La Facultad de Reexamen solo se pueden modificar los reparos efectuados en etapa de fiscalización o verificación que hayan sido impugnados.
RTF Nº 01700-9-2023
Se declara nula la resolución apelada en el extremo del reparo por gastos comunes por operaciones gravadas y no gravadas referentes a sueldos de personal, por no haber seguido la Administración el procedimiento previsto en el artículo 127 del Código Tributario, al modificar el sustento de dicho reparo, por lo que en virtud del artículo 150 del citado código corresponde emitir pronunciamiento debiendo dejarse sin efecto la resolución de determinación emitida por el Impuesto a la Renta del ejercicio 2010 en cuanto al referido extremo.
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