hay algun problema? con la situacion actual ese pago ya no se hara hasta el proximo año, no hay problema queda el pago de la retencion? o tengo que rectificar pdt 617 y pedir devolucion?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2020 a las 9:37 pm

      Esta bien, declaras la retención y el pago esta pendiente.

  21. Lizbeth Quispe dice

    30 de marzo de 2020 a las 5:38 pm

    Buenas tades, buen aporte. Una consulta respecto a la repartición de dividendo para las empresas involucradas en un consorcio es igual el procedimiento?.. gracias..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2020 a las 8:44 am

      Es muy parecido.

  22. Judith Rivera dice

    13 de marzo de 2020 a las 11:20 am

    Una consulta la repartición de los dividendos se puede hacer en cualquier mes necesariamente en marzo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de marzo de 2020 a las 7:49 pm

      En cualquier mes, siempre que haya utilidades pendiente de pago.

  23. Armando dice

    19 de febrero de 2020 a las 7:03 am

    Muy acertado
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2020 a las 9:20 am

      Gracias, bendiciones.

  24. Eder dice

    21 de enero de 2020 a las 11:33 am

    Hola miguel, deseo saber si la retención del 5% se puede pagar días posteriores o hay multa ??. como por ejemplo cuando pagas la onp obligatoriamente se tiene que pagar por el tributo retenido??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de enero de 2020 a las 12:12 pm

      La retención se paga al momento del acuerdo de pago de dividendo, por lo tanto si no lo haces a esa fecha tienes multa.

  25. Damaris dice

    18 de enero de 2020 a las 10:25 am

    Miguel que pasa si no informo en el pdt 617 rl monto de dividendos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de enero de 2020 a las 10:49 am

      Significa que no estas pagando la retención.

  26. Violeta dice

    25 de diciembre de 2019 a las 10:24 pm

    Hola Miguel, en el caso de que se haya declarado una retencion de dividendos en el PDT 617 que no le correspondia a una empresa. Como realizo la rectificatoria?. Espero tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2019 a las 8:01 am

      Realiza la misma declaración con importe cero o mínimo que te permita presentar nuevamente la declaración.

  27. Thais dice

    19 de diciembre de 2019 a las 7:02 pm

    Buenas tardes Miguel Torres!
    ¿En el caso de distribución de dividendos de varios periodos(2006 al 2018), la declaracion del pdt 617 deberá ser por cada periodo a distribuir o sólo una declaración por todos los años a distribuir ??
    Caso: Tengo 4 socios ( 3 PN Y 1 PJ)
    Espero tu respuesta, Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2019 a las 12:54 pm

      Tendría que diferente PDT 617, dado que la tasa de retención cambiaría.

  28. Renz dice

    17 de diciembre de 2019 a las 10:12 pm

    En el caso de una persona natural con negocio, existe alguna retención/impuesto necesario emplear las utilidades?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2019 a las 1:39 pm

      El mismo 5%.

  29. Liliana dice

    5 de noviembre de 2019 a las 5:07 pm

    Hola Miguel tengo un consorcio conformado por dos empresas domiciliadas una de ellas es Sucursal en Perú, le corresponde pagar impuesto de dividendos?

    Responder
  30. Cindy dice

    4 de noviembre de 2019 a las 5:19 pm

    Buenas tardes Miguel una pregunta y como registró la salida de dinero del banco contra que cuenta por favor me podrias ayudar, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2019 a las 8:57 pm

      Contra la 59.

  31. William dice

    15 de septiembre de 2019 a las 10:41 am

    Buenos días, soy socio de una, sac y voy a recibir el pago de dividendos por acciones que asciende a 90 000 por el periodo 2018. La empresa ya hizo la retención del 5%. Es correcto si me paga lo que me corresponde en efectivo o tiene que ser bancarizado?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2019 a las 5:46 am

      Es recomendable, que sea bancarizado.

  32. Felix Canales dice

    14 de septiembre de 2019 a las 3:33 pm

    Las micro empresas con 2 socios SAC, que estan en Regimen Mype Tributario también estan obligados a realizar junta general de accionistas en Marzo de cada año y ahí decidir el reparto de dividendos? Se puede decidir pagar dividendos cualquier mes del año?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2019 a las 5:49 am

      No necesariamente, pueden capitalizar la utilidad.

