• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » PLE » Registro de Boletas de ventas en los libros electrónicos

Registro de Boletas de ventas en los libros electrónicos

Publicado por Miguel Torres el 24 de agosto de 2015 78 comentarios

La anotación de las boletas de ventas en los libros electrónicos es un caso particular, porque pueden ocurrir diversos supuestos, por la emisión al consumidor final.

Por ejemplo una empresa puede emitir una boleta de venta de la siguiente manera:

  • Boleta de Venta Anulada
  • Boleta de Venta por un monto de S/. 2.00 soles (sin datos completos)
  • Boleta de Venta por un monto de S/. 900.00 soles (datos completos)

Cada tipo de emisión de una boleta de venta conlleva a una forma distinta de anotación en los libros electrónicos.

A los 3 supuestos antes mencionado podemos sumarle el registro consolidado de las boletas de ventas emitidas en un solo día (un solo registro por todas las boletas emitidas en una sola fecha).

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Boletas de Ventas en los Libros Electrónicos
    • 1. Boleta de venta anulada
    • 2. Boleta de venta con importe menor a 700 soles
    • 3. Boleta de venta con importe mayor a 700 soles
    • 4. Boleta de Venta consolidado en los Libros Electrónicos

Boletas de Ventas en los Libros Electrónicos

Veamos como realizamos la anotación de los 3 supuestos antes mencionados:

1. Boleta de venta anulada

anulado

Para realizar la anotación tenemos que tener en cuenta los estados o indicadores que se pueden utilizar en el registro de ventas, para este caso utilizaremos el estado “2”.

anulado-ple

Una vez generado nuestro archivo de texto, lo validaremos con el PLE para verificar si esta correcto.

ple-anulado

2. Boleta de venta con importe menor a 700 soles

soles

En este caso la boleta de venta ha sido emitida por un monto de S/. 2.00, donde es muy común que emitan la boleta de venta sin los datos completos.

boleta-ple

Una vez generado nuestro archivo de texto, lo validaremos con el PLE para verificar si esta correcto.

ple-boleta

3. Boleta de venta con importe mayor a 700 soles

900 soles

En este caso la boleta de venta ha sido emitida por un monto de S/. 900.00, donde el emisor está obligado a detallar los datos completos del usuario.

boleta-venta

Una vez generado nuestro archivo de texto, lo validaremos con el PLE para verificar si esta correcto.

ple-boleta-venta

4. Boleta de Venta consolidado en los Libros Electrónicos

Los negocios de venta al consumidor final, como restaurantes, tiendas comerciales, librerías, etc es muy común que en el día realicen la emisión de 50 a 100 boletas de ventas por día.

Para realizar la anotación de este tipo de operaciones no necesitamos registrar boleta de venta por boleta de venta, tenemos la opción de poder registrar todas las boletas de ventas emitidas por día.

Por ejemplo: La empresa Noticiero del Contador SAC, el día 20 de Julio de 2015 emitió 150 boletas de ventas (001-100 – 001 – 249) dando un total de 4130 soles.

consolidado-ple

Una vez generado nuestro archivo de texto, lo validaremos con el PLE para verificar si esta correcto.

ple-consolidado

Recomendación

  1. Esta semana empezamos el Curso Presencial: "SIRE SUNAT 2025", te permitirá aprender como presentar los registros electrónicos utilizando macros en excel, si deseas información, te dejo este link: Taller Práctico SIRE SUNAT 2024.

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: boletas electrónicas, libros electronicos

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

78 comentarios

  1. Marco Oncebay dice

    10 de enero de 2023 a las 10:43 am

    Miguel, las boletas por ingreso de regalias al no calificar como servicios al exterior, no seria obligatorio ni necesario registrarlo por el registro de ventas. o planteas que deberiamos registrarlo.

