Miguel, quiero presentar los libros electrónicos ¿Cómo lo puedo hacer?
Es muy sencillo, pero primero debes tener en cuenta algunos puntos muy importantes.
En primer lugar, empieza definiendo en que grupo de contribuyentes te encuentras:
- Afiliado libros electrónicos
- Incorporado a libros electrónicos
- Obligado a utilizar libros electrónicos
También, define los libros electrónicos que debes presentar para el año 2018 y sus plazos máximos para hacerlo.
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
- Pasos para presentar los Libros Electrónicos
- Primer Paso: Cierre de Libros Contables
- Segundo Paso: Cronograma de Vencimiento
- Tercer Paso: Régimen Tributario
- Cuarto Paso: Elaboración de los archivos txt
- Quinto Paso: Revisa muy bien tus archivos txt
- Sexto Paso: Compara tu constancia de validación con tu PDT 621
- Sétimo Paso: Realiza la Anotación
- Octavo Paso: Guarda tus archivos txt
- Noveno Paso: Correcciones de los libros electrónicos
- Décimo Paso: Un mea culpa de tus operaciones
- Infografía Libros Electrónicos PLE 5.1
Pasos para presentar los Libros Electrónicos
Quiero compartir contigo 10 pasos que debes seguir para presentar los libros electrónicos.
Primer Paso: Cierre de Libros Contables
Si tú empresa está obligada a realizar la anotación de los libros electrónicos, tienes que realizar un primer paso:
Cerrar tus libros contables llevados en forma manual o computarizada.
Lo que debes hacer es realizar la impresión o llenado manual de tu registro de compras y ventas hasta el mes de diciembre o último mes de uso.
Las hojas sueltas o folios que te sobren deberás inutilizarlo mediante una raya o la palabra anulado.
Finalmente, es recomendable empastar las hojas anuladas.
Segundo Paso: Cronograma de Vencimiento
Recuerda que debes realizar tu presentación de libros electrónicos cumpliendo el cronograma de vencimiento.
Para los registros de compras y ventas electrónicos existen dos tipos de cronogramas:
- Tipo A: Contribuyentes que vienen presentando libros electrónicos de ejercicios pasados.
- Tipo B: Contribuyentes obligados en el actual ejercicio.
También, el cronograma de vencimiento de libros electrónicos vence primero que el cronograma de declaraciones mensuales.
Por lo tanto, antes de realizar tu presentación de PDT 621, debes comparar con la información presentada en tus libros electrónicos.
Tercer Paso: Régimen Tributario
Es muy importante tener en cuenta el régimen tributario de la empresa que vas a presentar los libros electrónicos.
Por ejemplo, las empresas que pertenecen al Régimen Especial, deben consignar obligatoriamente en sus registros de compras y registros de venta la palabra: M-RER.
Cuarto Paso: Elaboración de los archivos txt
Para presentar tus libros electrónicos lo puedes hacer mediante el SLE – PLE o SLE – Portal, es necesario elaborar los archivos en formato txt con el resumen de tus operaciones del periodo.
Estos archivos en formato txt mostraran todas tus operaciones de un periodo.
Para la presentación de tus registro de compras y ventas es necesario:
- Formatos 8.1 – 8.2: Registro de Compras y Registro de Compras no Domiciliado
- Formato 14.1 – Registro de Ventas
De igual manera, para el Libro Diario es necesario:
- Formato 5.1 – Libro Diario
- Formato 5.2 – Plan de Cuentas utilizado
Quinto Paso: Revisa muy bien tus archivos txt
Los libros electrónicos una vez presentado un periodo, ya no se pueden sustituir o rectificar, la anotación quedara tal como está.
Miguel ¿Qué pasa si me equivoco?
En ese caso utilizaras los estados o indicadores de corrección, estos estados no rectifican toda la anotación del periodo, si no van bien corrigen errores de una operación.
Sexto Paso: Compara tu constancia de validación con tu PDT 621
Cuando validamos nuestros archivos txt , el sistema nos permite descargar una constancia de validación de información.
Esta constancia es muy importante ya que nos muestra el resumen de nuestros archivos txt, es importante compararlo los montos ingresados en el PDT 621 antes de proceder a presentar los libros electrónicos.
Sétimo Paso: Realiza la Anotación
Si ya tienes tus archivos txt de tus registros de ventas y compras, ya puedes empezar a realizar la anotación.
