Te animarías a realizar un examen de beneficios laborales.
El objetivo de este artículo es medir tu conocimiento sobre el ámbito laboral aplicable a una empresa del sector privado. Por otro parte, te diviertes al desarrollar el examen (recuerda tus primeros años de estudio).
También, al final del examen podrás obtener una calificación.
Finalmente, no olvides compartir el examen.
Examen Beneficios Laborales
Recomendación
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César dice
Excelente, gracias Miguel.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.
Alexander Atau dice
Miguel Torres gracias por el examen MUY BUENO
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.
Violeta dice
Excelente Miguel !! , una forma de ampliar nustros conocimientos
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
Madileni dice
Gracias Estimado, bastante dinámico y entretenido. 💪👍
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Anyela Ore dice
Excelente. No sabia que me faltaba bastante. gracias
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Maritza R dice
Excelente info, muy dinámico.
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Elita dice
Excelente! Gracias
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario.
Jennifer dice
Buen examen..
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Reyna dice
Excelente examen Dr. así me doy cuenta que debo indagar más.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario.
Jose Mendoza dice
Muchas gracias Miguel por el conocimiento que compartes!!!
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones para la familia.
Raúl dice
Excelente información!
Mas exámenes así por favor
Miguel Torres dice
Bendiciones 🙂
Alex dice
Muy entretenido 👍
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Raquel dice
Excelente, cada día aprendemos algo nuevo
Muy importante aporte en nuestra profesión
Gracias y bendiciones Miguel
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Luz dice
Me agradeces por ser suscriptor más yo también tengo que hacerlo por compartir tus conocimientos, lo valoro mucho.
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
Luci dice
Muy bueno!! Muchas gracias
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario 🙂
Cesar dice
Muy bueno…..solo q tiene q ser periodico con otros temas
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Manuel dice
Muy buen articulo Miguel. saludos
Elizabeth dice
Muy bueno el examen, gracias Miguel por impartir la motivación de indagar mas en los temas que no se tienen claro.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Deyanira dice
Aprecio mucho toda la información y los conocimientos que nos otorgas.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Beatriz dice
Muy didáctico y muchas gracias por compartir tus conocimientos.
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
Mercedes dice
Bien Miguel gracias ¡¡¡¡¡¡
Rosa dice
Muy bueno el articulo tengo una duda de la pregunta 10 como lo sacas las utilidades de un día laborado muchas gracias por la respuesta.
Miguel Torres dice
Igual que los otros, tendrás que realizar los cálculos en dias (50% en base a días laborados).
Manuela dice
Excelente, gracias.
Maria Margarita Hilario Garcia dice
Excelente , de gran ayuda este aporte!
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen día 🙂
Tejada dice
Gracias por tus aportes Miguel, ayudas a despejar las dudas que siempre existen!..
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Victor Hugo Garcia Cevallos dice
Muy bien Miguel,por esta iniciativa de medir nuestros conocimientos,lo que permitirá indagar más respecto de los temas propuestos. Deberías cada cierto tiempo formular más exámenes.Saludos Miguel.
Miguel Torres dice
Gracias, tendré en cuenta tu sugerencia.
Luis dice
Muy didáctico . Debería haber mas exámenes sorpresa jeje
Miguel Torres dice
Gracias, lo tendre en cuenta.
Hila dice
Muy bueno.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen día 🙂
Mari dice
Miguel, esta muy bien un examen sorpresa.
muchas gracias!
Miguel Torres dice
Muchas gracias, que tengas una super semana.
Heidy Magdalena Vara Centeno dice
En conclusión hay varias cosas que han cambiado año tras años se van modificando las leyes laborales, pues si una empresa esta en Regimen MYPE tributario, como seria los derechos laborales de un trabajador.
Miguel Torres dice
No confundas régimen tributario con beneficios laborales.
Miguel Torres dice
El reglamento de las gratificaciones menciona que se pagan a razón de meses completos calendarios.
Yeleni dice
Pero con respecto a la pregunta, considero que si le corresponde gratificación trunca, solo que la respuesta correcta no se encuentra entre las alternativas, ya que como se menciona, solo le corresponde la gratificación proporcional al mes completo laborado.
Saludos
Miguel Torres dice
No corresponde, porque ningún mes esta completo según calendario.
Jon Lenon dice
Muy buena forma de compartir y poner a prueba nuestros conocimientos, felicitaciones Miguel
Miguel Torres dice
Muchas gracias buen día 🙂
Andre dice
Hola Miguel, la pregunta 8 el trabajador no puede ser despedido cuando haya faltado 3 días consecutivos a laborar, no queda claro no puedes ser despido?.
Miguel Torres dice
Porque debe ser 4 días de falta, la norma menciona mas de 3 días.
Yohanna dice
Me encanto.
Miguel Torres dice
Gracias buen día.