En la 1ra declaración ventas 5000 soles, pague mis impuestos, pero debo hacer la rectificatoria ventas 4500 soles, porque habían anulado facturas.
Tengo multa por hacer la rectificatoria, el contribuyente esta en el RER y como queda el saldo a favor de renta por que pague demás.
Respuesta:
En el caso planteado al efectuar la declaración rectificatoria no existe tributo omitido por tanto no va tener obligación de pagar ninguna multa, el exceso en el pago de renta podrá utilizarlo en el período tributario siguiente como saldo a favor por pago en exceso.
Junior dice
Hola tengo facturas de compras de los meses de noviembre y diciembre del año 2017, pero no le he declarado lo puedo considerara en mi balance anual 2017, que tengo que hacer
Miguel Torres dice
Si es correcto, puedes hacerlo.
Sarah dice
Hola una consulta, omiti declarar en el mes de febrero una factura de venta de s/ 329, cual es el procedimiento que debo seguir, teniendo en cuenta la fecha y que ya tengo que presentar el pdt, gracias.
Miguel Torres dice
Tienes que rectificar la declaración de febrero, y pagar la multa por datos falsos.
Carlos Quinto dice
Una consulta, he declarado ventas 11517 y compras 178, luego arrastre un crédito fiscal de 992 y sale a pagar igv 1049, pero quiero rectificar mas compras 15000, ahora la pregunta es, voy a pagar los 1049 o como hago.
Miguel Torres dice
Si rectificas tu declaración ya no pagarías nada, mas bien tendrías credito fiscal.
Katherine dice
Hola una consulta se izo la declaración de unas facturas en cero pero resulta que hay montos facturados y se tiene que hacer una certificatoria ya que paso la fecha de la declaración que podría hacer en ese caso o de todos modos se tiene que pagar una multa gracias.
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Miguel Torres dice
Tendrás que pagar la multa por datos falsos.
ROBERT SOTO dice
POR FAVOR AYUDA, EN EL MES DE ENERO HICE LA DECLARACION DE PLAME EN EL CUAL NO HABIA CONSIDERADO LOS SUBSIDIOS Y PUSE EL MONTO TOTAL EN REMUNERACION POR LO TANTO MI CALCULO DE ESSALUD ERA MAYOR Y BUENO LO RECTIFIQUE POR QUE SOLO ERA INFORMATIVO PERO A LA SEMANA ME TRAEN UN INFORME CON EL MISMO CASO PERO DE OTRO TRABAJADOR EN EL MISMO MES, QUISIERA SABER SI HACIENDO LA SEGUNDA RECTIFICATORIA TENDRIA QUE PAGAR MULTA. POR FAVOR AYUDA
ROBERT SOTO dice
YA QUE NO HE OMITIDO NINGUN TIPO DE TRIBUTO, SOLO ESTOY PAGANDO DE MAS NO SE SI POR ESTA SEGUNDA RECTIFICATORIA TENDRIA QUE PAGAR LA MULTA POR RECTIFICAR 2 VECES
Miguel Torres dice
Si tienes que pagar multa, porque estas rectificando el mismo tributo “Essalud”, es independiente si pagas o no pagas tributo.
Mabel dice
En los recibos de honorarios debe decir la profesión a la que se dedica la persona y el N° de colegiatura? es obligatorio, porque en mis recibos que envíe imprimir no lo dice, también en la SUNAT debo quedar registrada como profesional? porque no me pidieron copia de titulo ni nada y e visto los recibos de mi hermano y en los de el si dice su profesión.
Miguel Torres dice
No es obligatorio que en los recibos por honorarios mencionas tu profesión, ya que no todos tienen trabajador, y mucho menos tu numero de colegiatura, tampoco sobre el titulo, es opcional.
Rosa dice
tengo que hacer dos rectificatorias una del mes de diciembre y otra de enero
En Diciembre no declare algunas compras porque no me las dieron
En Enero 2014 igual ; pero recien ahora hoy para ser precisa me dieron las compras tanto de diciembre como de enero ya hice las rectificatorias baje impuesto de igv
mi pregunta es la siguiente
Cuanto es lo que tengo que pagar por rectificatoria?
no he aumentado ventas solo compras
Miguel Torres dice
Si es la primera rectificatoria, no hay multa, si no hay tributo omitido o crédito indebido tampoco hay multa.
