Este mes realice mi declaración mensual pero al día siguiente, me llegaron dos facturas con fecha febrero y además unas notas de crédito, si realizo la rectificatoria correspondiente que multa o sanción me estoy generando. Cabe indicar que mantengo crédito fiscal y este mes mis compras han sido menores a mis ventas y aun así sigo teniendo crédito fiscal.
¿Cuál es el plazo para presentar una rectificatoria y si es por primera vez también me genera multas?
Respuesta:
En el caso descrito se entiende que las “facturas que le llegaron” corresponden a facturas de COMPRAS, por lo que si estas se incluyen en la DJ rectificatoria del PDT 621 no generan ninguna multa.
Asimismo le recordamos que existen 12 meses para tomar el derecho al crédito fiscal de las facturas de compras.
Maria dice
Quisiera hacerle una consulta, en junio del 2020 mi proveedor nos emitió una nota de crédito por 306.80 soles, es la totalidad del monto de la factura en referencia, mi pregunta es, ¿puedo declarar esa nota de crédito en el periodo de 05/2021?
Miguel Torres dice
No se puede.
Noeli dice
Hola Miguel, una consulta declare mis compras del periodo Julio en Agosto, el día de hoy 02 de noviembre me percato que tuve una nota de crédito de una de las compras, mi consulta es la siguiente:
¿Tengo que hacer una rectificación por dicho periodo?, ¿Cómo voy hacer con el crédito fiscal?, ¿Esto ne conlleva a tener una multa?, Agradecería que me respondas
Miguel Torres dice
Solo hay multa si luego de rectificar obtienes tributo omitido por pagar.
Elisa dice
Hola Miguel buenas tardes tengo una pregunta se emitió una factura en marzo y en abril la nota de crédito, sin embargo la empresa no tuvo más ventas que la NC por tema de llenado del pdt 621 en negativo como hiciera
Gracias
Miguel Torres dice
Solo se llena en cero el PDT, en el libro si lo anotas, para el siguiente mes lo jalas para el PDT.
Martin Torres dice
Hola Miguel tengo la siguiente consulta en agosto 2017 se emitió una nota de crédito de una factura de ventas de junio 2017, pero no se considero en agosto ni setiembre 2017 ya que en esos meses no hubo movimientos y octubre no se considero, la pregunta es se puede tomar la nota de crédito en noviembre 2017 son ventas. agradeceré tu respuesta gracias
Miguel Torres dice
Tienes que considerarlo en el periodo de la emisión.
Delia dice
Hola Miguel, fui notificado por sunat que durante el periodo 2015 no declaré en compras varias notas de credito de diferentes meses. Pero al revisar encontré que tambien tengo facturas no declaradas cuyo total superan las N. Cred. Puedo rectificar solo el Pdt. de Dic.15 para incluirla todas las facts. Y N. Cred.? Tengo multas?
Reyda Baltazar dice
En el mes de setiembre se declaro el registro de compras y ventas electromecánicos, pero me equivoque en una factura de compra que lo puse un monto excedido. ¿Cómo lo rectifico mi registro de ventas compras??
Miguel Torres dice
Tendrías que rectificar tu PDT 621, y pagar tu multa por crédito indebido.
Soraya dice
Por favor una consulta se hizo una prest de servicios por 6,000 soles en febrero,ahora en el mes de junio el dueño me dijo que no le habían pagado esa misma presty que se anule la operación. pero ya se pagaron los impuestos. como recupero lo que pague en igv y renta??? si me dicen que por ser servicio no puedo emitir una nota de crédito.o debo de rectificar mi pdt?Gracias
Miguel Torres dice
Una solución sería anular tu factura, rectificar tu PDT, y los pagos en excesos compensarlos.
Alessandra dice
Hola miguel torre, mi problema es que en el mes de mayo declare una nota de credito, pero lo declaro como anulado, y esa nota de credito no estaba anulada, y a la empresa que se le emitio dicha NC ya lo declararon, genera alguna multa o puedo rectificarla?? AYUDAAAAA
Miguel Torres dice
Deberías rectificar tu declaración.
Annet dice
Una consulta si tengo una nota de credito k se emitio con fecha de MARZO, OCTUBRE Y DICIEMBRE 2015 y la voy aplicar ahora en enero 2016 ya que el cliente vino a realizar compras y pide el descuento de esa nota credito se puede aplicar y cuanto es el tiempo que su puede dar uso a esa nota de credito
Lio dice
Una consulta si tengo una nota de credito k se emitio con fecha de julio y la voy aplicar ahora en enero ya que el cliente vino a realizar compras y pide el descuento de esa nota credito se puede aplicar y cuanto es el tiempo que su puede dar uso a esa nota de credito
Cindy dice
Hola Miguel espero puedas ayudarme estoy muy preocupada. Soy del RER resulta que declaré mes de agosto: ventas 0 y compras 0, pero olvide ingresar el saldo a favor de meses anteriores lo rectifique, ahora declaré Setiembre pero me doy con la sorpresa de que tengo notas de credito de agosto…como hago? Porque si las declaro en el mes que corresponde tendria que ser en negativo. La sunat dice que tengo que rectificar y agosto pero ya seria la segunda vez….tengo multa?
