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Inicio » Laboral » Multa por no depositar la CTS 2025

Multa por no depositar la CTS 2025

Publicado por Miguel Torres el 13 de enero de 2025 205 comentarios

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Miguel ¿Cuánto es la multa por no depositar la CTS?

Dependerá, de la categoría de la empresa y del número de trabajadores afectados.

El depósito de la CTS es una obligación para todas las empresas del sector privado tipificada en el Decreto Legislativo N.º 728.

Así como también para las pequeñas empresas (50 % del monto de la CTS calculada).

  • ¿Cómo calcular la CTS?

Para este depósito de CTS – mayo 2025, el plazo máximo es hasta jueves 15 de mayo.

El artículo 22 del Decreto Supremo N.º 001-97-TR menciona:

Los depósitos que efectúe el empleador deben realizarse dentro de los primeros quince (15) días naturales de los meses de mayo y noviembre de cada año. Si el último día es inhábil, el depósito puede efectuarse el primer día hábil siguiente.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Liquidación de CTS
  • Multas relacionadas con la CTS
    • Beneficios Microempresa – Pequeña Empresa
  • Depósito Extemporáneo CTS
  • Caso Práctico Depósito Extemporáneo de CTS
    • Multa por no depositar CTS
    • Multa por no entregar Liquidación CTS
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    • Artículos Relacionados:

Liquidación de CTS

No olvidar que, luego de efectuar el depósito de la CTS, tienen la obligación de entregar una liquidación del cálculo.

El artículo 29 del Decreto Supremo N.º 001-97-TR:

El empleador debe entregar a cada trabajador, bajo cargo, dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito, una liquidación debidamente firmada.

Tener en cuenta que el plazo empieza luego de efectuar el depósito de la CTS.

Multas relacionadas con la CTS

No cumplir con el depósito de la CTS es una infracción grave.

Adicionalmente, no cumplir con la entrega de liquidación de la CTS es una infracción leve.

En el caso de las multas laborales, estas son aplicadas de acuerdo al número de trabajadores afectados.

Las multas están clasificadas en tres grupos:

  • Microempresa
  • Pequeña empresa
  • No Mype
Calculo de multas laborales 2021

Por ejemplo, si eres una empresa del régimen privado (No Mype) con una cantidad de 15 trabajadores afectados (no ha realizado el depósito de la CTS), su sanción será:

No depositar CTS – Infracción Grave

  • Multa: 3.92 UIT = S/ 20,972 soles.

No entregar liquidación de CTS – Infracción Leve

  • Multa: 0.89 UIT = S/ 4,761.50 soles.

Beneficios Microempresa – Pequeña Empresa

Si la empresa sancionada está registrada como microempresa o pequeña empresa el valor de la multa tiene un límite, veamos lo que menciona el inciso 1-A) del artículo 48 del Decreto Supremo N.º 012-2013-TR:

La multa máxima a las micro y pequeñas empresas inscritas en el REMYPE, no podrá superar el 1% del total de ingresos que haya percibido la empresa infractora durante el año anterior a la infracción laboral.

También, mencionar que existe una reducción a las infracciones detectadas, las multas serán rebajadas en 90%, si la empresa subsana voluntariamente las infracciones detectadas.

Depósito Extemporáneo CTS

Si no se cumple con realizar el depósito de CTS en los plazos establecidos, automáticamente, el empleador está obligado a reconocer los intereses que se hubiera generado el depósito.

Revisemos el artículo 56 del Decreto Supremo N.º 001-97-TR donde menciona:

Cuando el empleador deba efectuar directamente el pago de la compensación por tiempo de servicios o no cumpla con realizar los depósitos que le corresponda, quedará automáticamente obligado al pago de los intereses que hubiera generado el depósito de haberse efectuado oportunamente y en su caso, a asumir la diferencia de cambio, si éste hubiera sido solicitado en moneda extranjera, sin perjuicio de la multa administrativa correspondiente, y de las responsabilidades en que pueda incurrir.

Por lo tanto, el empleador deberá cálculos los intereses correspondientes y regularizar con el depósito de CTS.

Miguel, una pregunta ¿Cómo calculo los intereses de CTS?

Es un poco complicado, pero es importante que tengas en cuenta lo siguiente:

  • La tasa de intereses dependerá de cada entidad financiera elegida por el trabajador (depositario).
  • En caso de depósito en moneda extranjera, además de reconocer los intereses, también asumirás la diferencia de cambio que se pudo generar.

Para una mejor compresión, te comparto un artículo sobre dicho tema:

  • Cálculo de Interés de CTS

Caso Práctico Depósito Extemporáneo de CTS

La empresa no ha efectuado el depósito de la CTS – mayo 2025 hasta el jueves 15 de mayo ¿Cuál es la multa por no depositar la CTS?

La empresa cuenta con 40 trabajadores en planilla.

Primero: Regularizar el depósito de CTS lo antes posible, no olvidar calcular los intereses correspondientes.

Segundo: La infracción laboral se calculará con base en 40 trabajadores afectados, por lo tanto, la multa equivale:

Multa por no depositar CTS

CATEGORÍASANCIÓNMULTA
Microempresa0.45S/ 2,407.50
Pequeña Empresa1.26S/ 6,741
NO Mype5.22S/ 27,927

Multa por no entregar Liquidación CTS

CATEGORÍASANCIÓNMULTA
Microempresa0.23S/ 1,230.50
Pequeña Empresa0.32S/ 1,712
NO Mype1.26S/ 6,741

Conclusiones

  1. Cumple con efectuar el depósito de CTS dentro del plazo establecido, a fin de evitar multas innecesarias.
  2. En caso de depósito extemporáneo no solo deberás pagar la multa, sino también los intereses por el depósito fuera de plazo.

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205 comentarios

  1. Alberto Cordova dice

    14 de abril de 2025 a las 11:08 am

    Tengo una empresa que tengo entendido es REGIMEN MYPE TRIBUTARIO, sus actividades iniciaron en 2023 pero recién en febrero del 2024 me puse en planilla, solo soy yo en planilla pero no me deposite ni cts ni gratificaciones, que me corresponderia hacer?

