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Sistema de Contabilidad de Costos

Publicado por Miguel Torres el 16 de febrero de 2021 2 comentarios

Miguel ¿Quiénes están obligados a llevar un sistema de contabilidad de costos?

En el inciso a) del artículo 35 del reglamento del Impuesto a la Renta nos menciona la respuesta:

Cuando sus ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores a mil quinientas (1,500) Unidades Impositivas Tributarias del ejercicio en curso, deberán llevar un sistema de contabilidad de costos, cuya información deberá ser registrada en los siguientes registros: Registro de Costos, Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y Registro de Inventario Permanente Valorizado.

Por lo tanto, estarán obligados a llevar un sistema de contabilidad de costos las empresas cuyos ingresos brutos durante el ejercicio hayan sido mayores a 1500 UIT.

Sistema de Contabilidad de Costos

El sistema de contabilidad de costos incluyen tres registros contables:

  • Registro de Costos
  • Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas
  • Registro de Inventario Permanente Valorizado

Registros Electrónicos

Los tres registros antes mencionados deberán llevarse en formato electrónico las empresa designadas como PRICOS que cumplan dos requisitos:

  • Ingresos brutos iguales o superiores a 3000 UIT
  • Pricos que pertenezcan a la Intendencia Nacional

Conclusión

  1. Están obligados a llevar un sistema de contabilidad de costos las empresas cuyos ingresos brutos durante el ejercicio hayan sido mayores a 1500 UIT.

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2 comentarios

  1. Noé dice

    16 de febrero de 2021 a las 6:41 pm

    Buenas noches, eso aplica solo para las empresas industriales o para todo tipo d empresa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2021 a las 11:09 am

      Existe excepción para el registro de costos para empresas industriales que no realicen un proceso de transformación.

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