  33. Oscar dice

    9 de septiembre de 2019 a las 1:05 pm

    Miguel los retiros efectuados a cuenta de utilidades tienen que estar bancarizados gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de septiembre de 2019 a las 6:51 pm

      Si supera los límites de bancarización.

  34. Naty dice

    2 de septiembre de 2019 a las 12:04 pm

    Miguel, una Persona Natura que da servicios educativos microempresa y tiene 5 trabajadores, está obligado a pagar retención por dividendos?

    Muchas Gracias

    Responder
  35. Liliana dice

    31 de agosto de 2019 a las 2:46 pm

    Se paga multa por no pagar la retención en el mes que salió el dinero?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2019 a las 12:08 am

      Es correcto.

  36. Marianella dice

    21 de agosto de 2019 a las 7:10 am

    Buenos días miguel un accionista q recibe dividendos también paga renta de quinta ?
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de agosto de 2019 a las 7:51 am

      Es renta de segunda categoría.

  37. Cesar dice

    19 de agosto de 2019 a las 9:40 pm

    Hola Migue, que es lo que se reparte primero Los dividendos o la Participación de lo Trabajadores?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de agosto de 2019 a las 9:04 am

      Siempre que la empresa esté obligada las utilidades para los trabajadores.

  38. Blanca Estrella Muñoz dice

    19 de agosto de 2019 a las 7:38 pm

    Hola Miguel:
    Una persona natural con negocio, ejerce el servicio de asesoría en ventas y emite factura, presenta el formulario 708 al cierre de año.¿ está obligado a pagar impuesto a los dividendos? me parece absurdo pero agradeceré tus comentarios. gracias
    BLANCA E.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2019 a las 8:39 pm

      No esta obligada mientras no se distribuye la utilidad. Existe otras formas de retirar el dinero con un menor pago de impuesto.

  39. Frank dice

    10 de agosto de 2019 a las 12:09 pm

    Los dividendos se pueden repartir en bienes como terrenos o maquinarias?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de agosto de 2019 a las 5:04 am

      Si es correcto.

  40. Biviana dice

    12 de julio de 2019 a las 12:37 pm

    Buenas tardes en caso que se capitalize

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2019 a las 2:02 am

      Es ese caso no hay pago de renta.

  41. Julio dice

    9 de julio de 2019 a las 7:28 pm

    Pagan dividendos las empresas unipersonales que están en renta de tercera categoría

    Responder
  42. Kendy dice

    18 de junio de 2019 a las 12:26 pm

    Buenos días Miguel, tengo dividendos por pagar de periodos 2013 al 2018, mi consulta es debo aplicar la tasa de dividendos del año en que se dio la utilidad o se aplica la ultima. Es decir para el año 2013, 2014 es 4.1% y para lo actual 5%, o por pagarlo en el periodo 2019 se aplica el 5% a todo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de junio de 2019 a las 5:44 pm

      Aplicas por cada año la tasa correspondiente.

  43. Miguel dice

    14 de junio de 2019 a las 1:18 am

    Hola Miguel,

    Si recibo dividendos de una S.A.A. que cotiza en la bolsa de Lima y CAVALI me ha hecho la retencion, ¿debo hacer mi declaración mensual por lo obtenido aun cuando CAVALI ya pagó el impuesto?
    Si es así, ¿debo declararlo según el vencimiento del mes en el que se cumplió la fecha de registro o la fecha de entrega?

    Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2019 a las 3:56 am

      Ya no lo haces.

  44. Yakeline Limay dice

    23 de mayo de 2019 a las 4:46 pm

    Como siempre, excelentes aportes, siempre sigo el blog. Felicidades

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de mayo de 2019 a las 9:53 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  45. Mayra dice

    22 de mayo de 2019 a las 2:09 pm

    Hola Miguel; Puedes indicarme como seria el asiento contable por adelanto de dividendo?

    Responder
  46. Ela dice

    22 de mayo de 2019 a las 9:48 am

    Hola Miguel. En caso de una EIRL que pasos se debe seguir ya que solo es un solo socio. Tendría que hacer libro de actas o cómo debo hacer.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2019 a las 9:52 pm

      Es el mismo procedimiento.

