Miguel ¿Qué multas se pagan por rectificatorias de declaraciones mensuales?
Depende, en algunos casos no se paga absolutamente nada.
Miguel ¿Quiere decir que por rectificar una declaración no se paga multa?
Nuevamente, depende, cada caso es diferente y se debe analizar por separado.
Rectificatorias Declaraciones Mensuales
En primer lugar, definamos dos efectos que se originan cuando se rectifica declaraciones mensuales:
1. Multa por rectificacaciones de declaraciones
En este primer punto, se analiza la infracción por rectificar la declaración, notar que no se analiza los montos declarados, solo el acto de rectificar.
Por ejemplo:
Miguel, ha rectificado la declaración del periodo, diciembre 2020, cinco veces ¿Existirá multa por rectificar el PDT 621 cinco veces?
La respuesta es NO, nuevamente aclaro, estamos evaluando el procedimiento de rectificar, una, dos, tres, cuatro y cinco veces el mismo periodo de una declaración.
¿Por qué NO?
Porque derogaron dicha infracción tributaria. Por lo tanto, puedes rectificar 20 veces tu declaración mensual y no cometes infracción alguna.
Adicionalmente, aplica para todo tipo declaración, sé declarativa y/o informativa.
2. Multa por datos falsos
En este segundo punto si se analiza la consecuencia de la rectificación. Para sintetizar este punto, la idea clave es: originar tributo omitido por pagar.
Mayor Venta Declaradas
- Declaración Original: Ventas: S/ 50,000
- Declaración Rectificatoria: Ventas: S/ 30,000
En este caso se declaró un mayor monto de ventas, por lo tanto, al rectificar NO ORIGINARA tributo omitido por pagar.
En consecuencia, no hay multa por pagar.
Menor Venta Declaradas
- Declaración Original: Ventas: S/ 30,000
- Declaración Rectificatoria: Ventas: S/ 50,000
Analizamos, solamente, el IGV:
- IGV Omitido por Pagar: S/ 3,600 soles.
En este caso se declaró un menor monto de ventas, por lo tanto, al rectificar, ORIGINARA tributo omitido por pagar.
Multa por Datos Falsos
La multa por tributo omitido por pagar: 50% del tributo omitido por pagar.
Por otra parte, se debe comparar con la multa mínima que es 5% UIT (eliges el mayor).
- Multa por Tributo Omitido Pagar: S/ 1,800 soles.
Gradualidad por Multa por Datos Falsos
Si realizas una subsanación voluntaria obtienes una gradualidad del 95%.
Multa con gradualidad: S/ 90 soles.
Código de Multa Datos Falsos
Te comparto una captura de los códigos de multa y asociado por multa por datos falsos.
- Código Multa: 6091
- Tributo Asociado: 1011
Código Datos Falsos Planilla
- Código Multa: 6491
- Tributo Asociado: 5210
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Soraya Ruiz dice
Hola Miguel, he rectificado mi declaración de 09-2023 porque ingresé una factura de compras que estaba anulada. En su momento me salió S/100 por pagar de igv y ya lo pagué. Ahora con la rectificatoria me salió S/119 por pagar de igv. ¿El tributo omitido sería S/19? y ¿cuánto tengo que pagar de multa por ese importe?
Miguel Torres dice
La multa es 50% del tributo omitido, pero lo comparas con la multa mínima 5% UIT. En este caso sera la multa mínima, luego le aplicas gradualidad 95%.
Rodolfo dice
Hola Miguel, ante todo gracias por compartir tus conocimientos. Tuve compras por 807.50 incluido IGV, pero declare 807, nada de ventas, para hacer la renta anual debo actualizar ese periodo, es de enero del 2022, tengo que pagar multa por ello?. Saludos cordiales.
