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Predios que sumen más de S/. 150 mil deben declararse

Publicado por Miguel Torres el 2 de junio de 2014 2 comentarios

Ya se inició la fecha de vencimiento para la Declaración de Predios 2014, por lo que Arturo Prado Delgado, profesional especializado de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), explicó los pasos para cumplir con dicha obligación.

¿Para qué sirve la Declaración de Predios?

La Declaración de Predios que se realiza todos los años en mayo es solo informativa, lo cual permite a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) mejorar el cumplimiento de otras obligaciones tributarias e incentiva a la vez el cumplimiento voluntario de las personas. Tenga en cuenta que no debe realizar ningún pago.

¿Quiénes están obligados a declarar?

Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas domiciliadas o no en el país que al 31 de diciembre del 2013 sean propietarios de dos o más predios cuyo valor sea mayor a S/. 150 mil. También los propietarios de dos o más predios cedidos para realizar una actividad económica o propietarios de un único predio que el valor supere los S/. 150 mil y hubiera sido subdividido y/o ampliado para cederlo a terceros a título oneroso o gratuito y este acto no se ha inscrito en los RR.PP.

¿Quiénes están exceptuados de la declaración?

Los que tengan hasta tres predios comprendidos en el régimen de copropiedad de la ley 27157, es decir, que uno sea destinado a vivienda, otro a cochera y el tercero a depósito y se encuentren en la misma edificación.

¿Cuáles son los pasos para presentar?

Primero verifique su hoja de resumen del Impuesto Predial 2014. Luego debe ingresar a la página web de la Sunat, si no cuenta con clave SOL, ingrese al formulario N° 1630 Declaración de Predios. En caso tenga clave SOL, ingrese a Sunat virtual y busque la información del año anterior, sólo debe actualizar los datos de su formulario virtual 1630 o PDT 3530. Si tiene más de 20 predios debe usar el PDT 3530. Luego registre en el formulario virtual o PDT el detalle del valor de cada predio y su fecha de adquisición. Posteriormente imprima la constancia de presentación de su declaración.

¿Cuál es el cronograma de vencimientos?

El cronograma de vencimientos se inicia el 30 de mayo y termina el 12 de junio de acuerdo al último dígito del DNI o RUC. Es así que el número 9 debe declarar hasta el 30 de mayo, el 8 hasta el 2 de junio, el 7 el 3 de junio, el 6 el 4 de junio, el 5 el 5 junio, el 4 el 6 de junio, el 3 el 9 de junio, el 2 el 10 de junio, el 1 el 11 de junio y el 0 el 12 de junio del 2014.

¿Qué pasa si no declaro, hay una sanción?

Sí. La multa es de S/. 570 por presentación extemporánea. Sin embargo, hay una rebaja del 100% siempre que la Sunat no haya notificado a la persona obligada.

Diario La República (02/06/2014)

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Etiquetado como: impuesto, impuesto predial, tributaria, vivienda

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2 comentarios

  1. marcos oliveira dice

    23 de octubre de 2014 a las 11:54 am

    Que pasa cuando no se declara los predios dentro la fecha de vencimiento

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de octubre de 2014 a las 2:02 am

      Pues como es una declaración informativa, puedes subsanarla con la presentación con gradualidad al 100%.

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