    Responder
  2. Karina dice

    7 de diciembre de 2022 a las 5:12 pm

    Buenas tardes Miguel, mi consulta es que tengo varias boletas que no superan el monto de 700 soles, pero al sumar tan solo de un día llega a sumar S/ 61,000.00 , seria correcto registrarlo así agrupado por día o tengo que desagregarlo porque la cantidad es alta. Gracias de antemano

    Responder
  3. Urbano dice

    16 de agosto de 2021 a las 12:19 pm

    Gracias por la ilustración, me despejo muchas dudas que tenia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2021 a las 5:59 pm

      Muchas gracias 🙂

  4. Lupe dice

    9 de abril de 2019 a las 11:43 am

    Muy Interesante.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 11:49 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  5. Katy dice

    19 de marzo de 2019 a las 12:58 pm

    Hola queria saber si las boletas son electrónicas en mi libro de ventas que envio al ple se puede enviar consolidado?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de marzo de 2019 a las 2:51 pm

      Si son emitida en un mismo día y menores a 700 soles.

  6. Maria Chavesta dice

    22 de enero de 2019 a las 4:39 pm

    Hola Miguel, una consulta tengo boletas emitidas en un dia bajo las tres modalidades: anuladas, mayor a 700 y menor a 700, la pregunta es Puedo agruparlas y declararlas del numero 01 al 100 TOTAL S/15200, o en estos casos no procede generar asi el libro electrónico.

    En espera de tu atención.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de enero de 2019 a las 6:05 pm

      Las boletas anuladas, ni superiores a 700 soles se pueden consolidar.

  7. Cecilia Garcia dice

    19 de enero de 2019 a las 1:07 am

    Buenas noches miguel una consulta olvide declara en PLE una venta con factura de diciembre 2018, lo puedo declarar en enero 2019? y la otra duda es en el PDT 621 si lo declaro o también lo dejo para enero, gracias por la ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de enero de 2019 a las 1:33 am

      En el PLE lo puedes corregir con el estado 8 en el siguiente periodo. En el PDT si debes declararlo.

  8. Fredy dice

    9 de enero de 2019 a las 11:01 am

    Hola Miguel buenos días, una consulta referente a la boleta de venta por canasta navideña de transferencia gratuita como se registraría para el libro electrónico de venta. gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de enero de 2019 a las 4:29 pm

      Como una boleta venta (es igual el registro).

  9. Juan dice

    5 de julio de 2017 a las 4:44 pm

    Hola Miguel gracias por tu aporte.

    Por error se registro boletas de ventas anuladas con el codigo 1 pero los valores en 0.00 en algunos meses, se tiene que subsanar este error? existe alguna multa por este error?

    Nuevamente muchas gracias por la respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de julio de 2017 a las 12:53 am

      No existe multa, pero deberias corregirlo, llevarlo a monto cero con el estado 9 (colocando un detalle de anulado en el tipo de contribuyente) Ej. 0 – 10001 – Comprobante Anulado (donde colocas los datos del cliente).

  10. Gabriela dice

    15 de junio de 2017 a las 12:38 pm

    Señor Miguel, buenas tardes. Estuve viendo su pagina web de contables y quisiera que me ayude en mi problema.
    Tengo una botica y estoy en el régimen especial, y solo emito boletas. Quisiera saber cómo hacer mis registro de ventas en un libro contable manual.
    Considerando que mis boletas (en la mayoria de casos) son de importes menores.

    Responder
  11. Liz dice

    18 de abril de 2017 a las 7:23 pm

    Hola, con respecto al llenado del libro de ventas donde coloco el consolidado de boletas? y es necesario hacer el desglose de valor venta, igv y total, por las boletas??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de mayo de 2017 a las 3:12 am

      Existe dos columnas para colocar la boleta inicial y final.

  12. Mercedes dice

    7 de abril de 2017 a las 11:47 am

    Buenos días, una consulta tengo una botica y llevo mis boletas de venta manual (sin sistema), puedo consolidar mis ventas para anotarlas por dia en el registro electronico de ventas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:43 am

      Si es correcto, puedes consolidar por día.

  13. Genesis dice

    28 de marzo de 2017 a las 1:32 pm

    Hola mi consulta era sobre como registrar varias boletas de ventas en un mismo día, intenté según el ejemplo que aquí observo… lo valide pero sale invalido de leer

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de marzo de 2017 a las 2:16 pm

      Solo debes consolidar las boletas de un día, colocando la boleta inicial y final.

    • Génesis dice

      29 de marzo de 2017 a las 7:15 am

      Pero me refiero a que campo del registro de ventas electronico… o es que la consolidacion es otro formato diferente… espero tu respuesta, soy nueva en esto. Gracias

    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2017 a las 10:33 pm

      Claro en ventas puedes consolidar las boletas pero emitidas en un día, no puedes consolidar las boletas emitidas en 3 días o por semana.