    Responder
  2. MERY dice

    30 de noviembre de 2022 a las 12:24 pm

    HOLA BUENAS TARDES, UNA CONSULTA NO REALICE EL PAGO DE CTS DE UN TRABAJADOR, TAMPOCO NO ME HAN NOTIFICADO SUNAFIL, LO PUEDO REALIZAR

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2022 a las 2:59 pm

      Es correcto, puedes subsanar el depósito.

  3. Elizabet dice

    13 de octubre de 2021 a las 10:37 am

    Si trabaje en una microempresa tengo derecho a cts porque según ellos no me corresponde

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2021 a las 11:46 pm

      No tienes derecho.

  4. Liz Yance dice

    5 de julio de 2021 a las 12:01 pm

    Existe una modalidad de acuerdo entre el empleador y el trabajador para pagarle directamente al trabajador la cts de años anteriores o solo es abrir una cuenta de cts y depositar ahi la cts mas intereses.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de julio de 2021 a las 3:33 am

      Abrir la cuenta y depositar.

  5. Lucy dice

    21 de mayo de 2021 a las 8:37 am

    Muy interesante el artículo.La empresa hizo la transferencia el 14-7pm.Revise mi banco donde tengo mi Cts(dif al de la empresa).Los días 19 y 20 han entregado las cartas a nuestros bancos.Esto tiene multa o está aceptado porque el desembolso lo han hecho el viernes 14?Hay un plazo en el q el empleador deba cumplir todo el procedimiento para recibir los depósitos dentro d la fecha?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de mayo de 2021 a las 9:59 am

      No habría multa, porque ya lo subsanaron, por otra parte, para esta CTS Mayo 2021, el plazo fue 17/05.

  6. Erika dice

    13 de mayo de 2021 a las 9:23 pm

    El año pasado renuncie voluntariamente en octubre del 2020. Y hasta la fecha no se ha realizado deposito de mi CTS x 10 años. Sin embargo solo me deposita mensualmente 2000, que puedo hacer para agilizar el pronto pago. Ya que si realizo una denuncia se demora 3 años en que salga la resolución. No hay otra forma de amparar al trabajador?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 2:11 pm

      Tendrías que realizar un proceso judicial.

  7. Gabriela dice

    12 de mayo de 2021 a las 5:33 am

    Hola Miguel, muchas gracias por tu publicación, una duda, el día sábado 15 de mayo es considerado día hábil o puede correr la obligación del depósito para el 17 de mayo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 4:01 pm

      Es el Lunes 17/05.

  8. Gianfranco dice

    24 de junio de 2020 a las 1:12 pm

    Hola Miguel, tengo entendido que en este estado de emergencia salió DS Nº 038-2020, donde en el Art. 11 especifica las facilidades para aplazar el pago de la CTS de Mayo con excepciones (trabajadores que ganen hasta 2400 soles y que se encuentren bajo suspension perfecta).

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2020 a las 12:08 am

      Es correcto, pero hay un requisito que estas obviando, la empresa tuvo que haber comunicado al 30/04 dicha postergación.

  9. Jenny Alegre Rojas dice

    27 de abril de 2020 a las 2:43 pm

    Hola, espero se encuentre bien..la empresa esta como pequeña empresa. nunca hizo depósito de cts…puede liquidar al trabajador en efectivo o necesariamente tiene que hacer los depósitos de cts ..+ intereses.
    Gracias!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2020 a las 4:26 pm

      Lo liquidas en efectivo con todos sus beneficios pendientes.

  10. Cristian dice

    29 de marzo de 2020 a las 12:38 pm

    Como saber si la microempresa donde trabajo esta obligada a pagar cts … tngo ya 3 años trabajando

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de abril de 2020 a las 12:41 am

      Las microempresas no están obligadas, salvo que hayas ingresado antes del registro, puedes verificar cuando se registro la empresa MYPE.

  11. Rosa dice

    27 de marzo de 2020 a las 11:33 am

    Necesito regularizar los depósitos de CTS de años anteriores en estos días, cuál es la base imponible que debo considerar, el sueldo actual o el del periodo que debo regularizar, lo que sucede es que ha tenido sueldo que han ido incrementando.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2020 a las 1:20 pm

      Si el trabajador sigue activo, con el salario que ganaba en el momento del depósito.

  12. Luis Canales dice

    24 de marzo de 2020 a las 10:13 pm

    Hola Miguel, en la empresa donde estoy laborando, he podido notar que no han declarado la CTS de Noviembre 2019, ni la han pagado. Para no tener multa debo corregir la declaración del plame de noviembre y depositar la cts con intereses.
    Muchas gracias por tu a poyo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de marzo de 2020 a las 8:20 am

      Te recomendaría subsanar el depósito + los intereses, lo de rectificar el PLAME no lo haría.

  13. Jean dice

    18 de febrero de 2020 a las 6:55 pm

    Una consulta, la multa por no pagar CTS aplica por cada periodo o es una sola multa de manera global, es decir “si llevo sin depositar 3 periodos”, tendré 1 sola multa o 3 multas?

    Gracias por los conocimientos que compartes son de gran ayuda!.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2020 a las 8:02 pm

      Se aplicaría una sola multa.

  14. Jackeline dice

    16 de enero de 2020 a las 4:06 pm

    Hola Miguel, Me ha llegado una multa de sunafil, por falta de depósito de cts, ya se subsano por acuerdo con el trabajador en conciiacion judicial, ya terminamos de pagar y ahora me llega esta notificación de pago. Pero si ya subsanamos por que sunafil me cobra la multa? tu apoyo . gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de enero de 2020 a las 1:53 pm

      Porque en el momento de la intervención del fiscalizador no habías realizado el pago.

  15. Kevin dice

    16 de octubre de 2019 a las 4:56 pm

    A que numero puedo llamar para hacer mi reclamo tengo 7 años con la empresa y dicen que no depositan para no pagarles al banco me darian al final de mi liquidación

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de octubre de 2019 a las 1:36 pm

      Lo puedes hacer ante el SUNAFIL.