  47. Mercedes dice

    21 de mayo de 2019 a las 11:54 am

    Hola Miguel, una consulta si una empresa recibe dividendos adelantados de otra empresa (domiciiadas ambas) sabemos que no tributa IR.
    la conuslta es ese dividendo (que es ingreso no gravado) se declara en el PDT 621 IGV Renta mensual (según el mes en que se recibieron) como venta no gravada o no hay necesidad de declararlo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de mayo de 2019 a las 8:11 pm

      Si es correcto, no es necesario declararlo en el declara facil.

  48. Elizabeth Saco dice

    16 de mayo de 2019 a las 3:24 pm

    Hola Miguel, mi consulta dividendos libre de disposición de varios periodos, el importe de acuerdo a % acciones, el importe de ejercicio debe agotarse? desde el mas antiguo ejem si tengo saldo del 2014 concluir con ese año, luego 2015,.2016,.se aplicar el 4.10% por ser 2014, se declara el 05-2019; JGA fue 15/05/2019.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2019 a las 5:32 pm

      No, es de acuerdo al acuerdo, puedes pedir del año 2017 mis dividendos. Lo anterior capitalizarlo.

  49. Verónica Hernández García dice

    7 de mayo de 2019 a las 6:14 pm

    Miguel, en el caso del titular de una EIRL, el retiro de utilidades por parte de éste también están afectas a retención?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de mayo de 2019 a las 12:12 pm

      Es correcto.

  50. Pedro Contreras dice

    16 de abril de 2019 a las 4:35 pm

    Miguel, buenas tardes.
    buena exposición, pero falto un modelo de liquidación de dividendos.
    si tienes uno campartelo, o donde se puede encontrar uno

    Atte,

    Pedro C.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 5:58 pm

      Más que modelo, es el acuerdo de los accionista que se plasma en el libro de actas, solo escribe con mis propias palabras.

  51. Nela dice

    5 de abril de 2019 a las 3:13 pm

    Miguel bnas tardes, como se establece cual es el % de dividendos que puedo y debo repartir a los socios (alguna ley, normativa?) x ejm de este año: abril 2019 el nuevo socio comprará las acciones de uno de los socios actuales de la empresa SAC, él quiere saber cual seria el % q le corresponde y en q momento se le depositaria? espero puedas ayudarme con esta consulta. gracias.-

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de abril de 2019 a las 10:08 am

      El porcentaje es en base a la cantidad de acciones que posee en la empresa.

  52. Manuel Elias dice

    5 de abril de 2019 a las 12:45 pm

    Hola miguel ,una consulta si tengo utilidad de 2018 de 15,000 y un accionista tiene 60% de acciones y el otro 40% seria algo así?

    ACCIONISTA 1 15,000 * 60% = 9,000
    ACCIONISTA 2 15,000 * 40% = 6,000

    Es esa la forma correcta de calcularlo ? y lo puede repartir cualquier mes del ejercicio 2019? habría algún problema si se decide pagarlo solo a un accionista?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de abril de 2019 a las 10:11 am

      No hay problema, pero recuerda que todos esos acuerdos tienen que registrarse en el libro de actas de la empresa.

  53. Manuel Tello dice

    4 de abril de 2019 a las 10:23 pm

    En que plazo se debe pagar impuesto dividendos retenidos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de abril de 2019 a las 10:05 am

      En el plazo de vencimiento del mes de retención, si retienes en marzo, en los vencimientos de abril.

  54. Gina dice

    2 de abril de 2019 a las 5:17 pm

    Hola, se puede pagar dividendos con acciones? también el accionista deberá pagar renta? del año 2017

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de abril de 2019 a las 7:45 pm

      Que yo sepa no, porque que socio va dar las aciones para pagar, no tiene sentido.

  55. Katia Avila dice

    30 de marzo de 2019 a las 11:43 am

    Buenas tardes, muy buen aporte, quisiera consultar si esta retención se puede pagar con la cuenta de detracciones. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2019 a las 9:34 pm

      Si se puede hacer eso.

  56. Max dice

    29 de marzo de 2019 a las 11:52 pm

    Excelente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2019 a las 9:33 pm

      Gracias 🙂

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE presencial sabado 17 de mayo

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto