Sobre el libro de activos fijos hay un monto que se tenga que sobrepasar para estar obligado a llevarlo.
Respuesta:
En atencion a su consulta cabe indicarle el Registro de Activos Fijos es obligatorio para aquellas personas que se encuentran acogidas al Régimen General del IR, independientemente de los ingresos obtenidos.
Juan Bautista dice
Estimado Miguel:
Sería bueno que te rectifiques de tu posición en este artículo, analicemos el art. 65 LIR y el art. 12 de la RS 234-2006 SUNAT.
Saludos
CESAR AUGUSTO MERINO FIESTAS dice
En relación a contribuyentes obligados a llevar Libro Registro Activo Fijo, la Resolución de Superintendencia 226-2013 SUNAT indica que están obligados los contribuyentes que lleven contabilidad completa ( ing. mayores 1,700 UIT) art 12.4 en consecuencia hay un marco para estar obligado, en vista de eso quisiere orientación al respecto de su comentario que están obligados a llevarlo los contribuyentes que se encuentren en el Régimen General independientemente de los ingresos obtenidos.
Gracias por su colaboración
Cesar Merino Fiestas
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