Miguel ¿Se ha postergado el uso del SIRE SUNAT para el 2024?
Es correcto, pero solo para un grupo de empresas, en este artículo revisaremos que contribuyentes todavía utilizaran el SIRE SUNAT a partir del 2024 de forma obligatorio.
SIRE SUNAT 2024
El día 30 de setiembre se publicó la Resolución de Superintendencia Nº 204-2023, que modifico que empresas estarán obligadas a partir de octubre 2023 y enero 2024.
En este artículo vamos a centrarnos en los incisos c) y d):
Empecemos por el inciso c)
Desde el período octubre de 2023, aquellos sujetos que, al 30 de setiembre de 2023, se encuentren obligados a llevar los mencionados registros en el SLE-PLE o el SLEPortal y pertenezcan al Régimen Especial del Impuesto a la Renta o al Régimen MYPE Tributario creado por el Decreto Legislativo N° 1269 y no estén comprendidos en los incisos a) y b).
A partir del periodo octubre 2023 todos los sujetos que al 30 de setiembre lleven el registro de ventas y compras a través del SLE-Portal o SLE-PLE que estén comprendidos en el Regimen Especial o Régimen MYPE Tributario
Miguel ¿Que si llevo mis registros en formato físico o computarizado?
En tu caso, la obligación empezará a partir del enero 2024.
Posteriormente inciso d)
d) Desde el período enero de 2024, aquellos sujetos que, al 31 de diciembre de 2023, se encuentren obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras y no estén comprendidos en los incisos a), b) y c).
En este caso aplica a los sujetos comprendidos en el Régimen General, indistintamente como lleven el registro de compras y ventas, puede ser manual, computarizado y hojas sueltas.
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