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Inicio » Preguntas » Examen: Beneficios Laborales 2025

Examen: Beneficios Laborales 2025

Publicado por Miguel Torres el 4 de octubre de 2021 66 comentarios

Te animarías a realizar un examen de beneficios laborales.

El objetivo de este artículo es medir tu conocimiento sobre el ámbito laboral aplicable a una empresa del sector privado. Por otro parte, te diviertes al desarrollar el examen (recuerda tus primeros años de estudio).

También, al final del examen, podrás obtener una calificación.

Finalmente, no olvides compartir el examen.

Examen Beneficios Laborales

Muy buena suerte en el examen, es personal y está prohibido googlear las respuestas.

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66 comentarios

  1. César dice

    14 de octubre de 2021 a las 11:51 am

    Excelente, gracias Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2021 a las 11:37 pm

      Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.

  2. Alexander Atau dice

    12 de octubre de 2021 a las 10:41 pm

    Miguel Torres gracias por el examen MUY BUENO

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2021 a las 11:48 pm

      Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.

  3. Violeta dice

    12 de octubre de 2021 a las 11:25 am

    Excelente Miguel !! , una forma de ampliar nustros conocimientos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2021 a las 11:52 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  4. Madileni dice

    11 de octubre de 2021 a las 4:25 am

    Gracias Estimado, bastante dinámico y entretenido. 💪👍

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2021 a las 12:16 am

      Gracias 🙂

  5. Anyela Ore dice

    10 de octubre de 2021 a las 12:30 pm

    Excelente. No sabia que me faltaba bastante. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2021 a las 12:17 am

      Muchas gracias 🙂

  6. Maritza R dice

    7 de octubre de 2021 a las 11:21 am

    Excelente info, muy dinámico.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2021 a las 12:30 am

      Gracias 🙂

  7. Elita dice

    5 de octubre de 2021 a las 11:06 am

    Excelente! Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de octubre de 2021 a las 4:56 am

      Gracias por el comentario.

  8. Jennifer dice

    5 de octubre de 2021 a las 9:32 am

    Buen examen..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de octubre de 2021 a las 4:53 am

      Gracias 🙂

  9. Reyna dice

    5 de octubre de 2021 a las 9:21 am

    Excelente examen Dr. así me doy cuenta que debo indagar más.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de octubre de 2021 a las 4:40 am

      Muchas gracias por el comentario.

  10. Jose Mendoza dice

    5 de octubre de 2021 a las 1:32 am

    Muchas gracias Miguel por el conocimiento que compartes!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 2:22 am

      Gracias, bendiciones para la familia.

  11. Raúl dice

    4 de octubre de 2021 a las 10:48 pm

    Excelente información!
    Mas exámenes así por favor

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 2:22 am

      Bendiciones 🙂

  12. Alex dice

    4 de octubre de 2021 a las 9:09 pm

    Muy entretenido 👍

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 2:21 am

      Gracias 🙂

  13. Raquel dice

    4 de octubre de 2021 a las 8:15 pm

    Excelente, cada día aprendemos algo nuevo
    Muy importante aporte en nuestra profesión
    Gracias y bendiciones Miguel

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 2:21 am

      Muchas gracias 🙂

  14. Luz dice

    4 de octubre de 2021 a las 6:30 pm

    Me agradeces por ser suscriptor más yo también tengo que hacerlo por compartir tus conocimientos, lo valoro mucho.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 2:21 am

      Gracias, bendiciones 🙂

  15. Luci dice

    4 de octubre de 2021 a las 5:35 pm

    Muy bueno!! Muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 2:20 am

      Gracias por el comentario 🙂

  16. Cesar dice

    4 de octubre de 2021 a las 5:35 pm

    Muy bueno…..solo q tiene q ser periodico con otros temas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 2:20 am

      Gracias 🙂

  17. Manuel dice

    27 de abril de 2019 a las 1:04 pm

    Muy buen articulo Miguel. saludos

    Responder
  18. Elizabeth dice

    26 de abril de 2019 a las 5:46 pm

    Muy bueno el examen, gracias Miguel por impartir la motivación de indagar mas en los temas que no se tienen claro.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2019 a las 2:51 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  19. Deyanira dice