  16. Jill dice

    26 de agosto de 2019 a las 2:16 pm

    Me encuentro desamparada ya que en el mes de junio presente mi renuncia a mi ex empleador y al solicitar mi carta de cts para poder cobrarla me expreso que no habían realizado ningún deposito en estos 15 años . Ya he presentado 4 cartas a mi ex empleador y no recibo respuesta. Como debo de actuar necesito urgente un abogado que me oriente. Anticipadamente muchas gracias mi estimado Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2019 a las 4:41 am

      Ya tienes que seguir un procedimiento legal, para solicitar el cobro de tus beneficios laborales.

  17. Edgar dice

    22 de agosto de 2019 a las 11:35 am

    Sr Miguel ami ya me dieron mi hoja de liquidación de cuanto voy a recibir pero ya pasó 3 semanas y todavia no me depositaron nada

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de agosto de 2019 a las 10:40 pm

      Puedes mandar una carta notarial, indicando que denunciará a SUNAFIL.

  18. Florisa dice

    12 de agosto de 2019 a las 6:48 pm

    Hola no pague la cts en su momento tengo que pagar la multa asi no me haya notificado Sunafil.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de agosto de 2019 a las 4:29 am

      No pagas multa, solo regulariza mas intereses.

  19. Henry S. dice

    9 de julio de 2019 a las 5:51 pm

    Gracias por la publicación, te comento que yo he renunciado este mes de julio y en la liquidación que me quieren hacer firmar no se encuentra el pago de la cts de mayo (la cual no ha pagado), mi consulta es si es que firmo esa liquidación la empresa estaría obligada aun a depositarme la cts de mayo ó tengo que exigirle que me paguen la cts de mayo en la liquidación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de julio de 2019 a las 9:19 pm

      EL hecho que firmes papeles no significa que te lo hayan pagado, en un proceso administrativo ellos tienes que demostrar los abonos.

  20. Pedro dice

    20 de junio de 2019 a las 10:52 am

    Miguel, esta por terminar mi relación laboral, pero la empresa no ha realizado los abonos de CTS durante años… solo hay depositado un par de años y yo tengo mas de 10, la pregunta es, que pasa con lo que falta depositar…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de junio de 2019 a las 10:59 am

      Tendría que pagartelo en tu liquidación o regularizarlo, en tu carta de renuncia puedes indicar esa observación.

  21. Lhouis Aldave dice

    11 de junio de 2019 a las 5:43 pm

    Miguel buen dia, aca en la empresa donde laboro no se ha pagado la CTS del correspondiente del mes de Noviembre 2018 y ahora en Junio 2019 van a paga . pero algunos han aumentado su sueldo, ¿ahora en junio 2019 voy a pagar la CTS de Noviembre 2018 tendria que calcular la CTS con su nuevo sueldo ? Espero tu amable respuesta y si tuvieras algunas base legal.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2019 a las 6:42 pm

      Si los trabajadores siguen laborando, lo regularizas con el sueldo al 31/10.

  22. Meli dice

    28 de mayo de 2019 a las 3:41 pm

    Que pasa si la empresa no deposita la cts y hay rumores q se va declarar en quiebra

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de mayo de 2019 a las 4:57 pm

      Seria bueno realizar una denuncia anonima en la pagina de SUNAFIL.

  23. Jhon Marquez dice

    17 de mayo de 2019 a las 3:25 pm

    Consulta la empresa donde trabajo no deposita la cts. Hasta cuando se puedes esperar o donde poner la queja.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2019 a las 1:30 am

      Lo puedes hacer en la pagina de Sunafil.

  24. Jenny dice

    16 de mayo de 2019 a las 9:30 am

    Miguel muy buena publicación, gracias por compartir tus conocimientos, tengo una consulta:
    ¿Tengo alguna multa?? si, realicé el deposito de CTS de mis trabajadores pero REBOTÓ el deposito de uno que tenia la cuenta cancelada en un banco diferente,
    ingreso del trabajador 01/04/2019 , se realizo deposito por un mes de CTS
    empresa regimen general No pyme
    Dedo realizar nuevamente el deposito?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2019 a las 10:05 am

      No, solo subsana y paga los intereses por los días.

  25. Blanca Guardia Herrera dice

    30 de noviembre de 2018 a las 5:33 pm

    Aprecio tu generosidad muchas gracias por tu aporte

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2019 a las 4:56 am

      Gracias, bendiciones 🙂

  26. Isabel dice

    30 de noviembre de 2018 a las 9:52 am

    Excelente articulo, muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2019 a las 4:57 am

      Gracias por el comentario 🙂

  27. Nataly dice

    29 de noviembre de 2018 a las 11:25 pm

    Buenas noches Miguel.
    Si se realizó el deposito de CTS el 20 de noviembre tendría la multa. Y donde se paga?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2019 a las 4:57 am

      No si lo subsanas más los intereses.

  28. Fonzayok Aquino dice

    29 de noviembre de 2018 a las 5:43 pm

    Existe algun tema de gradualidad ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de noviembre de 2018 a las 8:43 pm

      Mientras que no sea notificado por un inspector laboral, puedes subsanar la infracción y no pagar multa.

  29. Edwin dice

    10 de julio de 2018 a las 2:53 am

    Excelente muy bueno estar actualizando a los demás, es una gran ayuda y así juntos luchar por el abuso y maltratos laborales.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de noviembre de 2018 a las 2:34 pm

      Muchas gracias, bendiciones.

  30. Ana dice

    21 de mayo de 2018 a las 5:07 pm

    Gracias por la información
    Un consulta, si la empresa a 5 trabajadores les deposito 100 soles menos,y se percata al momento de elaborar la liquidación, igual debe pagar multA? No ha sido notificada y es pequeña empresa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de noviembre de 2018 a las 2:36 pm

      Lo regularizas en la liquidación, adicionando los intereses.

  31. Elizabeth dice

    21 de mayo de 2018 a las 11:11 am

    Hola, ya se venció el plazo del pago de cts y no nos dan fecha de dicho depósito. Es la primera vez que incumplen este pago, la consulta es: ¿Sin denuncia tienen el tiempo que quieran para regularizar este pago?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de mayo de 2018 a las 3:13 pm

      Si un inspector de Sunafil te visita a tu empresa y observa el no pago del beneficios, te otorgara un plazo para que lo regularizas mas intereses.

