En especial, las normas de tipificación de la responsabilidad penal
Actual redacción es demasiada genérica, abierta y subjetiva
La necesidad de perfeccionar la tipificación de la responsabilidad penal de los empleadores que incumplan la legislación sobre seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con la Constitución y jurisprudencia, planteó la Cámara de Comercio de Lima.
A criterio de su gerente legal, Víctor Zavala, la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley Nº 29873) que incorpora esta tipificación en el artículo 168 A del Código Penal es una norma importante que todos los empleadores deben apoyar, promover y discutir porque de por medio está la defensa del capital humano, que son los trabajadores.
Sin embargo, advierte que dicha penalización tal cual está redactada es demasiado genérica, abierta y subjetiva, lo que amerita que sea perfeccionada, atendiendo que todo acto punible debe estar previamente calificado en la ley de manera expresa.
La norma sanciona con dos a cinco años de prisión a quienes no adopten las medidas preventivas necesarias para que los trabajadores desempeñen su actividad, poniendo en riesgo su vida, salud e integridad física. “Así, bastará que el empleador incumpla u omita una de más de un centenar de obligaciones y formalidades para ser denunciado penalmente, dejando al criterio del juez decidir si el hecho denunciado es o no delito punible”, detalló Zavala durante su participación en la Conferencia sobre la Ley de Seguridad y Salud en Trabajo que organizó la CCL.
Otro aspecto que debería mejorarse es la regulación de la ley vinculada con la facultad de los inspectores de fijar indemnizaciones. Por ello, se recomienda que estas sean fijadas mediante un procedimiento sumario a cargo del Poder Judicial.
Zavala planteó igualmente que el MTPE establezca un sistema simplificado de registros –máximo dos– para las mypes, aplicable a sectores de menor complejidad, y aprobar los modelos de formatos y registros para cada empresa.
Tras solicitar mayor difusión de esta legislación, el experto consideró conveniente establecer no solo una lista de infracciones para cada caso sino un plazo de adecuación a las normas no menor de seis meses.
Asegura productividad
El cumplimiento de las normas para la protección de la vida y salud de los trabajadores por parte de los empleadores se convierte ahora en el mejor mecanismo para asegurar la productividad de los trabajadores y las utilidades de las empresas, afirmó Jaime Cuzquen, laboralista y miembro del estudio Echecopar.
Por ello, recomendó a los empleadores implementar un sistema de gestión en seguridad y salud identificando las obligaciones que les corresponde aplicar en función al sector productivo en que se desarrollan. Además, capacitar al personal para que dirija y monitoree el sistema, sin dejar de lado la implementación de registros de capacitación y estadísticas de incidencias, entre otros, a modo de historia documentada de los riesgos.
Diario El Peruano (15/09/2012)
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