  14. Noe Mercedes dice

    6 de marzo de 2017 a las 12:25 pm

    Miguel una consulta se debe seguir un orden, es decir primero facturas boletas, o en caso haya varias series tanto en boletas como facturas, o basta con que en dada grupo (por decir, todo boletas) este ordenado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2017 a las 4:46 am

      Se debe anotar en forma cronológica.

  15. Noe Mercedes dice

    28 de febrero de 2017 a las 7:28 pm

    Hola Miguel esta pregunta es de suma importancia, puedo enviar consolidados de un mismo día, que no son anuladas ni superan los S./700.00; pero que son boletas de diferente serie; y cito el ejemplo, 1-3069; 3-710 y 3-711; todas ellas del día 06/01/2016. Si la respuesta es sí, como se haría en ese caso. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2017 a las 12:33 am

      No se puede, el consolidado es por día y por serie.

  16. Ana Sarella dice

    29 de diciembre de 2016 a las 3:27 pm

    Gracias por tu apoyo, bendiciones!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2016 a las 5:22 pm

      Muchas gracias 🙂

    • Roxana dice

      9 de mayo de 2017 a las 12:31 pm

      Hola Miguel:
      Una consulta tengo una empresa que estoy declarando todo el año 2015 y solo gira boletas y cada boletas sumas mas de 1300 porque vende todo lo que es licores el problema es que ninguna de estas boletas tienen D.N.I como haria en este caso… Gracias por tu ayuna

    • Miguel Torres dice

      12 de mayo de 2017 a las 5:53 am

      Pues la norma menciona que toda boleta por importes mayores a 700 debe tener los datos completos, no se puede hacer nada en tu caso.

  17. Jimmy dice

    18 de noviembre de 2016 a las 9:31 am

    Estimado Miguel, ante todo muy buenos dias, pero que sucede si dentro de las 150 Boletas de Ventas tengo 10 anuladas en diferentes números. ¿como haría en ese caso?.

    Gracias por tu apoyo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2016 a las 3:39 am

      Tienes que anotarlo por separado, no lo puedes consolidar.

  18. Milagros dice

    17 de octubre de 2016 a las 4:45 pm

    Buenas Tardes, tengo una duda de en que cuenta se debe considerar la compra de libros contables de una empresa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de octubre de 2016 a las 1:43 am

      Una cuenta de gasto, por ejemplo 63 o 65.

  19. Erik dice

    6 de septiembre de 2016 a las 6:32 pm

    Amigo una consulta, en la columna 2 que información debo de considerar mi empresa esta en el régimen especial. saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de septiembre de 2016 a las 12:06 am

      Solo colocas un correlativo. Ejemplo: 1, 2, 3 …

  20. Luz Hurtado dice

    26 de agosto de 2016 a las 5:15 pm

    Hola Miguel, una consulta como debe consolidar las boletas del día si por ejemplo dentro de mis ventas del día tengo boletas anuladas, se toma todo el correlativo o hago cortes entre anulado y anulado, quedo a la espera de tu respuesta, Muchas gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2016 a las 12:21 am

      Las boletas anuladas se anotan separadamente.

  21. Nathali dice

    11 de agosto de 2016 a las 4:20 pm

    Buenas tardes miguel si la empresa esta en el regimen especial y emite boleta y registro de manera consolidado como deberia ser el el codigo 03 o 99?, te agradesco por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de agosto de 2016 a las 6:35 pm

      Ya no existe el codigo 99, utilizarias el 03.

  22. Marialexandra dice

    14 de junio de 2016 a las 10:56 am

    Buenos dia una consulta, ejmplo: he vendido y he entregado boletas, pero no se ha detallado el nombre de la persona ni nada , y quiero registrarlo en el CONCAR , si bien soy un RER, estas boletas son como facturas, pero como haría para llenar los datos de nombres que no tengo. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2016 a las 2:17 pm

      En el concar tendrías que crear un anexo: cliente varios con un ruc: 10000000000, por ejemplo. En todo caso consulta con tu proveedor del software.

