En un 85%, estos convenios tienen solo un año de vigencia
La sindicalización de las relaciones laborales es una tendencia que se viene extendiendo progresivamente en el país debido al carácter más protector de la legislación, la jurisprudencia y la fiscalización, pero en sintonía con los acuerdos comerciales internacionales que el Perú ha suscrito.
Así lo afirmó el laboralista Jaime Cuzquén, al exponer las conclusiones de su reciente informe sobre tendencias en la negociación colectiva, en que analiza más de 300 acuerdos registrados ante el sector Trabajo en las diversas actividades económicas.
Al explicar las conclusiones más relevantes de este análisis, detalló que de los convenios registrados y que reportan el tiempo de duración, es decir, desde presentado el pliego hasta su suscripción, el plazo que toma llegar a un acuerdo es de casi 192 días, es decir seis meses y medio de negociación por año. Mientras que el tiempo de vigencia de estos acuerdos, se tiene que el 85% es de un año y solo el 8% de dos años.
Para las empresas que cuentan con sindicatos, consideró relevante atender cuatro aspectos. Primero, que habría un nivel de conflictividad evidente demostrado por el excesivo tiempo que toma la negociación. Luego, que a pesar de las proyecciones de crecimiento, existe una visión cortoplacista sobre los resultados de la negociación.
Tercero, que esto genera un mayor costo y desgaste de las partes en la negociación.
Finalmente, que los modelos de compensación y presupuestos de las empresas son influenciados directamente por los resultados de una negociación, comentó el experto, quien también es miembro del Estudio Echecopar.
Acciones y nuevos desafíos
El sector Trabajo debe desarrollar conciencia, entre empleadores y trabajadores, de que se pueden alcanzar convenios de negociación colectiva con vigencia más prolongada e igual de beneficiosos para las partes, dijo Jaime Cuzquén.
Resaltó que la información publicada por el sector Trabajo no solo tiene incidencia en las empresas que cuentan con sindicato sino, además, en aquellas que, no teniéndolo, requieran información sobre el mercado laboral cuando se trata de un competidor director, contratista o proveedor. En general, esta información revela aspectos como la etapa dentro del procedimiento de negociación colectiva en que se celebró el acuerdo; monto y forma del incremento salarial; monto del bono por cierre de pliego; entre otros.
Diario El Peruano (25/06/2012)
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