Necesariamente, ¿tengo que registrar en el registro de compras los recibos por honorarios, o solamente los declaramos en el PDT PLAME?
Respuesta
Bajo la connotación contable, el REGISTRO DE COMPRAS, es aquel registro donde se consignan los documentos de compras y gastos que la empresa asume. Para efectos Tributarios, el Registro de compras, contiene solo aquellos comprobantes que atribuyen el uso del Crédito fiscal, por ende, el R.H. se imputa en el REGISTRO DE COMPRAS, por su connotación contable; sin embargo, para efectos tributarios este documento no tiene incidencia, ya que no se informa en el PDT 621, sino en el PDT PLAME.
Muchas empresas llevan el Registro de Compras tributario, por ende aquellos documentos que no otorgan derecho a crédito fiscal, lo registran directamente en su LIBRO DIARIO; sin embargo, es un criterio de la empresa en evaluación a los recursos con los que cuenta.
Buen día, Consultita si ya llevo varios años anotando los recibos por honorarios en el registro de compras , y declarándolo en el PDT 621 , ello conllevaría a alguna sanción ?
Aún en el tiempo, todos tus comentarios son excelentes, felicitaciones Miguel!!!!!!
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Una consulta por favor… En una empresa de transporte, los peajes que se pagan otorgan crédito fiscal?? van anotados en el registro de compras??.. Gracias
Si es correcto, los peajes otorgan derecho al crédito fiscal.
Muy buena la ayuda ….
Muchas gracias, buen día 🙂
Hola. como registrar recibos por honorarios emitidos en dólar para el Pdt Plame. gracias
Lo pasas a tipo de cambio venta de la fecha de pago para anotarlos.
MIguel buenos días espero que me respondas lo mas pronto posible te agradeceré.
Mi consulta es con respecto al pago de los impuestos municipales si se anota en el registro de compras o se registra directamente al Diario.
Si la empresa siempre lo ha considerado en el registro de compra, hay alguna infracción de por medio??? cuál sería lo correcto.
Se anota el libro diario.
Hola una consulta tengo un recibo de ingreso de caja que emite sunat lo ingreso por compras o por diario y si es por diario lo podré considerar como gasto
Solo ingresalo por diario, y si es un gasto.
Los recibos por alquiler ( de renta de primera) en que casillero del PDT 621 o es en el PDT 601? y en mi registor de compras en que columna iria por que no tengo IGV que registrar.
No se anotan en el PDT, pero si lo podrías hacer en tu registro de compras.
Hola Miguel Torres, quisiera tener mas en claro este caso. para sustentar el gasto del alquiler el arrendatario me entrega un voucher del pago del impuesto de renta de primera categoria del banco de la nación. si lo ingreso en el registro de compras. ¿Con que código deComprobante de pago va? ¿con la 13 Documento emitidos por Bancos e Instituciones Financieras?
En ese caso tu registras el recibo de arrendamiento, que es documento 10.
Amigo una consulta tengo un recibo por honorario pagado y registrado en el mes de Diciembre del 2015 en el Registro de Compras y por lo tanto lo declaré como “Compras no Gravadas-Internas” en la casilla 120 del PDT 621, tengo la obligación de declararlo ahora en Enero del 2016 en el PDT 601, ya que no lo declaré en Diciembre del 2015 en el PDT 601?
Por favor agradecería tu respuesta.
Los recibos por honorarios se declaran en el PDT PLAME, y no necesariamente en el PDT 621, finalmente los recibos por honorarios se declaran según la fecha de pago.