Gobierno busca evitar impunidad e incremento de estos delitos
Peruano es procesado por juzgado penal de Nuevo Chimbote
Vital. Gobierno promueve el cumplimiento de obligaciones alimentarias.
Un nuevo caso de extradición de un ciudadano peruano por presuntamente incurrir en omisión de asistencia familiar en agravio de su menor hijo se encuentra en marcha.
En efecto, el Poder Ejecutivo accedió a la solicitud de extradición activa del peruano Raúl Iván Vértiz Loyola, formulada por el juzgado penal liquidador transitorio de Nuevo Chimbote de la Corte del Santa y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, refiere la Resolución Suprema 147-2012-JUS que demanda este retorno por vía diplomática al Reino Unido, de conformidad con el tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.
El proceso
Según el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenas, el reclamado es procesado por la presunta comisión del delito contra la familia y omisión de asistencia familiar, en agravio de su menor hijo. Por ello, se le imputa haber incumplido la obligación de prestar los alimentos a favor de su menor hijo, en los términos establecidos en la transacción extrajudicial del 19 de diciembre de 2008, con mérito de cosa juzgada dentro del proceso de alimentos realizado ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Nuevo Chimbote.
Se le acusa también de incumplir con lo fijado en la Resolución N° 05, del 7 de agosto de 2009, que aprueba la liquidación de pensiones devengadas y que ordena el pago de 1,515 nuevos soles a favor de su menor hijo desde enero a mayo de 2009.
Se trata de un delito común y no existe resolución emitida por algún poder del Estado que lo haya absuelto, indultado o amnistiado. Además, la pena conminada al delito de omisión de asistencia familiar, que no ha prescrito, no es inferior a un año de prisión, agrega la resolución en análisis suscrita por la titular de Justicia, Eda Rivas.
Justificación
La extradición fue solicitada a España porque la Policía Internacional (Interpol) determinó que Vértiz Loyola tiene domicilio en la capital de ese país, señala la resolución. Al respecto, la legislación señala que para ser viable una extradición solo se requiere que la persona se encuentre localizada en el país requerido, pues no es obligatorio que esté detenido.
Se trata del segundo caso de extradición al que accede el Ministerio de Justicia en su esfuerzo para dar solución a los miles de casos de personas que carecen de alimentos y que sus progenitores tampoco están cumpliendo con esta obligación.
Bien jurídico protegido
Para las autoridades peruanas, el acceder a la extradición evitará la impunidad, considerando la importancia que tiene el cumplimiento de la prestación de alimentos. Ello, en atención a que el bien jurídico protegido es la familia, específicamente, el deber de tipo asistencial como obligación de los padres con sus descendientes.
Se evitará asimismo el incremento de los delitos de omisión a la asistencia familiar, además de fortalecer la cooperación judicial internacional entre los jueces, ejecutando las normas del tratado de extradición entre el Perú y el Reino de España.
Diario El Peruano (30.11.2012)
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