Es un registro auxiliar en el que se anota en orden cronológico y correlativo todos los comprobantes de pago en el desarrollo de sus operaciones, así mismo todas estas operaciones deben ser registrados en el registro de ventas cuyo llevado son requisito de orden tributario.
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
Importancia
Su registro nos permite determinar el Impuesto Bruto o Débito Fiscal y consiste en aplicar la tasa el Impuesto del 18% sobre base Imponible correspondiente al valor de venta de las mercaderías que toda empresa transfiere o vende.
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Base Legal
El artículo 37 del TUO de la Ley del IGV e ISC menciona:
Los contribuyentes del Impuesto están obligados a llevar un Registro de Ventas e Ingresos y un Registro de Compras, en los que anotarán las operaciones que realicen, de acuerdo a las normas que señale el Reglamento.
Para llevar el registro de ventas tenemos tres opciones:
- Manual
- Computarizado
- Electrónico
El registro debe ser legalizado por un juez de paz letrado o un notario público, esto aplica para el llevado en forma manual y computarizado.
Por otra parte, el registro llevado en forma electrónica no necesita ser legalizado.
Finalmente, en caso de anotar el registro en formato electrónico, solo sera necesario conservar los siguientes archivos:
- Archivos TXTs
- Constancia XPLE
- Constancia de Anotación PDF
Plazo de Atraso
El registro de ventas no podrá tener un plazo máximo de atraso de 10 días contados desde el primer día hábil del mes siguiente de aquel en que se emite el comprobante de pago.
Adicionalmente, el registro, será llevado utilizando el formato 14.1.
Por otra parte, para el caso del registro electrónico, se deberá tener en cuenta los cronogramas de atraso Tipo A y Tipo B.
Exceptuados del Registro
No están obligados a llevar este registro los contribuyentes que pertenecen al Nuevo Rus.
Formato del Registro de Ventas
El formato del registro de ventas para el levado físico y computarizado se establecido mediante la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT.
Recomendación
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Danler dice
Buenas, para imprimir el registro de ventas de manera horizontal en hoja A4, como es extenso, se imprime 2 hojas, en ambas caras o cómo??. Gracias
Miguel Torres dice
En hojas diferentes.
Milagros dice
Buenas tardes, yo llevo el registro de ventas en hojas sueltas en excel, tengo que añadir otra columna donde esté el ICPBER ?
Miguel Torres dice
Es corecto.
Sandra dice
buenos dias, tengo una duda en mi caso llevo mi registro de ventas en hojas sueltas, la duda es si mis facturas y boletas de venta lo tengo que ordenar de manera cronologica asi combinado todo o primero van ordenadas las facturas y de ahi las boletas, gracias
Miguel Torres dice
Es por orden cronologico.
Evelyn dice
Buenas una consulta me hicieron un depósito en el mes de Julio y se emitió un recibo de caja, puedo ahora en setiembre emitir una boleta electrónica , en el caso de que no se pueda como lo registro este depósito en el registro de ventas electrónico para julio, puedo utilizar el tipo 13 para especificar ingreso al banco, por favor ayúdenme no tengo mucho conocimiento de estos temas.
Miguel Torres dice
Lo puedes registrar como un anticipo, aunque bajo esa premisa tuviste la obligación de emitir el comprobante de pago electrónico. No puedes utilizar el tipo de comprobante 13.