    26 de abril de 2019 a las 2:38 pm

    Aprecio mucho toda la información y los conocimientos que nos otorgas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2019 a las 2:59 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  20. Beatriz dice

    26 de abril de 2019 a las 1:56 pm

    Muy didáctico y muchas gracias por compartir tus conocimientos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de abril de 2019 a las 2:11 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  21. Mercedes dice

    11 de julio de 2018 a las 7:36 pm

    Bien Miguel gracias ¡¡¡¡¡¡

    Responder
  22. Rosa dice

    10 de agosto de 2017 a las 9:47 am

    Muy bueno el articulo tengo una duda de la pregunta 10 como lo sacas las utilidades de un día laborado muchas gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 5:00 pm

      Igual que los otros, tendrás que realizar los cálculos en dias (50% en base a días laborados).

  23. Manuela dice

    9 de agosto de 2017 a las 11:50 am

    Excelente, gracias.

    Responder
  24. Maria Margarita Hilario Garcia dice

    9 de agosto de 2017 a las 11:15 am

    Excelente , de gran ayuda este aporte!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de agosto de 2017 a las 3:05 pm

      Muchas gracias, buen día 🙂

  25. Tejada dice

    8 de agosto de 2017 a las 10:07 pm

    Gracias por tus aportes Miguel, ayudas a despejar las dudas que siempre existen!..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 5:49 pm

      Muchas gracias 🙂

  26. Victor Hugo Garcia Cevallos dice

    8 de agosto de 2017 a las 9:28 pm

    Muy bien Miguel,por esta iniciativa de medir nuestros conocimientos,lo que permitirá indagar más respecto de los temas propuestos. Deberías cada cierto tiempo formular más exámenes.Saludos Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 5:51 pm

      Gracias, tendré en cuenta tu sugerencia.

  27. Luis dice

    8 de agosto de 2017 a las 8:57 pm

    Muy didáctico . Debería haber mas exámenes sorpresa jeje

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 5:56 pm

      Gracias, lo tendre en cuenta.

  28. Hila dice

    8 de agosto de 2017 a las 7:02 pm

    Muy bueno.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 7:10 pm

      Muchas gracias, buen día 🙂

  29. Mari dice

    8 de agosto de 2017 a las 4:57 pm

    Miguel, esta muy bien un examen sorpresa.
    muchas gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 7:14 pm

      Muchas gracias, que tengas una super semana.

  30. Heidy Magdalena Vara Centeno dice

    8 de agosto de 2017 a las 4:55 pm

    En conclusión hay varias cosas que han cambiado año tras años se van modificando las leyes laborales, pues si una empresa esta en Regimen MYPE tributario, como seria los derechos laborales de un trabajador.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 7:14 pm

      No confundas régimen tributario con beneficios laborales.

  31. Miguel Torres dice

    8 de agosto de 2017 a las 1:07 pm

    El reglamento de las gratificaciones menciona que se pagan a razón de meses completos calendarios.

    Responder
    • Yeleni dice

      8 de agosto de 2017 a las 8:57 pm

      Pero con respecto a la pregunta, considero que si le corresponde gratificación trunca, solo que la respuesta correcta no se encuentra entre las alternativas, ya que como se menciona, solo le corresponde la gratificación proporcional al mes completo laborado.
      Saludos

    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 5:58 pm

      No corresponde, porque ningún mes esta completo según calendario.

  32. Jon Lenon dice

    8 de agosto de 2017 a las 12:29 pm

    Muy buena forma de compartir y poner a prueba nuestros conocimientos, felicitaciones Miguel

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 1:05 pm

      Muchas gracias buen día 🙂

  33. Andre dice

    8 de agosto de 2017 a las 10:11 am

    Hola Miguel, la pregunta 8 el trabajador no puede ser despedido cuando haya faltado 3 días consecutivos a laborar, no queda claro no puedes ser despido?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 1:07 pm

      Porque debe ser 4 días de falta, la norma menciona mas de 3 días.

  34. Yohanna dice

    8 de agosto de 2017 a las 10:03 am

    Me encanto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 1:08 pm

      Gracias buen día.

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