Miguel Torres dice
Por rectificar 2da vez el mismo tributo y periodo la multa es 15% UIT no hay gradualidad.
EZEQUIEL dice
Buenas tardes amigo Miguel: En realidad estoy en problemas y necesito de su consejo profesional. Estoy en el regimen general, en el periodo de enero declare de la siguiente manera:
ventas =S/. 3742.00 IGV. 674.00
compras =S/. 4120.00 IGV. 742.00
renta =S/.56.00 (pagado en efectivo)
saldo a favor del periodo anterior S/.377.00
por la cual mis compras solo fueron de S/.2070.00
Aun puedo hacer la rectificatoria y cuanto de multa tengo que pagar si es el caso. Eso no es todo; para el periodo de febrero declare en cero (compras y ventas) pero he tenido solo compras, y ahora para el periodo de marzo solo tengo compras por un valor de S/. 560.00…
Por favor necesito de sus consejos ¿que hago?… agredecere su pronta respuesta, que Dios les bendiga…
ISABEL dice
Buenas tardes
tengo notas de crédito en referencia a facturas que tienen detracción ,que se debe hacer?
por ejemplo se emite factura por 5000 soles y el proveedor detrae 500 soles ,luego emito una nota de crédito por 100 soles ,esto haría que la factura ya no sea 5000 sino 4900 soles y la detracción seria 490 soles.
espero entienda mi explicación
saludos
gladys jazmin dice
.hola estoy en la espera de una respuesta , espero me puedan ayudar… en mi empresa declararon una factura de compras que era en dolares, como si fuera soles , aunque no es mucha la diferencia siento que vai en una infracción, tenga en cuenta por favor que ya cumplió la fecha de vencimiento de la declaración.
Miguel Torres dice
En dicho caso no hay infracción ya que no hay crédito indebido, al contrario tienes un crédito pendiente.
Martin Lopez dice
Estimado deseo preguntar, en el PDT 621 tengo muchas notas de débito y notas de crédito por la mercadería comprada en que casilla informo de estas notas de crédito y/o débito?
Rosario Bellido Quispe dice
Hola Miguel, mira me olvide de declarar una nota de credito en Ventas, por un monto de S/.2046.00 + IGV (368.28) = Total S/. 2414.28
cual es la multa, todo esto fue en el mes de Marzo 14. es pero respuesta, saludos.
Miguel Torres dice
Por no registrar una nota de crédito no hay multa, ya que no hay tributo omitido.
Javier Molko dice
Consulta, si la rectificatoria es por cifrar un coeficiente de renta errado,¿hay multa por pagar? y si no me di cuenta hasta que SUNAT me lo notifico en una orden de pago, ¿también tengo multa?¿Ya no podria acogerme al régimen de gradualidad de rebaja del 95%?
Miguel Torres dice
Hay multa si utilizaste un coeficiente menor, la gradualidad ya no es 95%.
Pedro dice
Hola si deseo ingresar en el T-Registro un nuevo trabajador pero su contrato de trabajo inicio antes de la fecha de registro, genera multa?
Miguel Torres dice
Si, ya que debes registrar en el T-Registro el mismo día del ingreso del trabajador.
david dice
Hola,
Que datos necesito para empezar a declarar el PLAME?
Gracias
Miguel Torres dice
Lo primero tener al día el modulo del T-Registro.
david dice
Hola,
La empresa que le llevo la contabilidad recien considerara un trabajador en planillas, es decir recien se va a declarar el PLAME, solo basta con declararlo simplemente? SE DEBE HACER ALGUN TRAMITE CON LA sunat? que se tiene que hacer para el ONP y ESSALUD?
Gracias
Miguel Torres dice
Solo bastara con la declaración del Plame.
david dice
Hola,
Llevo la contabilidad de un empresa pequeña, las facturas de compras y ventas (en este caso son solo boletas de venta) me las hacen llegar siempre antes de la fecha y las declaro. En un mes pasado hubo un descuido y me las dieron despues de la fecha de vencimiento, yo declare en la fecha que correspondía, el pdt 621 pero con monto 0. Si lo deseo rectificar genera multa??
Gracias
Miguel Torres dice
Si hay multa, 50% del tributo omitido.
