Las ‘boletas de regularización” emitidas por la recurrente a efecto de establecer un control a través de la gerencia, en la medida que no se encuentra dentro del supuesto previsto en el artículo 15 del Reglamento de Comprobantes de Pago, que regula la emisión facultativa de comprobantes de pago por montos menores a S/. 5.00, no tendrán la obligación de llevar un control manual de las ventas menores al indicado monto.
Resolución del Tribunal Fiscal Nº 12170-2-2007
Fecha: 21.12.2007
Fernando dice
Y monto mínimo para emitir factura, y su base legal?
Miguel Torres dice
El monto es de 5 soles, la base legal lo consultas con Sunat.