Remuneraciones devengadas podrán pedirse en un solo juicio
En estos procesos, también será necesaria etapa de prueba, afirman
La procedencia de la pretensión de la reposición por despido incausado o fraudulento en la vía ordinaria laboral, dispuesta mediante dos de los acuerdos del Primer Pleno Jurisdiccional Supremo Laboral 2012, confirma en el país la existencia de la estabilidad laboral absoluta, sostuvo el laboralista Germán Lora.
Fue al analizar las decisiones adoptadas por los magistrados de las salas laborales de la Corte Suprema de Justicia referidos a la procedencia de la pretensión de la reposición por despido incausado y fraudulento en la vía ordinaria laboral y la tramitación del reclamo de remuneraciones devengadas en dichos supuestos; indemnización por daños y perjuicios derivados de enfermedades profesionales; y, el tratamiento de las horas extras en el sector privado y público.
Sustentación
En efecto, en este pleno se acordó que los jueces de trabajo, en los juicios ordinarios regulados por la Ley Procesal del Trabajo, están facultados para conocer las demandas de impugnación o nulidad de despido incausado o fraudulento, que de ser fundadas generen la reposición.
La magistrados, además, decidieron que estos mismos jueces, en el proceso laboral ordinario y en el proceso abreviado laboral regulados por la nueva Ley Procesal del Trabajo, están facultados para conocer la pretensión de reposición en casos de despido incausado o fraudulento. Precisaron también que, en el proceso abreviado laboral, la reposición deberá ser planteada como pretensión principal única. En estos casos, añadió, en los pedidos de reposición podrían actuarse medios probatorios, lo que no sucede en un proceso constitucional de amparo, detalló Lora.
En su opinión, estos acuerdos otorgan facilidades así como vías alternativas y probatorias para que el trabajador, en un proceso ordinario, pueda solicitar en una misma demanda la reposición y la posibilidad de que si fuera declarada fundada, no iniciar otro proceso judicial para el pago de las remuneraciones devengadas.
Tras expresar su reconocimiento a la Corte Suprema, el laboralista Jorge Toyama consideró que no existen razones para limitar la competencia de los jueces ordinarios.
Iniciativa legislativa
A criterio del laboralista Pedro Morales Corrales, probablemente, lo más conveniente es que sea la justicia laboral ordinaria la que conozca las pretensiones de reposición por despido incausado o fraudulento en razón a la etapa probatoria existente de por medio, a diferencia de un proceso de amparo en el que ella está ausente.
Sin embargo, considera que en vez de un acuerdo jurisprudencial sobre este punto, la Corte Suprema, utilizando su iniciativa legislativa, debería presentar un proyecto de ley modificatorio de la normatividad vigente, a fin de establecer este lineamiento como una disposición legal.
A su juicio, el acuerdo sobre la procedencia de las pretensiones por despido incausado o fraudulento podría generar inseguridad jurídica, sobre todo, en el trabajador quien no sabrá si acudir a la acción de amparo, de acuerdo a lo dispuesto por el TC u optar por la vía ordinaria. “Si se equivoca en alguna de ellas puede sufrir un perjuicio y retardo de justicia”, acota.
Morales califica además como lógico el haberse acordado que la justicia laboral ordinaria también sea competente para conocer el daño moral, el cual al igual que el lucro cesante y daño emergente que pueden nacer como consecuencia de un contrato laboral.
Respecto a las decisiones adoptadas en el tema de las horas extras sostuvo que, en la práctica, ellas ya están incorporadas dentro de la legislación.
Diario El Peruano (12/07/2012)
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.