Destacan la creación del Sistema de Pensiones Sociales
Crecerá rentabilidad de pensiones y reducirá comisiones, dijo Lora
Justifican. Facultades a Sunat para cobranza reducirá procesos judiciales.
La ampliación de la cobertura del sistema privado de pensiones dispuesta mediante la Ley 29903 a favor de los trabajadores independientes, genera conciencia previsional en este sector productivo de la población, sostuvieron diversos laboralistas.
La norma, que reforma el Sistema Privado de Pensiones (SPP), establece que el trabajador independiente que no supere los 40 años de edad, debe afiliarse a un sistema pensionario, teniendo que optar por el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el SPP, estableciéndose como plazo máximo de elección la fecha en que percibe la renta de cuarta y/o quinta categoría regulada en la Ley del Impuesto a la Renta.
Finalizado ese plazo, si no hubiese manifestado su voluntad de afiliarse a un sistema pensionario, se afiliará o el agente de retención lo afiliará, según sea el caso, a una AFP acorde a los lineamientos establecidos por la misma norma.
Afiliación facultativa
La afiliación a un sistema pensionario será facultativa para los trabajadores independientes con más de 40 años a la fecha de entrada en vigencia de la ley, que será 120 días después del día siguiente de la publicación de su reglamento.
Para todo efecto, se entenderá por trabajador independiente al sujeto que recibe ingresos considerados rentas de cuarta y/o quinta categoría, de conformidad con lo previsto en la Ley del Impuesto a la Renta, vale decir, trabajadores independientes con contratos de prestación de servicios cuarta-quinta.
En ese contexto, el especialista en derecho laboral Ricardo Herrera Vásquez rerfirió que con estas medidas positivas no solo se ampliará la base de aportantes, lo cual ocasionará un efecto benéfico en la reducción de las comisiones, sino que inclusive se generará una cultura de ahorro previsional en los independientes, lo que, a su juicio, es importante con la aprobación de la Ley 29903.
Pyme
Calificó además como positivas las modificaciones efectuadas al SPP para la creación del Sistema de Pensiones Sociales, lo que, desde su punto de vista, constituye un avance importante en la formalización de las pymes.
“La principal aspiración que tienen los trabajadores, conductores y dueños de estos negocios es básicamente tener un sistema de seguridad social, que con su incorporación al Seguro Integral de Salud (SIS) se avanzó, y un sistema de pensiones que con la ley que reforma el SPP por fin se podrá desarrollar”, explicó.
En virtud de la reforma efectuada, se crea el Sistema de Pensiones Sociales de carácter obligatorio para los trabajadores y conductores de microempresas que no superen los 40 años de edad y que estén en los alcances de la norma reformadora, siendo de carácter facultativo para los demás trabajadores y conductores mayores de esa edad.
Los trabajadores independientes
“Es importante tener conciencia previsional en el Perú y los trabajadores independientes deben pensar en que cuando tengan 65 años de edad deben gozar de una pensión”, expresó el laboralista Germán Lora, quien calificó de positiva la ampliación de la cobertura del SPP.
A juicio del experto, la ley reformadora conlleva entonces un cambio cultural, al margen de la forma que, en virtud a esta norma, se empleará para cobrar a los independientes.
“Esperemos que las AFP, su asociación, y los pensionistas tengan claras las reformas, sin perder, desde ningún punto de vista, que lo que se busca es que las comisiones sean menores y que haya rentabilidad para una jubilación acorde con lo que necesita una persona al cumplir 65 o más años de edad”, detalló.
Diario El Peruano (24.07.2012)
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