Miguel, mi esposa murió hace unos días ¿Existe una licencia por fallecimiento o licencia por luto?
Por su puesto que SI.
Por otra parte, el número de días de licencia dependerá en qué sector está laborando:
- Sector Público
- Sector Privado
Licencia por Fallecimiento
Esta licencia dependerá si el trabajador labora en el sector público o privado.
Sector Público
En sector público encontramos una norma que nos habla sobre la licencia por fallecimiento, para ello nos dirigimos al artículo 112° del Decreto Supremo N.º 005-90-PCM que nos menciona:
La licencia por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos se otorga por cinco (5) días en cada caso, pudiendo extenderse hasta tres días más cuando el deceso se produce en lugar geográfico diferente donde labora el servidor.
Por lo tanto, para el sector público existe una licencia de cinco días, pero solo aplicará:
- Cónyuges, padres, hijos y hermanos.
Además, en el artículo 110° del mismo decreto nos menciona que dicha licencia es con goce de remuneraciones.
También, aplica para los trabajadores CAS y los del Decreto Legislativo 276.
Sector Privado
En el sector privado está regulado por la Ley N.º 31602 regula la licencia por fallecimiento por cinco días calendario.
Adicionalmente, el Decreto Supremo N.º 013-2023-TR menciona que esta licencia aplica:
Dicha licencia, el/la trabajador/a tiene derecho a ausentarse de su puesto de trabajo con ocasión del fallecimiento de su cónyuge, padres, hijos/as y hermanos/as por un plazo de cinco días calendario, con goce de su remuneración.
Finalmente, indica que dicha licencia debe ser con goce de remuneración.
Conclusión
- La licencia por fallecimiento para el sector privado es de cinco días calendarios con goce de remuneración.
José pachamoro dice
Mi padre falleció el día 3 de octubre y la empresa me dio 5 días de permiso con goce , ya que así me lo manifestaron ya que falleció en Chimbote.
Gracias por la respuesta
Miguel Torres dice
Es una buena política de tu empresa.
Carmen Morales Torres dice
Es muy útil tus mensajes Miguel, cuando programas una capacitación en Huancavelica.
Te esperamos, puedes coordinar con el Colegio de Contadores de Huancavelica. Cel 957478040, Srta. Lucy.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, lo voy a tener en cuenta, muy pronto viajare por provincia.
Pedro Ulfe dice
Excelente para conocimiento general que muchos desconocemos, gracias por ese aporte tan valioso.
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
Luisa Villanueva dice
Gracias, por su ayuda que nos brindas. 🙂
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
Veronica Vivas dice
Buenas tardes, por favor cuantos días de licencia se pueden dar por la muerte de un suegro.
Miguel Torres dice
Si laboras en el sector publico, no procede para la muerte del suegro.