  32. Evelyn Mondragon Cadenillas dice

    16 de diciembre de 2017 a las 9:36 am

    Hola, buen día, mi empresa tiene 11 trabajadores, de los cuales le pagaron a 10 la CTS y falto 1 por pagar. Pero nos hemos dado cuenta antes que llegue alguna infracción de sunafil, de todas maneras habría alguna infracción???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2017 a las 3:08 am

      No hay infracción.

  33. GIgi dice

    23 de noviembre de 2017 a las 9:36 am

    Buen día, me gustaría hacer una denuncia nomina en line por el pago tardío de la cts, pero entro a la web y a la parecer no me permite hacerlo anónimamente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2017 a las 10:16 am

      Tienes que colocar tus datos, pero queda en reserva.

  34. Janet dice

    25 de octubre de 2017 a las 6:01 pm

    Hola Miguel una consulta en el caso de un part time, como se hace tengo por entendido que ellos no cuentan con este beneficio es obligatorio depositarle su cts somos un colegio y estamos en el régimen general

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de octubre de 2017 a las 8:13 am

      Es correcto, no reciben el beneficio de la CTS.

  35. Tania Reyes dice

    23 de octubre de 2017 a las 6:27 pm

    En el caso de los Colegios Profesionales y asociaciones sin fines de lucro tienen las mismas obligaciones laborales

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2017 a las 6:15 am

      Es correcto. Depende del régimen laboral.

  36. Gabriela QI dice

    22 de junio de 2017 a las 11:52 am

    Soy microempresa e inscrita en la Remype, el gerente esta trabajando conmigo hace más de 3 años y a pesar de que no estoy obligada según ley a pagarle CTS lo deseo hacer. Cómo haria el cálculo para compensarle todos los años que invirtió o como regularizaría este beneficio? aquí correspondería pago de intereses?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2017 a las 12:18 am

      Si no estas obligada, no hay intereses. Si deseas reconocer, es mejor darlo como una suma graciosa (no lo has como concepto de CTS).

  37. Melina dice

    14 de junio de 2017 a las 5:07 pm

    Buenas tardes:
    Una consulta si a un trabajador no se le ha depositado su CTS durante dos años consecutivos, es posible que la empresa le haga un depósito a su cuenta de haberes? o es necesario tener una cuenta exclusivamente para la CTS. Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2019 a las 4:58 am

      Tiene que ser necesariamente una cuenta de CTS, salvo que ya lo liquides en ese caso con cheque.

  38. Victor Herrera dice

    7 de junio de 2017 a las 10:48 am

    Hola… trabajo para una distribuidora de bebidas y la verdad nose mucho de leyes… ahora debió depositar el 15 de mayo tengo entendido pero no a depositado… y desde siempre a pagado fuera de tiempo… esta bien que pague fuera de tiempo? y que hasta hora no pague el de mayo? y si no, donde me quejo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2017 a las 5:09 pm

      Puedes hacer tu queja en el ministerio de trabajo.

  39. Jose dice

    5 de junio de 2017 a las 8:50 am

    Miguel : llevo en esta empresa mas de 6 años en planilla pero no realizan ningun pago de cts desde q ingrese, pensando que todo iva bien ; ahora resulta que no tenemos ningún abono en la cuenta se encuentra S/. 0.00, como se procede , cuantos nos tocaria , somos en total 14 en planilla y dentro de la empresa tenemos una pyme y ahi son 12… dame alguna respuesta sobre esto , gracias .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de junio de 2017 a las 2:04 am

      En el caso de la CTS es un sueldo aproximado por cada ano (dos depósitos), puedes hacer tu denuncia al Mintra para presionar a la empresa que cumpla con sus responsabilidades.

  40. Ximena Galdos dice

    1 de junio de 2017 a las 12:39 pm

    Una consulta… si la empresa en la que trabajo decidio pagar la multa de la cts tiene un plazo definido para depositarla o se puede ir hasta que le de la gana? Y puede solo pagar a una parte del personal? O tendría que hacerlo a todos juntos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2017 a las 4:24 pm

      Antes de pagar la multa primero se subsana, no tendría sentido pagar multa y no depositar, porque el importe lo pierde y tendría que paga otra multa.

  41. Soledad dice

    22 de mayo de 2017 a las 12:08 pm

    Buenos días, mi empresa va a pagar la CTS el 23/05/2017 y está en el régimen general. Hay alguna multa?. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 4:07 pm

      No si lo subsana antes de una fiscalización.

    • Mario dice

      11 de julio de 2017 a las 9:43 am

      Hola Miguel, en que norma o ley dice que no hay multa por subsanación voluntaria?

    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2017 a las 1:04 am

      Ley 30222, que ya venció esta semana.

  42. Elena dice

    19 de mayo de 2017 a las 4:52 pm

    Consulta. empresa pyme, deposito de cts. tiene ya un año cumplido. sueldo 1,500 + 1/6 gratif. ¿ debo también agregar y calcular el 9% adicional recibido en diciembre ? Según mi calculo sin el 9% seria 406.25. confirmar por favor si es correcto.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de mayo de 2017 a las 11:52 pm

      No ingresa el 9% para el calculo de CTS.

  43. Felix dice

    18 de mayo de 2017 a las 12:01 pm

    Hola Miguel
    Uns consulta la empresa esta registrada como mype y solo hay un trabajador, la multa sería 0.25 UIT con rebaja del 35% o 1% de los ingresos anterior con rebaja del 90% . Muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 4:23 am

      Si subsanas antes de cualquier fiscalización, no pagas multa, solo reconoce los intereses.

  44. Meli dice

    7 de mayo de 2017 a las 3:23 pm

    Otra consulta sobre Mype tiene o no tiene obligación pagar cts trabajadores, y si lo hicieran existe alguna multa o contingencia. Favor haga un articulo sobre esto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2017 a las 8:47 pm

      Solo las pequeñas empresas tienen la obligación.