  23. Gerson dice

    18 de mayo de 2016 a las 9:29 am

    Amigo Miguel buenos dias, la presente es para consultarte el registro de los pagos de alquiler en el registro de compras de una persona natural con negocio en regimen especial, y que codigo le corresponde si es de un mes anterior al periodo informado y el codigo de tipo de comprobante de pago.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:15 am

      No hay un codigo o estado para anotar operaciones pasadas en el registro de compras.

  24. castro dice

    16 de marzo de 2016 a las 10:41 pm

    miguel.

    El PLE valida mis archivos FEB-16, sin embargo cuando presioné enviar, me salio error con un mensaje del Art. 8 inciso (a) y (c) Resol. 286-2009 sunat. he intentado varias veces, y se envió el archivo de ventas FEB-16, al revisar en el historial solo se ve el archivo enviado de FEB-16. ¿como solucionar este caso miguel?

    Responder
  25. Carlos Quinto dice

    12 de marzo de 2016 a las 9:10 pm

    Una consulta miguel, al momento de ingresar las boletas de ventas en el registro de ventas para el ple encontro boletas con importes mayores de 700 soles sin nombre, sin dni y sin dirección del cliente, solo lo pusieron varios, en este caso que le digo al cliente, hay alguna multa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de marzo de 2016 a las 4:14 am

      El problema es que dicho comprobantes deben ser llenados correctamente, para que no tengas problemas en tus libros contables. Si hay infracción por no anotar correctamente los libros contables y podrías tener problema con los comprobantes si le emites uno así a un fedatareo de la sunat.

  26. David dice

    22 de febrero de 2016 a las 3:02 pm

    Que tal miguel dime en el caso de tickets si el numero de este esta con letras y numeros y sin serie como hago el registro de compras electronico y con que estado…gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de febrero de 2016 a las 7:02 am

      El estado será 1 si la fecha de emision es del periodo, si es pasado será 6 (dentro de los 12 meses), sobre la serie y numero, puedes desdoblar el numero que te aparece en el ticket.

  27. Patty dice

    19 de febrero de 2016 a las 4:16 pm

    CONSOLIDADO DE BOLETAS DE VENTA EN EL NUMERAL 3.4 DEL ART 10 DEL REGLAMENTO DEL IGV, se refiere a que internamente yo ese resumen de las boletas de venta del dia voy a realizar UN REGISTRO AUXILIAR DE VENTAS EN EXCEL DONDE INDIQUE LA FORMA DETALLADA DE CADA UNO DE LAS BOLETAS DE VENTA,excepto las boletas anuladas y las que superan los 700 soles?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 9:37 pm

      Es correcto, las boletas anuladas deben ir separadas, al igual las boletas que superan los 700 soles.

  28. Castro dice

    18 de febrero de 2016 a las 12:04 pm

    Que pasa si envío las boletas de venta consolidadas solo con el ultimo numero

    ejemplo 001-00100 al 001-00198

    Envié el PLE con la suma total de este grupo y solo con el Numero 00198 ¿es correcto? ah.. y dentro de ellas hay anuladas. ¿es correcto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 6:56 am

      No es correcto, en el PLE debe figurar el numero inicial y final. Por otro lado los comprobante anulados deben anotarse individualmente.

    • Castro dice

      2 de marzo de 2016 a las 7:04 pm

      Miguel, el día 02/02/2016 se emitieron B/V 2500 a 3000. (la 2510 anulada) (la 2600 x 750) Consulta, ¿los intermedios se podrán consolidar? osea.

      (2500-2509 Consolidado-Estado1) (2510 por separado-Estado 2)
      (2511-2599 Consolidado-Estado 1) (2600 por separado-Estado 1)
      2601-3000 Consolidado-Estado 1) ¿es correcto? 5 filas en el PLE de la misma fecha?

    • Miguel Torres dice

      3 de marzo de 2016 a las 4:50 am

      Es correcto, claro las 5 operaciones en un solo día.

  29. Luis dice

    17 de febrero de 2016 a las 3:46 pm

    ¿Las boletas que superan 700 soles debo mandarlas por separado o pueden ir el consolidado del dia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 8:08 am

      Deben mandarse separado.

  30. Luis dice

    17 de febrero de 2016 a las 3:45 pm

    Yo tengo como 200 boletas al dia y lo que he estado haciendo es mandar el consolidado del dia ejemplo el dia 01 de la 100 a la 300 suma 5000 soles y aqui mi duda, dentro de ellas hay varias anuladas. ¿Debo separar las anuladas y enviar por separado en otra columna o solo poner de la 100 a la 300 el total ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 8:09 am

      Las anuladas de anotan por separado.