Milagros dice
Declare PDT 621 y pero me di cuenta que faltaron declarar 2 facturas, aun no vence el plazo, puedo sustituir y esto tiene multa?, la segunda pregunta es como hago con el pago si lo hice por cuenta de detracciones y paque S/. 40.0 y ahora con la modificacion debo pagar S/. 57.0 en el PDT solo coloco la diferencia para pagara con cuenta detraccciones, o debo colocar el monto total?
Miguel Torres dice
SI puedes sustituir y no hay multa.
HENRY dice
Hola Miguel
Olvide declara una NC emitida en Octubre,(lo cual mi proveedor ya lo declaro en Octubre) ahora para la declaración en noviembre debo hacer la rectificadora… tendre una multa por esa omisión??
Gracias
Y cuales serian los pasos para corregir.
hilda dice
buanass tardes mi consulta es voy a rectificar el pdt por compras por segunda vez tiene multa
Miguel Torres dice
Si 30% UIT en caso de régimen general, 15% UIT en caso de régimen especial.
Isabel Montero dice
Hola mi consulta es la siguiente: realice dos declaraciones del periodo de Julio y Agosto las cuales tengo que modificar porque ingresaron mas facturas en el mes de Julio no se realizo ventas porque la empresa es nueva por la cual en la declaración que presentamos a Sunat pagamos S/. 160 DE IGV y S/.30 de renta pero no debimos cancelar nada ya que no se realizo venta y solo debio quedar saldo a nuestro favor ahora recién me doy cuenta del error y quiero modificarlo el de Julio y Agosto pero quisiera saber si hay multa por esto y que pasa con el dinero que pague en el periodo de Julio el cual no se debio pagar?
César dice
Hola, declare el mes de agosto y olvide registrar una nota de crédito que presente a un cliente. Puedo hacer una rectificación por esto? tendré que pagar alguna multa, ya que si realizo la rectificación estoy fuera de la fechas de presentación, (ojo la fecha de presentación si la realice en el plazo del cronograma de pago.
Gracias por tu atención.
Saludos
César
Miguel Torres dice
No hay multa, porque no hay tributo omitido.
LUIS AVENDAÑO dice
Buenos Dias, una consulta, en el mes de marzo hice una rectificatoria pero marque las dos casillas el de IGV y RENTA, pero solo modifique el IGV que en ese caso era para aumentar las compras, pero en la Renta no modifique nada, pero igual seleccione la casilla.
Hoy quiero realizar una rectificatoria en la Renta por usar credito indebido(ITAN), me pregunta seria,Esta rectificatoria seria la Segunda y me caeria la multa de 1080?
Miguel Torres dice
Si seria la segunda rectificación, multa 30% UIT
maria dice
tengo una consulta yo puedo declarar en el pdt 621 facturas de diciembre del 2012 en enero del 2013???
Miguel Torres dice
Si puedes hacerlo, ojo solo puedes usar el crédito fiscal de la factura, mas no el gasto o costo.
RUTH dice
Q SI SEÑOR LAS FACTURAS DE COMPRAS QUE NO UTILIZASTE PARA TU DECLARACION EN EL MES DE DICIEMBRE 2013 PUEDES UTILIZAR EL CREDITO FISCAL PARA ENERO 2014 Y LOS GASTOS YA NO PERO TIENES Q PONER EN REGISTRO DE COMPRAS Y CUAL SERIA EL ASIENTO YA QUE NO UTILIZAS POR EJEMPLO LA CUENTA 60 SOLO EL IGV
Miguel Torres dice
Seria un asiento de 401112 Igv por Aplicar / 401111 Igv
mary dice
hola miguel que tal bueno mi pregunta es la sigueinte no delcare el mes de noviembre 2012 quiero declarar ahora que interes moras tengoque pagar aun no me notifico la sunat que hago
Miguel Torres dice
La multa es 1 UIT, con descuento te sale S/. 365.00 + intereses
JHONNY dice
HOLA AMIGO MIGUEL TENGO UNA DUDA DECLARE EL PDT 621 DEL PERIODO DE DICIEMBRE DEL 2012 Y ME LLEGA UNA FACTURA DE COMPRA RECIEN TENDRE Q PAGAR LA MULTA COMO DATOS FALSOS POR FAVOR
Miguel Torres dice
No, porque no hay tributo omitido.
Humberto A. López Luera dice
Sinceramente les agradezco por la ayuda que brindan Uds. a los usuarios. y aprovecho consultarles lo siguiente mi cliente me informa
que tres boletas de venta se quedaron en su oficina pero la declaración ya se presento es decir me estoy refiriendo al mes de Octubre 2012, sé
que debo rectificar, estoy sujeto a la multa y como pido su ayuda.
