Empleadores. a entidades depositarias de la CTS
Plazo para remitir esta comunicación vence el 30 de abril
Los empleadores tienen hasta el 30 de abril para comunicar a las entidades depositarias de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de sus trabajadores, el importe de las seis últimas remuneraciones mensuales brutas de cada uno de ellos.
Esta data es necesaria para que dichas entidades calculen al término del plazo para realizar el depósito próximo de la CTS, qué trabajadores podrán disponer de su beneficio.
En efecto, los trabajadores solo pueden disponer hasta el 70% del excedente de seis remuneraciones brutas que estén depositados en sus cuentas de CTS, refiere un informe de Miranda & Amado Abogados.
Además, cuando los trabajadores soliciten la libre disponibilidad del porcentaje antes citado, las entidades depositarias de la CTS deberán verificar que el monto total que mantienen los trabajadores en sus cuentas individuales de CTS supere las seis remuneraciones mensuales brutas establecidas en la Ley Nº 29352, caso contrario los trabajadores no podrán disponer de suma alguna.
De no cumplirse con la comunicación, los empleadores estarían cometiendo una infracción leve en materia de relaciones laborales, la cual podría ser sancionada por el Ministerio de Trabajo con una multa de hasta S/. 18,000.00.
Diario Oficial El Peruano (12.04.2012)
Manuel dice
MUY BUENA INFORMACION CLARA Y CONCISA EN TERMINOS LABORALES Y NO SORPRENDA LA EMPRESA AL TRABAJADOR
SLDS.
MANUEL
Miguel Torres dice
Muchas gracias, compártela con tus amigos.
carmen dice
bueno quisiera consultarle que no declare impuesta a la teniendo renta de cuarta monto de 9750 y de quinta 27700 siendo el de quinta pago de remuneraciones de la policia nacional tengo que declara y cuanto es la multa que tengo que pagar espero su respuesta lo mas pronto posible .GRACIAS Y Dios los bendiga a todos que trabajan en dicho noticiero
carmen dice
buenas tarde el noticiero del contador nos brinda la informacion tributaria y nos da algunos alcance atraves del facebook atraves de este comentario quisira saber como puedo hacer las consulta .
Miguel Torres dice
Puedes hacer las consultas atravez de la pagina web Noticiero del Contador o a travez de la pagina de facebook