Todos los trabajadores independientes están obligados a partir de este año a emitir recibos electrónicos por sus servicios profesionales, de arte, ciencia u oficio.
La Superintendecia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) informó a La República que el universo potencial de profesionales independientes obligados a emitir estos recibos son 340 mil.
Al cierre del 2014, el número de recibos por honorarios electrónicos emitidos ascendió a 2,7 millones.
El abogado tributarista Gerardo Novoa indicó que el Régimen General está comprendido por aquellas personas tanto naturales como jurídicas que realicen actividades empresariales o de negocio.
Pero ¿cómo emitir este recibo? Para ello, el contribuyente debe solicitar en una agencia de la Sunat su usuario y password (clave SOL).
El primer paso es ingresar al portal web de la Sunat y seleccionar la opción Operaciones en Línea, la cual lo llevará a otra ventana en la que debe marcar el recuadro que indica: Trámites, Consultas, Declaraciones informativas.
Una nueva ventana aparecerá y deberá colocar allí su número de RUC, usuario y clave. Luego tendrá que ubicar la pestaña que se ubica en la izquierda y seleccionar Comprobantes de Pago y buscar la opción: “Emisión de Recibo por Honorario”.
Es importante que usted conozca el número de RUC de la empresa a la cual emitirá el recibo electrónico. Luego de llenar su recibo, el sistema le mostrará un borrador del comprobante. Para concluir, deberá validar la información y remitirlo a su empleador.
“El uso del recibo electrónico permite el ahorro de tiempo y costos de impresión de documentos, además que le facilita al trabajador independiente la generación de su libro de ingresos y gastos”, explicó la Sunat.
Diario La Republica (27/01/2015)
Mer dice
Hola Miguel un trabajador independiente en el mes puede emitir varios recibos por importes que no superen los s/.1,500.00 ?
Miguel Torres dice
Si puedes emitir no hay problema, solo que si superar los 2807 estarás obligado a declarar el PDT 616.