  45. Rosa dice

    28 de abril de 2017 a las 4:52 pm

    Gracias por la NOTA super interesante saludos amigo!!! que tengas un excelente fin de semana.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2017 a las 11:40 pm

      Muchas gracias 🙂

  46. Andre dice

    28 de abril de 2017 a las 8:30 am

    Gracias Miguel, sabes en la empresa donde laboro no depositan CTS, están atrasados en los depósitos como 3 años, pagan la CTS cuando liquidan al trabajador, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2017 a las 11:48 pm

      El riesgo es que ante una verificación de sunafil sean multados.

  47. Pilar dice

    27 de abril de 2017 a las 5:34 pm

    Una consulta, las microempresas no estan obligadas a pagar CTS, pero en la información que tomas en las multas colocas lo que le correspondería a una microempresa, entonces las microempresas estan obligadas o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de abril de 2017 a las 8:20 am

      Un ejemplo: una empresa privada no mype tiene 2 trabajadores, luego se afilia a mype microempresa, si bien es cierto no esta obligada a depositar la CTS para sus nuevos trabajadores, pero si para los antiguos antes de la afiliación (ahí se aplicaría la multa).

    • Pilar dice

      28 de abril de 2017 a las 10:59 am

      OK, muchas gracias.

  48. Jessica dice

    11 de marzo de 2017 a las 5:15 pm

    Hola quiero pagar la cts vencida del segundo semestre del 2016,pero el banco continental no me da ta tasa de interes,al parecer el personal es nuevo y no sabe? que puedo hacer

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 6:36 pm

      Solo tienes que recurrir a la SBS ahí encontraras las tasa de CTS.

  49. Ana dice

    16 de diciembre de 2016 a las 11:53 am

    Hola que pasa si solo deposite la mitad de la cts que le correspondia a un trabajador hay multa? o puedo subsanar depositando con sus respectivos intereses.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 5:47 am

      Mientras no haya alguna fiscalización lo puedes subsanar posteriormente + los intereses.

  50. Pedro dice

    15 de diciembre de 2016 a las 6:08 pm

    Tengo un pequeño negocio y pago a otros por destajo y una de ellas me pidio un documento donde indica que 3 años trabaja conmigo, esta persona fue a la GRT y a solicitado le pague todos sus beneficios. me han citado a una conciliacion que puedo hacer y si ?¿le corresponde algun tipo de beneficio a esta chica si solo fue trabajos por destajo??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 6:05 am

      De todas maneras le corresponde beneficios, puedes negociar en la conciliación, quizas una suma para que el proceso termine. Si tu no negocias, el paso que sigue es que valle a juicio (eso demora 1 año aprox).

  51. Mercedes :) dice

    3 de diciembre de 2016 a las 7:06 pm

    Estimado una consulta, es factible que el gerente realicen compras menores y urgentes con su propio dinero y que luego que se presenten los comprobantes, este solicite que la empresa le devuelva. (fue autorizado). Como se contabilizaria.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de diciembre de 2016 a las 5:37 pm

      Si es factible, se simula prestamos o entregas a rendir cuentas.

  52. Lady Criollo dice

    19 de noviembre de 2016 a las 9:54 am

    Miguel, tengo 8 trabajadores q aun se va depositar el 21/11 la cts cuanto sera mi multa, la empresa es del reg gral. y puedo justificar xq no se pago el 15/11 ya q no hubo entrada de dinero departe de nuestro cliente.. podria justificar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de noviembre de 2016 a las 9:14 am

      No hay multa si lo subsanas antes de cualquier verificación de Sunafil, solo paga los intereses.

  53. Yola Acho dice

    16 de noviembre de 2016 a las 11:28 am

    No pague la CTS de un trabajador ayer, quiero subsanar lo mas antes posible, como hago el pago?? con guia de pagos varios? codigo? a Suanfil?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 1:42 am

      No pagas multa, solo reconoce los intereses de la CTS.

  54. Jose dice

    15 de noviembre de 2016 a las 11:02 pm

    Tengo dos tranajadores en planilla y el depósito lo voy a realizar el 16 de noviembre y la empresa no es mype

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 1:41 am

      No hay problema, ya lo subsanaste antes de cualquier revisión.

  55. Marilyn Bustillos dice

    11 de noviembre de 2016 a las 5:38 pm

    Buenas tardes, si una empresa no mype hasta el día de hoy no a hecho el depósito de cts de los 2 únicos trabajadores que tiene en planilla, tiene multa? como sería el cálculo?

    Gracias,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 1:40 am

      No tiene multa, es más si te pasas de la fecha, solo paga más intereses antes de cualquier verificación.

  56. Angela dice

    9 de noviembre de 2016 a las 4:35 pm

    Hola gracias por el articulo. Una consulta, que pasa si yo sólo le pago la CTS de Noviembre a la mitad de mis trabajadores y a la otra durante el transcurso del mes, ya que en estos momentos la empresa no cuenta con liquidez. Tendría que pagar también la multa?
    Nota: Son 27 trabajadores.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2016 a las 1:32 am

      Si lo subsanas antes de cualquier verificación, no hay, multa.

  57. Pablo Huaman Sulca dice

    5 de octubre de 2016 a las 9:50 pm

    Miguel, soy un obrero de municipio, activ. privada resolución 26 años, 8 meses, fecha 30 de ago 2016, aun no recibo mi liquidación de cts, puedo ir al ministerio de trabajo para que me calculen mi cts, vacaciones trunca y gratificación, agradecido estaré si me orienta mi remuneración es s/. 850.00

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de octubre de 2016 a las 10:01 pm

      Si es correcto, puedes acercarte al ministerio de trabajo a que te elaboren una liquidación, lleva tus ultimas boletas de haberes.

  58. Margo dice

    15 de agosto de 2016 a las 5:46 pm

    Hola Miguel, que pasa si la empresa no deposita a los accionistas que también son trabajadores de la empresa. No se les deposita su CTs a los accionistas porq no hay mucha liquidez, se puede manejar con alguna carta firmada por ellos?

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2016 a las 11:34 am

      No se puede, tienes que regularizar más intereses.

  59. Jose dice

    6 de julio de 2016 a las 1:57 pm

    Hola miguel una consulta olvide declarar la cts en el plame de mayo, podré hacer rectificatoria verdad? o lo declaro para junio ?

    muchas gracias desde ya !

