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Promoviendo la inclusión tributaria

Publicado por Miguel Torres el 11 de abril de 2013 Deja un comentario

Con la publicación de los reglamentos de la Ley Nº 29972 se han concretado las reglas para que el importante sector de cooperativas agrarias quede liberado de las enormes cargas tributarias que lo afectaba y que estaba constituida principalmente por multas y recargos desproporcionados, que hacían que tales deudas fueran impagables.

Es destacable que el legislador haya tomado conciencia de lo excesivo que es el régimen sancionador tributario y que, en consecuencia, hubiera dispuesto un procedimiento de regularización de la deuda tributaria de las cooperativas agrarias, a fin que se puedan reflotar y reinsertar como empresas operativas al mercado.

Ahora ellas podrán pagar su deuda fiscal: i) Al contado, con un descuento de 10% de la deuda acogida; o ii) En forma fraccionada, hasta en diez años, con un interés del 8% anual.

Tributo adeudado

Nótese que no se ha reducido el monto del tributo adeudado, salvo el descuento por el pago al contado. Lo que se ha extinguido son los intereses moratorios por la obligación principal, las multas, y también los intereses de multas.

Como vemos, se trata de una medida fiscalmente beneficiosa para el sector cooperativo agrario, que permitirá su regreso al quehacer económico, libre de la espada de Damocles representada por las acciones coactivas por deudas al fisco, incrementadas por sanciones e intereses, que impedían su funcionamiento.

La señalada desproporción es consecuencia de las distorsiones sufridas por nuestro sistema impositivo a lo largo de las dos últimas décadas, que han motivado la acumulación de deudas tributarias del orden de 100,000 millones de nuevos soles– que en su mayor parte resultan  impagables e incobrables.

Del total de la deuda tributaria, los teóricos tributos insolutos sólo representan el 30%. El 70% restante se ha generado por multas, altos intereses moratorios y la capitalización de los mismos, las imperfecciones y vacíos de las normas tributarias, la demora en atender los reclamos y las apelaciones por parte de Sunat y el Tribunal Fiscal, entre otras causales.

Es pues prioritario corregir las causas del aumento artificial de la deuda  tributaria y mientras tanto, sería idóneo que el legislador propicie la inclusión de otros sectores productivos y no retroceda en esta política fiscal de sinceramiento empresarial.

Diario El Peruano (11/04/2013)

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