El sistema al finalizar la anotación, obtendrás una constancia por cada anotación de cada registro.
Octavo Paso: Guarda tus archivos txt
Una obligación que tienes es guardar tus archivos txt y tu constancia de anotación de tus libros electrónicos.
Recuerda que para fiscalizaciones futuras cuando te pidan exhibir tus registro de compras y ventas solo deberás mostrar tu constancia y adjuntar tu archivo txt mediante un medio magnético.
Noveno Paso: Correcciones de los libros electrónicos
Si cometiste algún error en la presentación de tus libros electrónicos, no pasa nada.
La solución es utilizar los estados de corrección para subsanar los errores cometidos.
- Estado 8: Corrige operaciones que no has anotado en un periodo.
- Estado 9: Corrige operaciones que has anotado en forma errada e incompleta.
Finalmente, las correcciones deben realizarse en un siguiente periodo.
Décimo Paso: Un mea culpa de tus operaciones
Con los libros electrónicos olvídate de realizar malas prácticas, creo que cada uno de ustedes sabe a lo que me refiero con el uso inadecuado de comprobantes de pago en especial de compras.
Recuerda la evasión tributario con dolo tiene responsabilidad penal, gerente, contador general, asistente contable, pueden ser responsables directos o solidarios.
No crees … te dejo algunos link de algunos casos:
- Sentencian a 8 años de cárcel a contribuyente y contador por defraudación tributaria
- Condenan a contador y a sus asistentes por defraudación tributaria
- Sentencian a ocho años de prisión a un empresario por defraudación tributaria
Infografía Libros Electrónicos PLE 5.1
Recomendación:
- Esta semana empezamos el Curso Presencial: "SIRE SUNAT 2024", te permitirá aprender como presentar los registros electrónicos utilizando macros en excel, si deseas información, te dejo este link: Taller Práctico SIRE SUNAT 2024.
Cris dice
Estoy enviando mis libro en portal sunat, y no he enviado abril y diciembre, como envío ahora esos meses???
Miguel Torres dice
Puedes intentar presentar dichos periodos.
Josep dice
Hola Miguel, felicitaciones por tus artículos. Soy nuevo en el RER , la afectación del IGV y Renta es a partir del 01/04, quiero afiliarme al PLE y no me aparece en el portal de SUNAT clave sol esa opción de afiliación, sabes que puedo hacer?
Miguel Torres dice
Tiene que aparecerte, ingresa a la opción empresa.
Leo dice
Buenos Días: Actualmente estoy en el Régimen Especial desde marzo de 2018, anteriormente estuve en RUS. Hasta la fecha no legalicé tampoco presente los registros contables. ¿Habrá multa por eso?. y como se determinaría los ingresos netos del año anterior (0.3%). Gracias
Miguel Torres dice
Es correcto, la multa es en base a tus ingresos anteriores, pero también tienes una gradualidad del 90%.
Wendy dice
Hola Miguel, soy Régimen especial sin IGV, recomiendas primero declarar los libros o el pdt…
Gracias por tu respuesta…
Miguel Torres dice
Siempre primero se declara los libros electrónicos.
Isaac Rodriguez dice
Mi estimado Miguel, felicitaciones por tus comentarios tan amplios sobre libros electrónicos, asi nos refrescas que debemos estar siempre al dia con las novedades que dia a dia nos envias para evitar errores en el envío de LE.
Gracias por sus enseñanzas en la parte contable.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario.
Melania Ayala dice
Tus comentarios sobre estos temas nos son necesarios y nos permiten asumir criterios , gracias y sería interesante nos ilustres sobre las últimas modificaciones tributarias para las MYPES.
Maria dice
Hola miguel buenas tardes mi consulta es yo e presentado libros electrónicos de año 2016 del mes de julio pero lo presente pero con régimen general pero mi cliente declaro con régimen especial que puedo hacer en ese caso espero tu pronta respuesta gracias de ante mano.
Miguel Torres dice
Si deseas lo puedes corregir, no se que tantas operaciones tengas en julio 2016. Por otra parte, lo podrías dejar así.
Clara dice
Hola Miguel, tendrá el cronograma de libros electrónicos para zona de emergencias.
Gracias
Miguel Torres dice
Puedes revisar Resolución Superintendencia 100-2017.