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de julio de 2016 a las 5:32 pm

      Si puedes rectificar en mayo, no hay sanción.

  60. Antonio dice

    5 de julio de 2016 a las 5:33 pm

    Donde denuncio para que sancionen a la empresa que no pago la CTS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:45 pm

      Ante el ministerio de trabajo.

  61. Miriam Diaz dice

    25 de junio de 2016 a las 1:49 pm

    Para el calculo de la cts ,si la persona percibía 1000 en noviembre y en abril recibe 1200, indicas que se agarra el ultimo sueldo 1200,pero si un ing. fue variado su sueldo en todos los meses se calcula en base a proporcional entre 6 ? la pregunta en si en un periodo de 6 meses cuantas veces se puede variar para calcular con el ultimo sueldo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2016 a las 6:21 pm

      Si sueldo principal varia todos los meses puede tratarse de un destajero, en ese caso es por el promedio de las 6 remuneraciones. Si se trata de aumentos consecutivos manda el sueldo de junio.

    • Miriam dice

      4 de julio de 2016 a las 10:00 am

      Gracias Miguel y gracias por tus aportes siempre

    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2016 a las 2:52 pm

      Gracias 🙂

  62. Juana Medina dice

    21 de junio de 2016 a las 9:18 am

    Hola una consulta tengo una fiscalizacion de sunafil, cuanto tendria que pagar de multa por un sólo trabajador de la empresa que no es mype y tuvo ingresos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de junio de 2016 a las 6:59 pm

      La multa es 3 UIT, pero puedes subsanar durante el acto de la fiscalización y la multa es cero.

  63. Alexandra dice

    10 de junio de 2016 a las 6:21 pm

    Hola buenas noches tengo una gran duda yo empecé a trabajar en diciembre del 2015 en planilla y hasta hoy (10.06.2016) no me depositan mi cts aun tiene que pasar un año para que me hagas el deposito? Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 7:58 am

      Lo que pasa es que ante un cese solo se paga beneficios truncos, entiendo que en mayo te deben haber depositado tu CTS, solo estaría pendiente (Mayo y los días de junio), si no te han depositado nada, tendrían que pagarte todo el monto completo en la liquidación.

  64. Angie dice

    2 de junio de 2016 a las 12:52 pm

    Como estas Miguel, el 14 de Mayo se presento el documento al banco para que transfiera el pago de las CTS de los trabajadores… me acabo de enterar que el banco no a realizado la transferencia, esto perjudica a la empresa con respecto a las multas???? porque se tiene el cargo de recepción y se entiende que la falla a sido del banco no de la empresa, que haría en este caso.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2016 a las 4:18 pm

      No habría sanción si subsanas antes de cualquier verificación de sunafil, en base a la Ley 30222.

  65. Jeshu Robles dice

    1 de junio de 2016 a las 11:23 am

    Hola Miguel, muy buenas tus publicación te felicito de antemano. Quería consultarte lo siguiente si una empresa no ha realizado sus tres últimos depósitos de CTS entonces tendría que pagar 3 multa una por cada depósito que no se realizó o solo una correspondiente por los 3. Espero tu respuesta. Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de junio de 2016 a las 2:51 am

      Si puede subsanar el deposito + los intereses antes de una fiscalización de sunafil ya no pagaría multa alguna.

    • Jeshu Robles dice

      2 de junio de 2016 a las 12:56 pm

      Muchas gracias Miguel, pero si en caso luego de la fiscalización no se ha pagado dichas CTS como sería la multa por cada deposito o solo una?

    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2016 a las 4:19 pm

      Sería por los trabajadores afectados.

  66. Anthuan dice

    27 de mayo de 2016 a las 2:18 pm

    Pague el cts el dia 25 de mayo y corri los interses hasta esa fecha tambien tengo que pagar una multa aparte por pagar fuera de tiempo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2016 a las 3:48 pm

      Ya no hay pago de multa.

    • Richard dice

      1 de junio de 2016 a las 5:49 pm

      Mi estimado porque no habría multa si esta fuera de plazo?

    • Miguel Torres dice

      2 de junio de 2016 a las 2:05 am

      Ley 30222 es la base legal.

  67. Nieves sanchez dice

    24 de mayo de 2016 a las 10:54 pm

    Hola Miguel, si una empresa se encuentra en el régimen de pequeña y el año pasado el empleador pago la gratificación de diciembre como régimen general a todos los trabajadores al igual q la CTS de este mes, xq eran pocos en planilla, Ahora por ser muchos desea volver a usar el régimen de de pequeña.
    Esta bien q les paguen a todos como pequeña empresa otra vez?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2016 a las 11:52 am

      Si puede hacerlo, es un poco sensible el tema, es por ello que es recomendable otorgar estos beneficios con otra denominación.

  68. Yovana dice

    23 de mayo de 2016 a las 10:40 am

    Gracias Miguel por tus articulos bueno quería saber si se pude llegar a un acuerdo con los trabajadores que han formado una asociación y pedirles una prorroga para el deposito de CTS por falta de liquidez en la empresa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2016 a las 3:23 am

      No se puede hacer eso, pero si lo subsanas antes de una fiscalización de sunafil no pagarías multa.

  69. Ninoska dice

    21 de mayo de 2016 a las 10:44 am

    La empresa en que trabajo por sus ventas se consideraria pequeña empresa pero no esta registrada en el REMYPE, goza de algun beneficio?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de mayo de 2016 a las 2:22 pm

      Si no esta registrado en el Remype no goza de beneficios.

  70. Emyer dice

    20 de mayo de 2016 a las 11:17 am

    Buenos dias, Miguel una Consulta que sucede si se efectua le Deposito de CTS en exceso?
    Se debió considerar 4 meses pero se considero 6 meses, ¿Que se puede hacer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2016 a las 9:42 am

      En este caso, tratar de exornar la operación del deposito, o que la empresa asuma el monto excedido.

