Que si bien dicha acta acredita la comisión de la infracción, no permite identificar al infractor, ya que para ello, la Administración solamente consideró la manifestación del chofer del vehículo intervenido, sin establecer si el recurrente prestó el servicio de transporte, sobre la base de cruces de información con el propietario de la mercadería y la contabilidad del propio recurrente, que demostrasen que éste último era propietario o alquilaba el vehículo para otorgar dicho servicio […]
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