En el caso que se presente más de una rectificatoria del Daot 2013. ¿Cuál es la multa por la segunda rectificatoria? y ¿Cuál es la multa para las sucesivas?
Respuesta
La multa por presentar la segunda rectificatoria del DAOT 2013 (numeral 6 del art 176º del CT) es del 30% de la UIT (régimen general) y 15% de la UIT (RER).
Esta multa no está sujeta a régimen de gradualidad, pudiéndose incrementar en 10% y 7% (según se trate del Régimen General o del RER) de la UIT cada vez que se presente una nueva rectificatoria.
Pedro dice
Presente mi declaracion DAOT el 29 de marzo del 2018, pero necesito hacer una rectificatoria, que consecuencias tengo?
Carlos dice
He presentado Dot 2016 el 06 de Marzo 2017, hasta que fecha como máximo se puede presentar la rectificatoria, lo quiero presentar el 04 de Abril del 2017, es viable esta opcion, gracias
Miguel Torres dice
No hay fecha limite, puedes hacerlo.