  71. Jasson Jesse Flores Pasmiño dice

    18 de mayo de 2016 a las 11:16 pm

    Una consulta si una empresa esta inscrito en el remype esta obligado a depositar cts de sus trabajadores y si no lo hace cual es la multa si lo hubiese ingreso el 01-12-2015

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de mayo de 2016 a las 8:00 am

      Depende de la categoría del remype, si es microempresa no esta obligado, pero si es pequeña si lo esta. Sobre la multa lo calculas leyendo el artículo y viendo el video.

  72. Abraham Aguilar Villanueva dice

    18 de mayo de 2016 a las 10:23 pm

    Muy bien los felicito.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de mayo de 2016 a las 7:58 am

      Muchas gracias 🙂

  73. Angeles dice

    18 de mayo de 2016 a las 7:23 pm

    Hola Miguel Buenas noches por favor que pasa si en la empresa hay un gerente nuevo pero se le dijo que tenía que aperturar su cuenta para el deposito de cts y no la realizó que sucederá cuanto es la multa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de mayo de 2016 a las 8:03 am

      Lo primero es subsanar la infracción, luego esperar que en una inspección te notifiquen (es posible que no pase), de pasar esto puedes recurrir a la Ley 30222.

  74. Manuel dice

    18 de mayo de 2016 a las 5:50 pm

    Muy buen comentario Miguel!!!!
    Por otro lado podrías indicarnos la base legal y como se logra la rebaja del 90% en las infracciones detectadas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 5:59 pm

      Dicha acotación vienen en las ordenes de multa que te dejan los fiscalizadores.

  75. Jesus Roman dice

    18 de mayo de 2016 a las 3:33 pm

    Hola Miguel según lo que entiendo en mi empresa se pago la CTS hoy 18/05/16 (afectados 06)
    3UIT’s = S/11,850.00 * 35% = multa a pagar S/4,147.50. Agradecería que me confirmes eso.
    Gracias por los buenos articulos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2016 a las 6:00 am

      Es correcto, ese sería el monto de la contingencia.

  76. Yadira Maite dice

    18 de mayo de 2016 a las 2:53 pm

    Miguel no hemos depositado la cts lo haremos fin de mes hay 2 trabajadores en planilla, somos REMIPE cuanto equivale la multa.
    Gracias, muy importante tu artículo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 6:02 pm

      Lee el artículo y el video (ahí esta la respuesta).

  77. Rossana dice

    18 de mayo de 2016 a las 2:03 pm

    Miguel, la empresa NO ha depositado Cts Mayo16, en la plame Mayo16 de todas maneras debo considerar el importe en la casilla de Devengado. Gracias..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 2:46 pm

      Es correcto, pero ten en cuenta que todavía lo podría regularizar hasta el ultimo día de mayo y de esa manera si declararlo en el PDT PLAME en pagado.

  78. Gerson dice

    18 de mayo de 2016 a las 12:36 pm

    Hola Miguel, cuando se trata de DEPOSITO DE CTS en caso de menores de edad, ya registrados ante el Ministerio de Trabajo, como se realiza el pago de cts?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 2:11 pm

      Si te refieres a una modalidad formativa no le corresponde CTS. Si son trabajadores menores de edad, solo deben aperturar una cuenta de CTS, es posible tener problemas para la apertura, el scotiabank he visto que lo hace más fácil).

  79. Maribel dice

    18 de mayo de 2016 a las 10:45 am

    Hola, muy bueno tu articulo pero me gustaria ver uno de los intereses porque solo tengo del BCP, pero me gustaria compararlos con tus ejemplos y cuales son para los otros bancos ó se puede aplicar el mismo?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 1:58 pm

      No puedes aplicar la misma TEA para diferentes depositarios, en la pagina de la SBS encuentras de todos.

  80. Carlos dice

    18 de mayo de 2016 a las 10:31 am

    Buenos dias, por falta de liquidez no realizamos en pago de cts y hoy 18 estamos pagando, que tanto es la multa para mype. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:36 am

      Si ves el video o lees el artículo lo podrás calcular tu mismo.

  81. Gregorio dice

    18 de mayo de 2016 a las 9:46 am

    Buenos dias. la consulta es la siguiente. ¡no se ha realizado el deposito de CTS de dos trabajadores el 16 de mayo, pero se ha realizado al dia siguiente, el empleador es una persona natural con negocios que sus ingresos anuales no superan los 24,000.00 nuevos soles. habla multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:13 am

      En este caso ya has subsanado la infracción, y solo te queda esperar, si te notificarán en alguna revisión puedes indicar la Ley 30222 donde menciona que por 3 años la función de sunafil es orientar o en caso extremo acogerte el 35% del valor de la multa.

  82. Maritza dice

    18 de mayo de 2016 a las 9:34 am

    Hola trabajo hace cuatro años en una empresa y aun no depositan la CTS y jamás entregan liquidación por dicho concepto, tengo entendido que las empresas están obligadas a entregar al trabajador una liquidación del deposito y si realizo los depósitos extemporáneo los intereses figuran en ella, que debo hacer para denunciar a la empresa de manera anónima.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:14 am

      Puedes recurrir al ministerio de trabajo hacer tu denuncia.

  83. Dany dice

    18 de mayo de 2016 a las 9:25 am

    Miguel, muchas gracias, no soy contadora, sin embargo estoy encargada de algunos temas contables ( laboral, facturacion,etc).
    Desde que estoy leyendo tus artículos, estoy aprendiendo mucho.
    Que tengas un buen día!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:15 am

      Muchas gracias, que tengas un buen día 🙂

  84. Raquel Aranda dice

    18 de mayo de 2016 a las 9:19 am

    Estimado Miguel

    La empresa en la que trabajo no hemos depositado CTS de Mayo 2016 por falta de liquidez, somos 10 personas en planilla, y hoy 18/05/2016 el gerente nos ha dicho que el quiere asumir el gasto por intereses pero que nos depositará si o si junto con el deposito de CTS de Noviembre, es eso posible??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:21 am

      Es una infracción no respetar el plazo, pero tb otro lado esta la liquidez de la empresa, en el peor de los casos, dichos montos deberán ser pagados en la liquidación de beneficios laborales.

