¿Cuál es la definición de préstamo para el Impuesto a la Renta?
Según el artículo 1648 del Código Civil se define:
Por el mutuo el mutuante se obliga a entregar al mutuatario una determinada cantidad de dinero o de bienes consumibles, a cambio de que se le devuelvan otros de la misma especie, calidad o cantidad.
Por otra parte, el artículo 15 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta:
Solo se considerará préstamo a aquella operación de mutuo en la que medie entrega de dinero o que implique pago de dinero por cuenta de terceros, siempre que exista obligación de devolver.
Requisitos para contratos de préstamos
Los requisitos para calificar un contrato de préstamo son los siguientes:
- Exista documentación que acredite la obligación de la existencia de un acuerdo de devolver el dinero recibido.
- La bancarización del desembolso y de la devolución
- De intervenir una persona natural, el contrato debe contar con fecha cierta.
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