Los nuevos negocios que deseen registrarse deben presentar una proyección de sus ingresos para corroborar cuál es su tamaño.
Los empresarios que desean obtener beneficios laborales o financieros para sus negocios deben inscribirse en el Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa (Remype).
La funcionaria de la Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente de la Sunat, Karina Gutiérrez, manifiesta que el Remype también da facilidades a las empresas para que participen en las compras estatales.
Además, las mype registradas pueden quedar exoneradas de algunas sanciones tributarias.
Traslado
Gutiérrez explica que la inscripción en el Remype se hacía a través del Ministerio de Trabajo; sin embargo, desde este año la administración de este registro pasaría a la Sunat.
Asimismo, explica que en el portal de la superintendencia (www.sunat.gob.pe) existe una lista de empresas que no cumplieron con los requisitos para ser incorporados en el nuevo Remype.
“En la parte inferior de la página encuentran la opción ‘Novedades’, ahí se encuentra el listado de los negocios que tienen hasta el 25 de febrero de este mes para subsanar su situación”, expresa.
1. RUC
Para que una empresa se inscriba en el Remype es necesario que cuente con un RUC y una Clave SOL.
2. Requisito
Las empresas constituidas antes de julio deben acreditar el número de trabajadores y las ventas.
3. Nuevas
Las nuevas solo deben acreditar que venden hasta S/.570,000 (micro) y S/.6’460,000 (pequeñas).
4. Excluidos
Están excluidos del Remype los que pertenecen al negocio de bares, discotecas, casinos y juegos de azar.
5. Gratis
El trámite para la inscripción al registro es gratuito así que no se deje sorprender por los estafadores.
Diario Peru21 (11/01/2013)
Geraldin Mejia dice
Buenas noches, entiendo que como gerente de una EIRL no puedo inscribirme en Remype si no cuento con un trabajador, que pasaria si contrato a un trabajador solo por un mes, luego de doy de baja y yo como gerente me quedo sola en la planilla. Igual mantengo la constancia Remype?
Miguel Torres dice
Si claro.
Bianca dice
Hola Miguel; me acredite el día 20/08/2019 y tengo trabajadores que recién los voy a registrar en el t-registro, lo hago desde el 20/08/2019 que solicite la acreditación? o desde la fecha que me aceptaran la acreditación( después de 7 días)? o lo puedo hacer desde el 15/08/2019?
agradecería me puedas ayudar a resolver estas dudas.
Miguel Torres dice
Lo puedes hacer desde la fecha de acreditación.
Naty Castro Tadeo dice
Hola Miguel buenos días, una consulta, ahora que el registro de Remype paso a la sunat se debe ingresar al trabajador al remype por la pagina del Mintra o basta con ingresar al T-registro donde se indica que el trabajador pertenece a una pequeña empresa. Muchas gracias por tus comentarios.
Miguel Torres dice
No, se sigue registrando por la pagina del Mintra.
Elizabeth Santiago Martel dice
Buen día Miguel,
Consulta, ¿si la empresa se dedica a servicios tecnológicos e informáticos y cuenta con capital de S/600mil se puede inscribir al Remype?
Favor espero tu respuesta.
Apropósito espero tmb estar en uno de tus talleres o formar parte de tus socios. Gracias x la ayuda que brindas.
Miguel Torres dice
Pues si el tema de remype es por el nivel de ventas, máximo 1700 UIT.
ISABEL dice
Buenas tardes, quisiera hacer una consulta, tengo una empresa como sac que empezó sus labores a partir de diciembre del 2013, pero en realidad solo hemos obtenido ganancias durante el mes de marzo y agosto del presente año, debido a que es una empresa prestadora de servicios técnicos computadoras, no tengo trabajadores, como haría para convertirlo a una mype ya que no tengo muchos ingresos
Miguel Torres dice
El registro es por la pagina del MINTRA, necesitas un trabajador como minimo para dicho registro.
isabel dice
Y podria registrarme yo como trabajadora soy dueña y gerente o tiene que ser otra persona, cuáles son los requisitos para inscribirlo como una remype, y porque no como una mype???
Miguel Torres dice
Tiene que ser otro trabajador a parte de usted como dueña.
Jose Manuel 1702 dice
Buenas tardes, tengo a mis trabajadores que iniciaron a laborar el 01/02/2014 y la acreditacion remype salio el 18/02/2014 como micro empresa, puedo darles de baja y volver a contratarlos solo para que esten con fecha de inicio despues de la acreditacion de la remype?, se puedo eso?..
Miguel Torres dice
Tiene que pasar un año amigo.