A partir del 29 de diciembre del 2014 a afectos de realizar los depósitos de detracciones, tanto en la modalidad individual como masiva, se deberá consignar la siguiente información adicional:
- Tipo, serie y número del comprobante de pago que corresponde a la operación que ha originado dicho depósito.
- Tipo y numero de documento de identificación del adquirente: RUC, DNI, Carnet de Extranjería, Pasaporte o Cédula de Identidad.
Asimismo, se puede descargar el nuevo formato preimpreso a través de la página web de Sunat.
Consulta, cual es el código que debo de colocar para el pago de una detracción de servicio de transporte de bienes y el porcentaje actual
Cual es el numero del comprobante de deposito de detraccion por favor?
El que figura en el voucher de deposito, tiene 15 dígitos.
Hola Miguel, por fa me podrias ayudar a obtener el excel para pagos masivos de detracciones formato Sunat txt. Gracias
Por el momento no tengo ese formato.
Una consulta con ese nuevo formato en la parte de comprobante, que es lo que se debe poner? ya que primero debo pagar para que me den la factura, o como es? EXPLICAME 🙁
Claro en el voucher de deposito tiene que colocar la serie y numero de factura, mejor dicho necesita tener la factura a la mano para realizar el deposito.
Porque razón, no puedo depositar la detracción con DNI… si guiro boleta, abra alguna solucion
Porque las boletas no están afecto a detracciones.
Pero las boletas que emito son venta de terreno con DNI, y (siempre e depositado la detracción con DNI)
Tienes algún formato o programa con los nuevos datos para los pagos masivos de detracción
buenas tardes necesito una consulta ,tengo q pagar las detracciones y tengo las de modelo antiguo (recibos) dime aun los puedo usar, me dicen q puedo anexar el numero de fact parte de abajo gracias.
Si es correcto, solo detalle los datos del comprobante.
HOla, una consulta, cuando publicaron la base legal de este cambio?
No hay base legal publicada en el peruano, el cambio se menciono en el portal de sunat, ahi puedes revisarlo en el rubro detracciones.
buenos días amigo una consulta laboral bueno tengo un trabajador que esta trabajando con nosotros y bueno el labora ya 2 meses y esta sin rh y planilla lo que pasa el señor desea retirarse y esta reclamando sus beneficios sociales o si no se iría al ministerio de trabajo que pasa si el va al ministerio de trabajo, como respondería a ese trabajador por que también hay 15 mas que están sin planilla que pasaría como evitar nada grave cuales son los artículos en donde habla sobre ello que por lo que yo se estando un mes en planilla tengo derecho a todos mis beneficios espero su respuesta deseo que me responda como la persona que hace la denuncia y como empresa
gracias
Es correcto, desde que tu laboras en una empresa desde el primer día debes estar en planilla, si deseas base legal el Decreto Legislativo 728.
Porque SUNAT esta realizando estos cambios
Para tener un mejor control de las detracciones y compras del contribuyente. De esta manera si detecta un error, te va reparar el IGV de la factura de compra.