    • Wilder Castillo dice

      13 de enero de 2018 a las 1:27 pm

      Miguel y como se envian las Boletas Anuladas

  31. Cecilia dice

    16 de noviembre de 2015 a las 10:17 am

    Hola, tengo una consulta , he realizado compras pero me emitieron BV. Y cuando los quiero ingresar en el registro de compras no me permite. Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de noviembre de 2015 a las 12:52 pm

      Tienes que usar el estado cero para los libros electrónicos.

  32. Meche Ortiz dice

    31 de agosto de 2015 a las 1:10 pm

    Hola Miguel, mi agradecimiento anticipado por la respuesta a mi consulta: Una persona natural que esta obligada a llevar REg de ventas electrónico , ha tenido recien una inducción por parte de la sunat por el periodo de mayo 2014 a abril 2015, y psa que en abril del 2015 le han hecho aumentar sus ventas y rectificar su PDT, entonces mi duda si debo o no rectificar mis ingresos en el libro electrónico del mes de abril 2015 o en el próximo mes ( mayo2015) se hace esto, gracias nuevamente

    Responder
  33. Cesar Merino dice

    28 de agosto de 2015 a las 9:34 am

    Hola Miguel, mucho agradeceré alcances información que campos debo utilizar en el envió del registros de ventas por operaciones con boletas de ventas de 01 día utilizadas mas de 200 boletas, en los parámetros de sunat consignan envió en total de un día solo para operaciones efectuadas en maquina registradora (emisora de tikets) (columna 08 -09). Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2015 a las 12:30 am

      Revisar las estructuras amigo, el consolidado también se puede usar para las boletas de ventas, también utilizaras los campos 8 y 9 (boleta inicial y boleta final).

  34. Elsa M.D dice

    25 de agosto de 2015 a las 1:49 pm

    Hola Miguel, muy buena la información que nos brindas, sin embargo quisiera hacer un comentario ya que tuve una revisión de SUNAT y me observaron el código que había registrado al momento de consignar el consolidado de las boletas de venta de una fecha determinada.
    puesto que en la columna que identifica el tipo de documento puse 03 refiriéndome a las boletas y la corrección fue que debía colocar el código 99 (otros-consolidado de boleta de venta).
    Espero tu comentario.
    gracias.

    Responder
    • Carmen dice

      25 de agosto de 2015 a las 3:24 pm

      Hola Elsa M.D , leí tu publicación, y yo también envié mis libros electrónicos, por primera vez, con boletas de venta consolidadas, con código 03 , te sancionaron por ello?, o solo te lo observaron.

    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2015 a las 2:29 am

      No hay sanción por cometer errores en la anotación.

    • Karmen dice

      31 de agosto de 2015 a las 9:53 am

      Muchas gracias 🙂

  35. Jennifer dice

    25 de agosto de 2015 a las 12:01 pm

    Miguel tus boletines son de gran ayuda gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de agosto de 2015 a las 2:27 pm

      Muchas gracias 🙂

  36. Juan Carlos dice

    25 de agosto de 2015 a las 11:22 am

    Bien Miguel, en verdad tus boletines son muy informativos y tus cursos de gran ayuda, espero pronto puedas realizar alguno referente a la implementacion de niff para este 2016. Un abrazo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de agosto de 2015 a las 2:39 pm

      Gracias por el comentario, si es buen tema especialmente dirigido a empresas que venden mas 3,000 UIT (medianas a mega), lo tendré en cuenta.

  37. Manuel Pizarro dice

    25 de agosto de 2015 a las 10:59 am

    Gracias por los aportes, son de gran ayuda.
    Tengo una consulta ojala me pueda ayudar, hemos estado mandando nuestro consolidado de ventas por el total del mes colocando la ultima fecha del mes, hay multa por no hacerlo de manera diaria y como se corrige.
    Le agradezco su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2015 a las 3:32 am

      No hay multa, solo tienes que subsanarlo con el estado 9 y estado 8 para los que te faltan agregar.

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

SIRE SUNAT Presencial 14 Junio 2025

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto