El Estado debe ofrecer sueldos competitivos al personal altamente calificado, coincidieron en señalar el extitular de Trabajo Javier Neves y la especialista en gestión pública Mayen Ugarte, quienes respondieron así a las críticas en contra del aumento a los funcionarios, que incluye a ministros y viceministros.
El sábado se publicó en la separata de Normas Legales el Decreto Supremo N° 023-2014-EF, que aprobó los montos por conceptos de compensaciones económicas a funcionarios de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.
En la disposición se precisó que el aumento es para los funcionarios de libre designación y remoción, a los que se refiere el artículo Nº 52 de la ley.
“Estoy totalmente de acuerdo con la escala aprobada. Corresponde al Congreso, prensa y ciudadanía fiscalizar que cada una de las autoridades cumpla responsable y eficientemente su trabajo”, sostuvo Neves.
La opinión pública, refirió, seguramente simpatiza con una rebaja de sueldos [de los ministros], “pero ello no corresponde a la eficiencia del Estado, que debe serlo tanto como el sector privado”.
Cuando alguien asume una función pública, se arriesga mucho, agregó. “Es verdad que hay un compromiso, uno no entra al Estado a enriquecerse, pero asume muchos riesgos y tiene que ser compensado.”
El exministro explicó que la ley supone un reordenamiento de salarios del Estado, que empieza por los funcionarios de mayor nivel, para luego ir descendiendo. “Entonces, hay que fijar los ingresos desde arriba para determinar en cadena a los demás.”
Reconoció que es una medida impopular, pero indispensable dentro de la reforma del Estado si se quiere contar con profesionales calificados que realicen un trabajo eficiente.
Rebaja
Por su parte, Ugarte recordó que el gobierno de Alejandro Toledo fijó los sueldos de estos funcionarios en 33,000 nuevos soles; sin embargo, durante la gestión de Alan García se rebajaron a 15,000 nuevos soles.
Manifestó que aún con el aumento otorgado por el actual Gobierno los sueldos no alcanzan a la cifra real durante la gestión de Toledo, debido a la inflación.
En ese sentido, refirió que los nuevos montos siguen el promedio de remuneraciones del sector privado para cargos gerenciales.
Señaló que además de la gran responsabilidad de ser ministro o viceministro, el funcionario se demora en reinsertarse en el mercado al dejar el cargo; asimismo, no cuenta con gastos de representación. Entonces, todo sale de su sueldo, agregó.
Aún se esperan los reglamentos para la ley, que serán tres, uno general, otro de valorización y otro de gobiernos locales, precisó Ugarte.
Decreto supremo
El Ministerio de Economía y Finanzas publicó el sábado 8 el D. S. N° 023-2014-EF, el que modifica los montos mínimos y máximos de los ingresos percibidos por los funcionarios.
La norma explica que establecer los haberes de los funcionarios es el inicio de la implementación progresiva de la Ley del Servicio Civil y se hace de acuerdo con las posibilidades presupuestales.
El decreto precisa que la compensación económica mínima y máxima mensual para un ministro ascenderá a 30,000 nuevos soles; la de los viceministros, a 28,000 nuevos soles; y la de secretarios generales de ministerios, a 25,000 nuevos soles.
Para los secretarios generales que tengan igual jerarquía a los de los ministerios será entre 15,000 y 25,000 nuevos soles. Entre estas mismas cifras fluctuarán los sueldos de los titulares o presidentes, adjuntos y miembros de los órganos colegiados de libre designación y remoción.
Responsabilidades
Los ministros de Estado son responsables por sus propios actos y por los actos presidenciales que refrendan. No pueden ejercer otra función pública, excepto la legislativa, ni ser gestores de intereses propios o de terceros ni ejercer actividad lucrativa, entre otros.
Niveles
El gerente general del gobierno regional ganará entre 6,000 y 16,000 nuevos soles. El decreto precisa los sueldos de los gerentes municipales en tres casos: cuando el alcalde percibe más de 10,000, entre 5,000 y 10,000, y menos de 5,000 nuevos soles.
En el primer caso, el gerente ganará entre 10,000 y 16,000 nuevos soles. En el segundo, estará entre los 5,000 y 10,000 nuevos soles. En el último caso, será entre los 800 y 5,000 nuevos soles.
Hasta antes de esta norma, las remuneraciones de los ministros no podían exceder de los 15,600 nuevos soles mensuales.
Diario El Peruano (12/02/2014)
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