Martha huaman dice
Revisando las ventas en 3 periodos consecutivos ya superé los ingreso de 150UIT y ya paso hacer Pequeña empresa, ingrese 5 trabajadores nuevos en enero 2022, antes de este periodo tenía 2, pero en julio y diciembre no se le reconoció su gratificación y necesito regularizar antes q Sunafil me inspeccione ; modifico el palme de julio y diciembre 2022? Cómo calcular los intereses ?
Melady dice
Buenas ,quería consultar si en dos declaraciones seguidas se puso saldo de retenciones pasada de 88 soles ,que ya había sido utilizado ,lo cual redujo el monto del IGV por pagar ,como se plantearía las multas ?
MARCO ANTONIO dice
hay multa? si quiero rectificar de enero a septiembre mis compras? osea en ninguno de mis pdts no puse su importe de compras, puedo rectificarlas?
Susan Espinoza dice
Hola Miguel, buenas tardes consulta, es en el caso de Renta.. se considero un saldo a favor erróneo y en un mes en vez de pagar compenso con el saldo a favor, al momento de rectificar que multa genera, no varia importes de tributo solo es el pago y la fecha.
NADIA dice
Buenas tardes quisiera saber si hay multa por rectificar mi pdt en la renta, el monto declarado es correcto pero el coeficiente utilizado esta mal, el correcto es mayor al declarado, en este caso tendria multa?
Joel Pillaca dice
buenas noches por omision de una factura al declarar por un monto de 250 soles y al rectificar habra multa?
Jackeline dice
Buenas noches, mi consuta es la siguiente:
Estoy en le regimen especial, emito facturas y boletas exoneradas del igv. Solo pago 1.5% de mis ingresos. Pero no declaré unas boletas.
Debo hacer la rectificacion y sumar las boletas pero no sé si por eso tendre que pagar alguna multa. por favor . gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
Si pagaras multa por trobuto omitido por renta (50% del tributo omitido por pagar), pero tienes una gradualidad del 95%.
Fecilinda dice
Hola Miguel,
Estoy rectificando ventas gravadas es un monto mayor al declarado, por lo tanto me sale impuesto a pagar, pero tengo saldo a favor de IGV ……. tendría multa por IGV de acuerdo al DL 1311. o estoy equivocada, gracias
Miguel Torres dice
No pagas multa.
Wilson dice
Buen dia Miguel, ¿En cuanto tiempo surge efecto la rectificaion del PDT 621?
Miguel Torres dice
45 días hábiles cuando es a favor del contribuyente.
Elena dice
Miguel, Sobre la RSNAO Nº 039-2016-SUNAT/600000 ANEXO 1; sobre el Art. 178 numeral 1 del TUO del código tributario, Criterio 3 indica que «No se aplicara la sanción por las infracciones cometidas, en aquellos casos en que el tributo omitido es menor al 5% de la UIT» me sirve esta ley, omiti boletas de venta por S/. 600
Gracias
Cynthia dice
Estimado Miguel,Gracias y bendiciones! Sobre la RSNAO Nº 039-2016-SUNAT/600000 ANEXO 1; sobre el Art. 178 numeral 1 del TUO del código tributario, Criterio 3 indica que «No se aplicara la sanción por las infracciones cometidas, en aquellos casos en que el tributo omitido es menor al 5% de la UIT»
Sunat indica que solo fue hasta 12/2016.
Lucero dice
Hola Miguel, existe alguna multa o infracción por rectificar 2 veces?, en ambas modificaciones solo se está disminuyendo el crédito fiscal, por el tema de que no aplicaron la detracciones y se consideró la factura para la declaración del mes.
Miguel Torres dice
No hay multa.
Eladio dice
Hola miguel una consulta, por error declare el mes de julio una factura de compras , el importe incorrecto, pero el igv de dicho mes me sale por pgar, como tenia saldo del mes anterior le aplique y aun tengo saldo a favor, si retifico habria multa. gracias
Miguel Torres dice
No habría multa.