Meli dice
Consulta indico que régimen especial para libros electrónicos figura RER. Y en caso de los que régimen mype tributario en el libro debería figurar el RMT asi en los archivos txt. O como debe seria. Gracias
Miguel Torres dice
No, te guías del RG (es la misma metodología).
Carlos Gonzales Falla dice
Una consulta, estos talleres se dictan en provincia o solo en Lima
saludos
Miguel Torres dice
Solo en lima.
Jhony dice
hola Miguel, gracias por compartir te comento, inicié mi negocio como P.N. en el RER (soy en único trabajador) ¿debo habilitarme en el T- registro y PLAME, o no es necesario? mil gracias por la respuesta.
Miguel Torres dice
No es necesario que tengas planilla, si deseas hacerlo, primero debes acogerte al REMYPE.
Raquel dice
Muy excelente articulo de los libros electrónicos , gracias Miguel por compartir tus conocimientos .
que dios te bendiga .
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Kris dice
Miguel hola
He enviado PLE pero he obviado ingresar unas facturas.
ahora me toca el PDT 621 puedo ingresar esas facturas en el PLE o
tengo que declarar tal como esta en los libros.?????
Gracias
Miguel Torres dice
Tienes que declarar como el PLE, para el caso de compras.
Rosa dice
Gracias Miguel por el articulo muy importante saludos.
Miguel Torres dice
Gracias, buen día 🙂
Flora dice
Gracias por los comentarios esta muy buena el tema de los libros electrónicos.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen día 🙂
Rosa Maria dice
Miguel, gracias por tus comentarios, sobre libros electronicos, es una informacion muy util.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Yolanda dice
Hola me podrías ayudar en decirme que quiere decir: medio magnéticos para los libros electrónicos.
Miguel Torres dice
Por ejemplo: USB, Disco, es para guardar los archivos txt.
Anthony dice
Miguel hola ayuda por fa tengo que mandar el registro de ventas enero 2016 y me sale que el numero de columnas del registro no coincide con la definición del libro puedes ayudarme.
Miguel Torres dice
El problema debe ser la estructura del los archivos txt. El software que usas para generar los txt no esta actualizado.
Marggy dice
Excelente articulo Miguel, felicidades ..
Una consulta como se procede cuando tengo que cerrar un libro electrónico porque no estoy obligado a llevarlo ejemplo libro mayor que ahora lo reemplazo solo por Diario completo
Miguel Torres dice
Tienes que usar el indicador de operación, solo es cambiar el 1 por el 2 en el nombre del archivo. Te adjunto un word a tu email.
Lula dice
75 UIT del 2015 o 2016 para regimen especial.
Miguel Torres dice
Es la UIT del 2015.
David dice
Buenas tardes miguel, una consulta, que pasa si me pase 1 día en la fecha de presentación del PLE? Gracias
Miguel Torres dice
No habría sanción, dada la facultad discrecional de la sunat.
Matilde Chayña dice
Gracias por compartir esta información, mi consulta en el libro electrónico de compras que se puede corregir con el estado 9, si tengo un linea que envie en cero por error puedo utilizar esa linea para incluir una factura que omiti registrar en ese mes, es decir ingresar un nuevo, ruc, nombre, monto, documento e igv? Gracias por tus aportes
Miguel Torres dice
Siempre y cuando coincida el mismo CUO y correlativo del CUO.
Normand Llontop dice
Miguel, tengo una duda: Una empresa fue incorporado a PRICO desde el mes de febrero 2015. Durante el 2014 sus ingresos es mas de 150 UIT ¿Estará dentro de los obligados a presentar el PLE a partir del mes de agosto 2015?
Miguel Torres dice
Desde Enero 2015, y luego del 4to mes de recibido la notificación de incorporado como prico llevaras 4 libros electrónicos.
Almendra dice
Hola miguel, una consulta en que parte del ple esta la opción para modificar la fila 9 de compras. Gracias
Miguel Torres dice
Eso lo tienes que hacer en tu archivo txt.
Pedro Fernandez dice
Hola amigo miguel, una pregunta los recibos por honorarios se declaran en el ple por que me sale un error que dice que estos comprobantes no le corresponde al estado, por favor si puedes ayudarme con el comentario. Gracias.
Miguel Torres dice
Si se anotan en el registro de compras con el estado “0”, es opcional.