Mabel dice
Tengo una factura de compras del mes de Noviembre que no la he considerado en estos dos meses que han pasado en mi declaración de PDT la puedo considerar para enero?
Miguel Torres dice
El crédito fiscal si lo puedes usar, pero el gasto no.
Marisol Cotrado dice
tuve auditoria de la sunat y me observaron 3 facturas por el medio de pago, se hizo con cheque pero sin la leyenda “no negociable”, la sunat no quiere reconocer estas facturas, puedo no rectificar y demostrar que si se hizo el cobro a través de los estados de cuenta o acepto la negociación que me ofrece la sunat que me sugiere que tengo la opción de retirar solo una factura y los demas si consideraran el credito fisca. gracias
gisela dice
quiero saber si tengo multa al hacer una rectificatoria, es acerca del coeficiente que ingrese pero mis ventas estan bien, sino que con el coeficinte erroneo sale s/.11.00 a pagar y con el correcto sale s/.15.00 a pagar. porfavor respeondame
Miguel Torres dice
Si hay multa por tributo omitido, 50% de dicho tributo , con la gradualidad del 95%, recordar que la multa mínima es 5% de la UIT.
cecilia dice
como hago una rectificatoria nunca he hecho una resulta que he declarado sobre facturas anuladas que hago
roxana dice
no declare las retenciones como proveedor ya que no nos habian entregado los comprobnates desde octubre 2012 que asciende a 4500.00, quiero saber si tengo que hacer rectificatoria o en el pdt actual lo coloco en el casillero de retenciones no aplicadas y ya.
Miguel Torres dice
Los comprobantes de retención y percepción lo puedes declarar en periodos posteriores no hay problema. Registrarlo en el PDT actual.
Saulito dice
Una consulta qué debo hacer si he declarado el mes de noviembre con saldo S/. 0.00 , pero resulta que en ese mes hubo movimiento, una factura emitida por S/. 700 , qué debo hacer para evitar sanciones y multas por favor.
Miguel Torres dice
Tienes que rectificar tu declaración y pagar multa por datos falsos, la multa es el 50% del tributo omitido.
WILFREDO LEON dice
YO HABIA DECLARADO EN VENTAS UN 60,000.00 SOLES PERO REVISANDO MIS FACTURAS ERAN 80,000.00 PERO SUNAT TE INDICA QUE PUEDES RECTIFICAR Y SI HAGO LA PRIMERA RECTIFICATORIA TENGO MULTA.
Miguel Torres dice
Si hay multa por el tributo omitido, la multa es 50% del tributo omitido por IGV y Renta , con un descuento del 95%.
Carmen Martinez Córdova dice
He rectificado el periodo Noviembre 2,011.
Facturas de Compras se declraró un monto mayor.
al rectificar me sale igv a parag S/. 4,536,00 a cuando asciende
la multa por declrar datos falso.
Regina.
Miguel Torres dice
La multa es 50% del crédito indebido.Con una gradualidad del 90%.
Miguel Torres dice
Depende si es una factura de compra o de venta, si es de compra si habría multa, por uso indebido de crédito fiscal, si es venta, no habría problema.
atilano dice
en una declaracion ingrece por equívoco una factura de 2360 soles q esa factura n existe, quisiera saber si tengo multa al hacer la rectificatoria.
grasias por su respuesta
si fuera tan amable enviarme la respuesta al correo a.lopez_a@hotmail.com
Miguel Torres dice
Depende si es una factura de compra o de venta, si es de compra si habría multa, por uso indebido de crédito fiscal, si es venta, no habría problema.
López de Acuña dice
en una declaracion ingrece por equívoco una factura de 2360 soles q esa factura n existe, quisiera saber si tengo multa al hacer la rectificatoria.
grasias por su respuesta
si fuera tan amable enviarme la respuesta al correo a.lopez_a@hotmail.com