  85. Arturo Simón dice

    18 de mayo de 2016 a las 9:16 am

    Hola. ¿Aún cuando ya regularicé el pago extemporáneo debo pagar la multa? ¿O sólo procede en la medida que me detecten en una fiscalización?

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:22 am

      Solo en la medida que te notifiquen en una inspección.

  86. Carlos dice

    17 de mayo de 2016 a las 1:41 pm

    Hola Miguel:

    Nos hemos olvidado de depositar la CTS de un solo trabajador ayer 16 de mayo 2016.
    Por lo que entiendo no pagaría la multa hasta que sunafil me lo notifique?.

    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 9:50 am

      Es correcto, no te olvides de los intereses.

  87. María Gloria Cabanillas Marín dice

    22 de diciembre de 2015 a las 4:54 pm

    Mi consulta es la empresa que laboro no deposito la cts pero ya pago la multa que puedo hacer para reclamar mi derecho ya que dice si la empresa ya pago la multa ya no tiene obligación a pagar y no pasa nada si se le denuncia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2015 a las 10:11 pm

      No es correcto, es mas no creo que haya pagado la multa teniendo en cuenta que no ha subsanado la infracción, lo que puedes hacer es quejarte al ministerio o hacer tu denuncia anonima por medio de su portal.

  88. Leonela dice

    4 de diciembre de 2015 a las 9:51 am

    Hola Miguel mi consulta es la siguiente tengo una empresa es un laboratorio clínico estoy en el régimen general, es una S.A.C, tengo un trabajador en planilla desde junio de este año, no he depositado la cts de noviembre aun, ya no puedo inscribirme en remype para evitar la multa verdad???? que debo hacer ayudame porfa!!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de diciembre de 2015 a las 1:32 pm

      Puedes hacerlo, pero surge efecto desde tu afiliación hacia adelante, el trabajador ingreso antes de tu afiliación.

  89. Elita dice

    24 de noviembre de 2015 a las 12:29 pm

    Una consulta,la empresa donde trabajo régimen privado, a la fecha no cancela la cts de este semestre vencido el 16 del presente mes , si paga con los intereses respectivos al 30 de Noviembre tendría que pagar multa alguna? ( cuenta con 120 trabajadores ).Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2015 a las 4:10 pm

      En teoría ya tiene la sanción, pero mientras que sunafil no lo notifique no tiene porque hacerlo, por otro lado depositar la cts más interés subsana la infracción.

  90. Elita dice

    24 de noviembre de 2015 a las 11:14 am

    Quisiera saber para la declaración del PLE , la obligación de declararlos corresponde ; en Octubre ó en Noviembre. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2015 a las 11:19 am

      La CTS se declara en el PLAME en el periodo noviembre.

  91. Maritza dice

    20 de noviembre de 2015 a las 7:54 pm

    Hola Miguel :), una consulta.
    Un trabajador ingreso a planilla el 20/08/15, en este entonces la empresa se encontraba en el REGIMEN GENERAL.

    El 02/09/15 la empresa fue inscrita a REMYPE.

    Se entiende que los trabajadores estan bajo ese regimen.

    Mi consulta es, corresponde el pago de CTS?

    Gracias, por tu atencion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2015 a las 8:20 pm

      No le aplica el régimen al trabajador.

  92. Carlos Aznaran Espinales dice

    19 de noviembre de 2015 a las 9:46 am

    Miguel muy interesantes, practicas y de mucha utilidad para nosotros los contadores, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2015 a las 1:05 pm

      Gracias 🙂

  93. Andre dice

    18 de noviembre de 2015 a las 6:41 pm

    Una consulta, antes de que la sunafil me notifique, no puedo pagar voluntariamente? ya que no se ha depositado la cts. de mayo ni noviembre, y ahora lo quiero hacer. de 2 trabajadores

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 11:43 pm

      Si puedes hacerlo, puedes comunicarte con el ministerio para las indicaciones para el pago.

  94. Zulema dice

    18 de noviembre de 2015 a las 3:36 pm

    Hola me gusta mucho tu pagina, me ayuda mucho y sobre todo nos das las soluciones completas, la multa de cts como se paga, en que formulario, los intereses se cancelan juntos con el monto de CTS, en el bcp, gracias amigo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de noviembre de 2015 a las 4:36 pm

      Se entiende que sunafil debe notificarte para el pago.

  95. Alex Granados dice

    17 de noviembre de 2015 a las 9:57 am

    Excelente articulo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de diciembre de 2015 a las 12:12 pm

      Muchas gracias 🙂

  96. Mirian dice

    16 de noviembre de 2015 a las 2:52 pm

    Muy interesante. Gracias.

    Responder
  97. Maria Romacca Ninaya dice

    16 de noviembre de 2015 a las 12:00 pm

    Gracias por compartir tus conocimiento se aprende algo nuevo.
    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de diciembre de 2015 a las 11:50 am

      Muchas gracias 🙂

  98. Franklin dice

    16 de noviembre de 2015 a las 9:23 am

    Hola, pasa que aún no deposito la CTS de mayo de un trabajador, (Dicho trabajador solo está en la planilla como practicante si se le puede decir, ya que en realidad no trabaja en la empresa, solo se colocó para que reciba lo que es el seguro EsSalud), y otro caso que aún no pago CTS Mayo de mi persona, en caso yo soy el Gerente de la empresa, tengo la necesidad de pagarme yo mismo¿? es que la empresa no cuenta con efectivo.

    Si es así, cómo calcularía CTS a Pagar de Mayo mas intereses y CTS de Noviembre.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de diciembre de 2015 a las 11:44 am

      El estar registrado como trabajador en una planilla, obliga a la empresa a realizar el pago de los beneficios, seas socio, gerente, etc.

  99. Ingrid dice

    16 de noviembre de 2015 a las 7:30 am

    Hola gracias por la publicación, esta muy buena.Una pregunta,me acabo de cambiar al Rus,pero soy una EIRL,esto por una ley que me informaron que hay para poder hacer el cambio, como sigo estando obligada a la planilla(por ser titular.gerente), la CTS, también sigue siendo obligatoria para mi, verdad? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de diciembre de 2015 a las 11:41 am

      Es correcto, el cambio tributario no influye en la obligación laboral.

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