Melissa dice
hola declare un monto menor en ventas pero tengo saldo a favor , no tengo tributo por pagar , pero en renta si hay una diferencia de 4 soles como es el pago de la multa
Miguel Torres dice
Pagas la multa en base a la minima (5% UIT).
Carmen dice
Hola Miguel, no declare una venta no gravada, ya rectifique y pague la renta, cuanto es la multa que debería pagar, aun no he sido notificada, solo me han llamado para regularizar.
Miguel Torres dice
50% del tributo omitido + gradualidad del 95%.
Martín Vargas dice
Buenas noches Miguel, me vino una orden de pago del periodo abril 2021, al mismo tiempo tengo un saldo a mi favor de la renta anual 2020, si rectifico la declaración de abril y considero ese saldo a mi favor para deducir el monto a pagar, esta rectificación pagaría multa? , como lo veo no hay tributo omitido, muchas gracias.
Miguel Torres dice
No pagarías multa, pero recuerda que esa rectificación surte efecto luego de 45 días.
Samira dice
Muchas gracias Miguel. Me salvaste la vida. Siempre leo tu block.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Rocio dice
Si rectifico por segunda vez el mes de junio pago multa ?
Miguel Torres dice
No por declarar, pero SI quizas por datos falsos.
Carlos dice
Hola Miguel, me llego una RESOLUCIÓN DE EJECUCIÓN COACTIVA pero quiero rectificar mis compras (incrementar), se puede?
Miguel Torres dice
Si es correcto.
Raul Tolentino dice
Hola miguel, tengo un periodo q necesito rectificar el pdt621. ese periodo me genero un igv por pagar. Ahora tengo q rectificar debido a q no se incluyo unas notas de credito del periodo, por lo tanto, la rectificacion va generar un credito fiscal. En que situación queda ese tributo que pague o como lo recupero?
Miguel Torres dice
Lo puedes compensar con tributos posteriores.
Wilder Cabezas dice
Estimado Miguel, de acuerdo a la RSNAO Nº 039-2016-SUNAT/600000 ANEXO 1; sobre el Art. 178 numeral 1 del TUO del codigo tibutario, Criterio 3 indica que “No se aplicara la sanciòn por las infracciones cometidas, en aquellos casos en que el tributio omitido es menor al 5% de la UIT” es aplicable la norma a la fecha actual (20/07/2021).
Muchas gracias
Miguel Torres dice
Si es correcto.
Maybe dice
Hola buenas tardes si declaro dos veces la misma factura de compra como podría hacer
Miguel Torres dice
Tienes que rectificar, no queda de otra.
Maria Silva dice
Consulta, por error declaré una factura de compra de la matriz, que puedo hacer en ese caso.
Miguel Torres dice
Rectificar tu declaración de compra.
Jhoel Terán dice
Gracias Miguel por la información, me podrías decir cual es la base legal de la derogación de la multa por presentar por segunda vez la rectificatoria, estoy buscándola y no la encuentro.
Miguel Torres dice
Es el Decreto Legislativo Nº 1263.
Jonatan dice
Buen día Miguel, si pago la multa por tributo omitido, por tema de datos falsos por el motivo de que me resulta un IGV mayor al rectificar, también tendría que pagar otra multa por la Renta (pagos a cuenta) ya que al rectificar una venta mayor también habría tributo omitido en la renta, ¿tendría que pagar dos multas?. Gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
Es correcto, dos multas por IGV y Renta.
Miguel Guerra Mayanchi dice
Gracias Miguel, buen aporte
Miguel Torres dice
Bendiciones.
Linet dice
Gracias Miguel 🥰
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario.
Sonia Ruth dice
Si una empresa cuenta con saldo a favor credito fiscal y saldo renta en una omision de ventas que cubre el tributo omitido hay multa????
Miguel Torres dice
No hay multa.
Ruth Guillen dice
Gracias Miguel por mantenernos informados, de manera muy cencilla y practica. Estoy muy agradecida por la informacion que nos brindas…que te vaya muy bien, exitos.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones 🙂