Los contratos usados por algunas empresas para reducir costos laborales ahora son analizados desde el punto de vista laboral por los auditores del fisco.
La Ley del Impuesto a la Renta (IR) establece que algunos ingresos obtenidos como independientes (rentas de cuarta categoría) se tratan como ingresos de trabajo (rentas de quinta categoría), lo cual ha sido usado por algunas empresas para reducir el costo laboral, que se estima en 39%.
Sin embargo, la Sunat está concluyendo que algunos de estos casos encubren rentas de trabajo (quinta categoría), por lo que corresponde una recaudación por seguridad social (Essalud y ONP), advirtió el laboralista Mauro Ugaz de Ernst & Young (EY).
Requisitos
La Ley del Impuesto a la Renta precisa que cuando existan ingresos independientes pero la empresa designa lugar y horario; proporciona los elementos de trabajo, y asume los gastos del servicio, será tratado como independiente pero tributará como un ingreso de trabajo. Condiciones por las cuales algunos expertos han denominado a esta regulación, coloquialmente, cuarta-quinta categoría del IR.
Así, lo usual, era que en las fiscalizaciones tributarias no analizasen el encubrimiento de una relación de trabajo, sino que únicamente verificaban el cumplimiento objetivo de los requisitos legales. Por lo que esta situación era aprovechada por algunas empresas para reducir indebidamente sus costos laborales, ya que la reglamentación de la Ley del IR, detallaba que la norma solo tenía efectos tributarios.
No obstante, Ugaz explicó que en las nuevas fiscalizaciones tributarias el fisco ya está realizando un análisis de laborabilidad del servicio, para evitar encubrimientos laborales.
“De ser el caso, la Sunat objeta este tipo de contrataciones (cuarta-quinta) y propicia que estos ingresos tributen el pago de Essalud (y ONP)”, dijo.
No obstante, precisó, la Sunat no puede declarar que una relación es laboral o no, sino, solo que sobre ese tipo de ingreso corresponde el pago de aportes y tributos.
Agregó que para que el personal contratado como cuarta-quinta tenga un contrato de trabajo, debe iniciar un proceso judicial, y obtener que el juez laboral establezca este tipo de relación. No obstante, si un empleador considera que el análisis de la Sunat es correcto, es recomendable que regularice su situación e incorpore al trabajador en planillas, anotó Ugaz.
Cifras y Datos
Trabajo. Se prueba con subordinación (horario, lugar de trabajo, mails, memorando y otros), el pago de un salario y que no pueda ser reemplazada la persona en su servicio.
Método. La Sunat cruza la información contable con la información del PDT Planillas Electrónicas. Une criterios laborales, tributarios y contables en su análisis.
Ingresos. El fisco recaudó en el acumulado de enero del 2014 S/. 93.6 millones por rentas de cuarta categoría y S/. 856.6 millones por rentas de quinta categoría, según nota tributaria.
Origen. La fiscalización de rentas de trabajo se originó con los cuestionamientos a la Sunat como ente recaudador de los aportes de Essalud.
Para Recordar
Excluidos. Los abogados y contadores, por una regulación expresa, son trabajadores independientes y encajan en el caso de los contratos, según lo señalado en el inciso e) del artículo 34 de la Ley del Impuesto a la Renta, pero para las demás situaciones no ocurre, refirió Walker Villanueva, del Estudio Ferrero.
El Dato
Opción. Si la empresa no reconoce la acotación tampoco deducirá ese monto de su IR (30%), pero si acepta la acotación (y paga el 9% de contribución a Essalud), sí podrá usarlo.
Diario Gestión (17/03/2014)
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