Vanessa dice
Los rh se declaran en el ple? eso es cierto? y para que esta el plame entonces?
Miguel Torres dice
Primero en el PLE no se declara, se anota (la forma correcta), por otro lado en el registro de compras electrónicos se puede anotar los recibos por honorarios utilizando el estado 0 (voluntario), si optas por el plame esta bien, pero tb puedes hacerlo en el PLE.
Erick Florez dice
Hola Miguel, una consulta que me tiene confundido es sobre el CUO y el N° LINEA DEL REGISTRO, en los sistemas contables me sale de la siguiente manera cuo: 1 , 2, 3 . .. . así sucesivamente según la cantidad de comprobantes que tenga ya sea en compras o ventas y en el campo 3: M1, M2, M3 . . . ¿esta bien que me salga de esa manera? ya que entendí que esos campos están relacionados con los asientos del libro diario. Por favor si podrías explicarme y de antemano las gracias.
Saludos,
Miguel Torres dice
El CUO es numero del registro del asiento diario de la operación, dicho valor depende del software contable que usas. Por ejemplo en el concar el CUO: 05010001 (un asiento de ventas, del periodo enero.)
Jayro dice
Buen blog Miguel, pero ojo con los ingresos ya que no se considera todas las casillas del pdt 621 por ejemplo las exportaciones, posiblemente algunos contribuyentes no sobrepasen las 150 UIT si no consideran dichas casillas. Saludos,
Miguel Torres dice
Es correcto, lo bueno que la sunat ha notificado sobre la obligación a los contribuyentes obligados.
Karina dice
Excelente labor Miguel, gracias por brindar información contable actualizada y nos permites tener acceso a esta.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario.
Julia Laqui Mamani dice
Libros electrónicos, excelente información Miguelito, gracias por compartir tus conocimientos. Dios te bendiga.
Miguel Torres dice
Gracias.
Rosario Terrones Marin dice
Desearía saber hasta que punto un asistente contable puede estar involucrado en el registro de facturas falsas, porque se supone que uno esta bajo el mando del gerente general y el contador, y si a uno le indican que las registre, uno verifica los requisitos contables mas no la procedencia.
quedo a la espera de sus comentarios.
Miguel Torres dice
Es correcto, pero eres cómplice si sabes la procedencia. En todo caso para eso es bueno realizar un contrato de trabajo, donde establezcas que no eres responsable de la procedencia de los documentos.
Marcelo Merino dice
Siempre es bueno recibir tu información Miguel Torres muy agradecido …tengo una duda las empresas que tengan que presentar sus libros electrónicos por haber pasado las 75 uit deberán afiliarse ingresando con su clave sol o Sunat automáticamente te afilia?
Miguel Torres dice
Es automático, no tienes que afiliarte.
Elena Yupanqui dice
Gracias por compartir sobre los libros electronicos ya hare mis arreglos para ir a tu curso.
Y también el articulo de la responsabilidad del gerente, a veces ellos no les gusta pagar lo correcto y buscan lo fácil, es mucha responsabilidad sobre las fact. falsas y de favor, como protegernos, ya estoy dejando un cliente después de 15 años, quiero evitarme problemas Miguelito.es mejor asi.
Saludos, Elena
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen fin de semana.
Nelida dice
Interesante los artículos que envías, como contador uno sabe lo que tiene que hacer pero al leer tus artículos me refrescas la memoria, otra cosita a ver si publicas algún articulo relacionado con la responsabilidad del contador con respecto a facturas falsas en los cuales el contador como debería protegerse de dichos ilícitos que algunos empresarios realizan, uno como contador no sabe que facturas son irreales, uno trata de cumplir su trabajo y de realizarlo lo más cabal posible y de orientar asesorar al empresario pero a veces no entienden el riesgo en que se meten.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario.
Rosy Cachay Carranza dice
Gracias x compartir lo relacionado contabilidad electrónica
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario 🙂
Jose Miguel dice
Estimado una consulta, tengo un problema me olvide presentar mi declaración 621 correspondiente a marzo 2015 del régimen especial, pero se mando a pagar el igv y renta del periodo.
quiero saber cuanto es la multa correspondiente sabiendo que me llego esquela de información haciéndome saber la infracion de la no presentacion.
Saludos
Jose Miguel
Miguel Torres dice
La multa es 50% UIT, con una gradualidad del 80%.