Miguel Torres dice
En tu caso has omitido la venta de 3 boletas de ventas, tendrás que rectificar la declaración y pagar la multa por tributo omitido.
Miguel Torres dice
Es correcto, la multa es por el tributo omitido tanto en renta y/o IGV
Yenny dice
Hola, por favor quisiera hacerte la siguiente consulta: Presenté mi declaración de Octubre (PDT 621) antes de mi fecha de vencimiento; mis ventas no gravadas (por encontrarme en el Régimen de la Amazonía) fueron S/. 25,000, y ya hice el pago correspondiente del impuesto, pero hoy, una institución a la que vendí, me anula una factura por S/. 5,700 porque quiere que le facture con Noviembre, en ese caso, como podría hacer la Declaración Sustitutoria que vence el jueves 22, mi pregunta es ¿qué concepto rectificaría en el PDT: IGV y Renta o sólo IGV. Mil gracias por tu respuesta y, que Dios te bendiga siempre por las orientaciones que nos das.
Alfredo Andrade dice
Una consulta hice mi declaración de julio con 0.00 y en la agosto rectifique la de julio y pagué el importe correspondiente ahora me están aplicando una multa, hoy 14 de noviembre me llegó la notificación con fecha 26 de octubre. Tengo dos consultas: si a pesar de haber rectificado y pagado aplica la multa? y hay un plazo para que me notifiquen ya que me queda solo dos días para presentar reclamo según la resolución, pues te dan 20 días.
nataly dice
hola en el mes de setiembre es regimen especiaal y lo declare como regimen general , pero no tuve ni venta y si compra asi ke me salio cero para para pagar puedo tener multa ??? k puedo ahcer ahora me toca declarar en noviembre lo declatro como especial ?? por favor ayudame . gracias
MIRTHA dice
estimado Miguel mi consulta es la siguiente espero que me ayude a solucionarlo. tengo mi empresa pero como persona natural hace poco hice algunas modificaciones en mi ficha Ruc hice una ampliacion de rubro como venta de peroductos por mayor y menor, yo queria saber si puedo seguir utilizando mis facturas anteriores como el rubro de servicio que es mi actividad principal, por que mande a imprimir nuevas facturas, dime que hago con las facturas anteriores sigo utilizando hasta terminarlos o los doy de baja esos numeros que me quedan que hago dime.
Miguel Torres dice
Si puedes seguir utilizando tus facturas antiguas, si deseas anulas las facturas que te faltan para acabar y manda a imprimir las nuevas facturas.
JUSTO LUA dice
HOLA AMIGO ME DA MUCHO GUSTO PODER COMPARTIR ALGUNAS IDEAS Y MAS Q NADA CON TUS CONSULTAS Y RESPUESTAS ESTES AYUDANDO. Y TENGO LA SGT, CONSULTA
DECLARE EL ME SDE JUNIO, PERO SIN EMBARGO COMETI UN ERROR AL INGRESAR NOATS DE CREDITO COMO COMO FACTURAS EN MI COMPRA QUIERO CORREGIR EL CASO PERO COMO …… GRACIAS ( JUSTO L.)
Miguel Torres dice
Rectifica tu declaración para corregir dicho error.
JHON AYALA dice
GRACIAS POR LA RESPUESTA,, DECLARE MI PDT 0621 RENTA MES GENERAL[CONTRIBUYENTE UBICADO EN SAN MARTIN(EXISTE EL BENEFICIO TRIBUTARIO AUN)], UNICAMENTE COMPRAS MUCHO ANTES DE SU VENCIMIENTO SEGUN EL CALENDARIO POR LA WEB, PERO TENGO VENTA QUE NO LO DECLARE, PUEDO DECLARAR ESAS VENTAS YA QUE AUN ESTOY DENTRO DEL TERMINO DE VENCIMIENTO DIGITO 3 Y SI HUBIERA MULTA POR ESTO….. OTRA DATO CUANDO SE ENTIENDE POR RECTIFICATORIA O SUSTOTUTORIA DE UN PDT
Miguel Torres dice
Puedes SUSTITUIR tu declaración si esta antes de la fecha de vencimiento.
Carmen Rosa dice
Estimado amigo Miguel te hago una consulta declare pdt 621del mes de Mayo 2012 regimen general pero debia declarar en regimen especial y tambien se pago en regimen general puedo rectificar dicha declaracion ,modificar el codigo del impuesto por eso no tengo multa,porque no voy a modificar la cantidad espero tu respuesta y te agradesco antemano que Dios te Bendiga por ser como eres muchas gracias
Miguel Torres dice
Siempre y cuando no haya tributo omitido o crédito indebido
Miguel García dice
por la primera rectificatoria no hay multa, 2 o mas si tienen multa.