La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó tres reglamentos que permitirán realizar operaciones con dinero electrónico, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 29985, y establece que cada transacción no excederá los 1,000 nuevos soles.
La Ley 29985 crea y regula el dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera, aprobada por el Congreso y promulgada por el Ejecutivo en enero de este año, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 090-2013-EF.
El documento establece las operaciones que pueden realizarse con dinero electrónico, tales como la conversión y reconversión, pagos (persona a persona, persona a negocio, negocio a persona, persona a gobierno, gobierno a persona), transferencias, entre otras; operaciones que se podrán efectuar mediante teléfonos móviles, tarjetas prepago u otro dispositivo electrónico.
Diario El Peruano (22/10/2013)
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