Hasta noviembre del próximo año, la administración tributaria amplió el reglamento del régimen de gradualidad de las sanciones aduaneras, a fin de prorrogar las facilidades a los operadores de comercio exterior mediante una reducción porcentual de las multas aplicadas.
Según la RS Nº 321-2013/Sunat/3000000, que modifica la citada norma, las multas que podrán acceder a este beneficio corresponden a las infracciones cometidas por elaborar declaraciones aduaneras incorrectas; consignar datos inexactos en la declaración de exportación o importación, así como en la solicitud de drawback, y llevar libros y registros desactualizados o incompletos, etcétera.
Así, la reducción de las sanciones a los operadores de comercio exterior es entre 95% y 50% del monto total de la multa fijada, dependiendo del momento de acogimiento al régimen de gradualidad.
Requisitos
Para acceder al régimen, se exigirá el pago de la deuda y de la multa rebajada, así como la subsanación de la obligación incumplida, según corresponda. Asimismo, cuando la infracción se encuentra reclamada, el infractor debe desistir de la reclamación antes de acogerse al mismo. La norma otorga facilidades a los operadores de comercio exterior mediante una reducción porcentual de las multas aplicadas.
A la fecha, casi 5,200 personas naturales y jurídicas se han acogido al régimen de gradualidad y han efectuado un pago total de S/. 24.11 millones por concepto de multa.
Diario El Peruano (17/11/2013)
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