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Sunarp aprueba formatos para certificados

Publicado por Miguel Torres el 20 de agosto de 2012 2 comentarios

Establece también tasas registrales por derecho de publicidad

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), por Resolución N° 218-2012-Sunarp/SN, aprobó los formatos para la expedición de los certificados compendiosos que regula el Reglamento de Inscripciones de los Registros Públicos de Testamentos y de Sucesiones Intestadas.

De ese modo, estableció los formatos para la expedición de los certificados negativo y positivo de inscripción de testamentos y sucesión intestada, así como para la emisión de los certificados registrales de sucesiones.

Además, determinó por Resolución N° 219-2012-Sunarp/SN las tasas registrales por derecho de publicidad registral para los certificados negativo y positivo de declaratoria de herederos y testamento, así como para el certificado registral de sucesiones.

La tasa registral para los certificados positivo y negativo de declaratoria de herederos y testamento será de 0.24% de la UIT.

Diario El Peruano (20/08/2012)

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2 comentarios

  1. Roberto Meneses Wilson dice

    19 de septiembre de 2016 a las 10:22 am

    Es indispensable que se indique cuanto es la unidad impositiva tributaria para poder calcular el porcentaje que se deberá pagar.
    UIT: S/. 3,950.00
    0.24% (costo del cert. negativo de declaración de herederos) S/. 9.48
    Es asi?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de septiembre de 2016 a las 1:08 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

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